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Es indebido condicionar la imposición de una comparecencia restrictiva a un requerimiento primigenio de prisión preventiva

La comparecencia simple está prevista en el artículo 286 del CPP; y la comparecencia restrictiva, en el artículo 287 del código adjetivo. Tal como explica la Corte Suprema (CS), «la imposición de esta forma de comparecencia en el proceso penal está condicionada a la existencia de un peligro procesal -peligro de fuga o de obstaculización de la averiguación de la verdad- de menor intensidad que la requerida para la imposición de una prisión preventiva, esto es, la existencia de un peligro de mediana intensidad, toda vez que, ante la inexistencia de esta, queda fuera de toda duda que el juzgador impondría comparecencia simple» (sic). Leer más

La Ley del Impuesto a la Renta no establece una depreciación diferenciada para los componentes de los edificios

La demandante de este caso, al realizar una depreciación diferenciada de su inmueble, consideró que determinados activos (escaleras eléctricas, ascensores, puertas levadizas, sistemas de iluminación, entre otros) calificaban como «otros bienes del activo fijo» y debían ser depreciados con la tasa del 10 % y no la del 5 % correspondiente a «edificios y construcciones». Leer más

No habrá nulidad si se emiten dos sentencias, una sobre la responsabilidad penal y otra sobre la responsabilidad civil

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El artículo 399 del Código Procesal Penal señala que la sentencia condenatoria decidirá también sobre la reparación civil. En la misma línea, el artículo 92 del Código Penal establece que la reparación civil se determina conjuntamente con la pena. Para la Corte Suprema (CS), estas normas establecen que «lo ideal es que la pena y la reparación civil deberían determinarse en una sola resolución, pues, conforme se ha señalado en el Acuerdo Plenario N.° 04-2019/CIJ116, la acción civil ex delito procura reparar el daño causado por la comisión del hecho delictivo, además de ello busca evitar un doble trabajo y decisiones contradictorias (…). Leer más

Caso Geiner Alvarado López: el contrato laboral de una de las empresas cuestionadas no acredita el arraigo laboral

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La diferencia entre sindicato constituido y «sindicato en formación» para establecer el ámbito subjetivo de protección del fuero sindical

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El Tribunal de Fiscalización Laboral precisó que, de la lectura del artículo 31 del TUO de la LRCT, se desprende que el término «sindicato en formación» se utiliza para establecer el ámbito subjetivo de protección del fuero sindical, «precisando quiénes se encuentran bajo este amparo y durante cuánto tiempo; en ese sentido, carece de relevancia si dentro del periodo de protección dispuesto, el sindicato haya obtenido registro sindical o no, toda vez que este reconocimiento administrativo no constituye un acto constitutivo, conforme lo establece el artículo 1713 del mismo cuerpo normativo. En ese sentido, la afirmación de la impugnante de que al encontrarse el sindicato ‘constituido’ ya no sería un ‘sindicato en formación’ por lo que sus miembros ya no estarían protegidos por el fuero sindical, carece de todo asidero legal, toda vez que, el acto de constitución de una organización sindical se da en la asamblea que así lo establece, siendo el Registro Sindical al que se refiere el artículo 31 un mero acto formal, que en nada incide con la protección que otorga el fuero sindical (…). Leer más

No son válidos los descuentos por sanciones al trabajador si no se realiza previamente el procedimiento sancionador

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En este caso, el Tribunal Laboral, luego de recordar que cabe la posibilidad de que se efectúen descuentos a un trabajador, precisa que estos deben ser autorizados por ley, mandato judicial o por el propio trabajador. En el caso, no nos encontramos ante uno de los dos primeros supuestos referidos, pues no ha mediado disposición legal o mandato judicial que faculte al descuento efectuado al trabajador. «Sin embargo, se evidencia lo alegado por parte de la impugnante a la suscripción de autorizaciones de descuento (…). Leer más

La excesiva extensión temporal de las investigaciones genera espacios evolutivos de sentimientos e ideas tras la denuncia de violación

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Al revisar este caso, la Corte Suprema expone: «cabe la posibilidad de una supuesta influencia en la retractación de la víctima y los demás testigos, toda vez que en el curso de las investigaciones, la madre de la agraviada restableció el vínculo afectivo del cual derivó en estado de gravidez; por tanto, ha de tenerse en cuenta que la excesiva extensión temporal de las investigaciones genera espacios evolutivos de sentimientos e ideas tras la denuncia, pues a la rabia y el desprecio que motivó la confesión de la víctima se contraponen sentimientos de culpa por denunciar a un familiar o a una persona estimada. Leer más

El sobreseimiento, la figura jurídica que permite dar por concluido el proceso penal sin la emisión de una decisión sobre el fondo del asunto

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Se entiende por sobreseimiento la resolución firme emanada del órgano jurisdiccional competente en la fase intermedia que pone fin a un procedimiento penal incoado con una decisión que, sin actuar el ius puniendi, goza de la totalidad o de la mayoría de los efectos de la cosa juzgada. En otras palabras, esta figura jurídica, según la Corte Suprema (CS), permite dar por concluido el proceso penal sin la emisión de una decisión sobre el fondo del asunto -propio de un juicio contradictorio-. Tiene carácter concluyente e importa el archivo definitivo de la causa con relación al imputado en cuyo favor se dicte, conforme al numeral 2 del artículo 347 del Código Procesal Penal. El sobreseimiento se da solo por causa establecida en la ley. Leer más

Las microempresas también deben pagar la bonificación por trabajo nocturno

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El Tribunal Laboral enseña que lo dispuesto en el ordenamiento laboral vigente sobre el trabajo en horario nocturno debe aplicarse atendiendo a los principios que irradian al derecho de trabajo. Así, por ejemplo, en una empresa que tiene una jornada de trabajo fundamentalmente en horario nocturno podría llevar a entender que cumple con el supuesto de hecho de la norma contenida en el artículo 53 del Decreto Supremo N.° 053-2013-Produce, no obstante, su aplicabilidad debe ser entendida sistemáticamente con la legislación laboral, que protege al trabajador del desgaste por el trabajo en horario nocturno. Así, según el tribunal, «se aprecia con claridad que la razón subyacente de la bonificación por trabajo nocturno al que hace referencia el artículo 8° del TUO de la LJHT, recae en el mayor esfuerzo, esto es, en el sacrificio que hace el trabajador al prestar sus servicios en horario nocturno, específicamente respecto de su salud; toda vez que por el ritmo circadiano el cuerpo humano no se encuentra predispuesto para laborar en dicho horario. Leer más

Un precedente vinculante de la Suprema sobre la aplicación de intereses a los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta

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La Corte Suprema (CS) establece, como precedente vinculante, las siguientes reglas relacionadas con los intereses de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta:«5.4.1 Entiéndase que la naturaleza jurídica de los ‘pagos a cuenta’ es la de ‘obligaciones tributarias’, toda vez que se vinculan a la obligación tributaria principal, integrándose finalmente al tributo del cual se derivan. Por tanto, cuentan con reglas propias como son las que se derivan de su nacimiento y devengo, en consecuencia, la generación de intereses responde a dichas reglas propias que los informan.5.4.2 Corresponde el cobro de intereses moratorios a los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta, cuando los mismos no fueron efectuados en la forma y el íntegro del monto que corresponda en cada oportunidad. Leer más