Entradas

El Perú impone medidas zoosanitarias para importar aceite de ave de Chile para elaborar alimento destinado a perros y gatos

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
Se establecieron requisitos zoosanitarios de importación para aceite de ave de origen y procedente de la República de Chile para elaborar alimento destinado a perros y gatos. Así, el producto deberá estar acompañado por un certificado sanitario de exportación expedido por la autoridad oficial competente de la República de Chile que acredite el cumplimiento de los siguientes requisitos: Leer más

La diferencia de cambio que deriva de la provisión por cierre de minas no es computable para determinar el Impuesto a la Renta

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

Colombia: exportaciones no mineras crecieron 9,6 % entre enero y octubre del 2024

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
Derecho Comparado | Colombia. Las exportaciones de bienes no mineros de Colombia registraron un aumento del 9,6 % en los primeros diez meses del 2024, alcanzando un total de US $ 18 052,1 millones, según informó el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo tras analizar los datos del Dane. Solo en octubre, las exportaciones llegaron a US $ 4 311,8 millones, un 3,8 % más que el mismo mes del año anterior. El crecimiento fue impulsado principalmente por productos industriales y agropecuarios. En el sector industrial, que incrementó sus ventas al exterior en un 4,8 %, se destacaron transformadores eléctricos (+76,1 %), plásticos (+10,6 %), insecticidas (+11,7 %) y helados (+24 %). Por su parte, los productos agropecuarios, que representan el 37,8 % de la canasta exportadora no minera, crecieron un 18,6%. Entre ellos sobresalieron el aguacate Hass (+47,9 %), el limón Tahití (+58,6 %) y el banano (+44,5 %). El cacao y sus preparaciones registraron un crecimiento notable, aumentando un 104,7 % en comparación con 2023. Leer más

El artículo 103 de la ley de aduanas «limita o no la facultad de la administración aduanera para rectificar o incorporar información en el manifiesto de carga»

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
En el caso, la Corte Suprema (CS) advierte que la falta de pronunciamiento por parte del Tribunal Fiscal tuvo incidencia en la emisión de las sentencias de mérito, toda vez que no se determinó si la administración aduanera se encontraba limitada o no para rectificar o incorporar de oficio documentos al manifiesto de carga, acorde a derecho. En ese sentido, para la máxima instancia judicial, «al haber la Sunat expuesto en su demanda que el tribunal administrativo ha afectado el debido procedimiento administrativo, al no exponer una motivación arreglada a los hechos ocurridos, se determina el vicio pasible de nulidad de Resolución del Tribunal Fiscal N.° 08702-A-2019, por lo que corresponde amparar solo la pretensión principal, a efectos de que el Tribunal Fiscal emita nuevo pronunciamiento (…). Leer más

CS: no se puede pretender una nueva solicitud de rectificación sobre una misma situación y DAM

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
Jurisprudencia | Comercio Exterior. Según la parte casacionista, no se emitió pronunciamiento judicial referido a la facultad de la Sunat para revocar, modificar, sustituir o complementar la segunda solicitud de rectificación de la DAM vía incorporación de series por la mercancía hallada en exceso; entonces, no procedía aplicar lo dispuesto en el artículo 108 del Código Tributario, el segundo párrafo del artículo 145 de la Ley General de Aduanas (LGA) y el artículo 199 del Reglamento de la Ley General de Aduanas. A juicio de la Corte Suprema (CS), de la interpretación conjunta de las normas antes descritas y en el caso, «se aprecia, que la controversia ahora radica en la segunda solicitud de rectificación efectuada el 03 de octubre de 2017, rectificación que como se señalara anteladamente recae sobre la misma DAM (…), sobre la cual ya hubo el pronunciamiento respectivo, donde fue declarada la improcedencia de la rectificación, y que tiene la calidad de cosa decidida, no obstante, dando respuesta a dicha solicitud y en cumplimiento de la RTF (…) (que como se determinara en la sentencia de vista actualmente es cosa juzgada, habiendo sido desfavorable a la demandante), se emitió la Notificación (…), donde se declaró la improcedencia de dicha rectificación (duplicidad) y que luego de la impugnación administrativa correspondiente concluyó en la RTF (…) del 17 de diciembre del 2020, la que es materia de nulidad en la presente demanda (…). Leer más

Sunat corrige errores de diagramación en la nueva versión del procedimiento «Tránsito aduanero»

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

Congreso: constituye asunto de interés nacional la implementación de un parque industrial tecnoecológico en Huarmey

Constituye un asunto de interés nacional la implementación de un parque industrial tecnoecológico en la provincia de Huarmey, departamento de Áncash, esto como parte de la estrategia nacional de promoción de la competitividad, asociatividad y rentabilidad de las unidades productivas del sector industrial, en un contexto de desarrollo económico y social que garantice el crecimiento coordinado de las industrias de dicho departamento con enfoque de clúster y en concordancia con el cuidado del medioambiente. Leer más

Dinero

El valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el 2025 se fija en S/ 5 350 00

En el marco de lo dispuesto por el Artículo XV del Título Preliminar del Código Tributario, cuyo Texto Único Ordenado (TUO) aprobó el Decreto Supremo N.° 133-2013-EF, y considerando los supuestos macroeconómicos; el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) establece para el año 2025 el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que se utiliza como índice de referencia en normas tributarias, en cinco mil trescientos cincuenta soles y 00/100 (S/ 5 350,00). (MEF, D. S. 260-2024-EF, 17/12/2024)

Edición extraordinaria: se reclasifican los puertos de Chimbote y Huarmey como de alcance nacional en el reglamento Redenaves

Se modifica el Anexo 1 «Puertos donde la Autoridad Portuaria Nacional ejecutará el procedimiento de recepción y despacho de naves» del Reglamento para la recepción y despacho de naves (Redenaves) en los puertos de la República del Perú, aprobado por el Decreto Supremo N.° 013-2011-MTC, para excluir a los puertos de Chimbote y Huarmey del listado de «Puertos de alcance regional» y se les incluya en el listado de «Puertos de alcance nacional». Además, se precisa que «tienen una delimitación jurisdiccional en el litoral marítimo desde los límites de las regiones de La Libertad y Áncash hasta Isla Grita Lobos y en el litoral marítimo desde Isla Grita Lobos hasta los límites de las regiones de Áncash y Lima, respectivamente» (sic). Según anota la parte considerativa de la norma, el puerto de Chimbote cuenta con un terminal portuario de titularidad y de uso público de alcance nacional; por lo que, en aplicación del numeral 5 del artículo 6° de la LSPN, asume competencia exclusiva la APN; mientras que el puerto de Huarmey cuenta con un terminal portuario, Terminal Portuario Punta Lobitos, también de alcance nacional. (APN, R. 0099-2024-APN-DIR, 16/12/2024)

Actualizados los precios de referencia y derechos variables adicionales para el maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprueba los precios de referencia y los derechos variables adicionales correspondientes al maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo, con base en las cotizaciones observadas en el periodo que va del 1 al 30 de noviembre del 2024. Esto en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo N.° 115-2001-EF, que establece el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado decreto supremo. (MEF, R. V. 024-2024-EF/15.01, 17/12/2024)