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Una nueva directiva y cinco protocolos de verificación y fiscalización migratoria

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Este sábado la Superintendencia Nacional de Migraciones (Migraciones) oficializó la Directiva «Lineamientos para los operativos de verificación y fiscalización migratoria_V01» con Código S08.DGTFM.DI.003; el Protocolo «Verificación y fiscalización migratoria en puestos de verificación migratoria_V01» con código S08.DGTFM.PTL.004; el Protocolo «Verificación y fiscalización migratoria virtual_V01» con código S08.DGTFM.PTL.005; el Protocolo «Verificación y fiscalización migratoria en lugares públicos_V01» con código S08.DGTFM.PTL.006. La medida deja sin efecto el «Protocolo de verificación y fiscalización migratoria en los puestos de verificación migratoria» aprobado mediante Resolución de Superintendencia N.° 000261-2018-Migraciones. [Migraciones, R. 000082-2023-Migraciones, 4/02/2023] Leer más

Cinco modificaciones y una incorporación | El Congreso optimiza el recurso de casación en la Nueva Ley Procesal del Trabajo

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Esta ley modifica los artículos 34 (Causales para interponer recurso de casación), 35 (Interposición y admisión del recurso de casación), 36 (Procedencia del recurso de casación), 37 (Trámite en la Corte Suprema de Justicia de la República), 39 (Consecuencias del recurso de casación) e incorpora el artículo 37-A (Competencia) a la Ley N.° 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo. Los cambios, que entrarán en vigencia a los sesenta días, señalan que, por ejemplo, la audiencia de casación se instala con la concurrencia de las partes que asistan, quienes pueden informar sin necesidad de pedir el uso de la palabra. Leer más

El MTPE adapta el decreto supremo que fija la asignación familiar para los trabajadores de la actividad privada

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Con este decreto supremo se modifica el Decreto Supremo N.° 035-90-TR (Fijan la asignación familiar para los trabajadores de la actividad privado, cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva) para adecuarlo a las nuevas disposiciones de la Ley N.° 25129 (Los trabajadores de la actividad privada cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva, percibirán el equivalente al 10% del ingreso mínimo legal por todo concepto de asignación familiar). En concreto, se modifica el artículo 6° del Decreto Supremo N.° 035-90-TR, que queda redactado de la siguiente manera: Leer más

Teletrabajadores y sanciones | El Ministerio de Trabajo publica el reglamento de la nueva Ley del Teletrabajo

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El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó el reglamento de la nueva Ley del Teletrabajo mediante el Decreto Supremo N.° 002-2023-TR, publicado en la Edición Extraordinaria del Diario Oficial «El Peruano» del día 26 de febrero del 2023. Indica la norma, que el objetivo es que dicha regulación se sujete a las necesidades del empleador público y privado, al marco del trabajo decente y a la conciliación entre la vida personal, familiar y laboral; y que promueva, además, las políticas públicas que garanticen su desarrollo. Leer más

Se extiende la emergencia sanitaria por la COVID-19

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El Decreto Supremo N.° 003-2023-SA, publicado en la edición extraordinaria del Diario Oficial «El Peruano», dispone la prórroga, a partir del sábado 25 de febrero y por un plazo de noventa días calendario, de la emergencia sanitaria declarada en el país por el Decreto Supremo N.° 008-2020-SA debido a la pandemia de la COVID-19. La emergencia sanitaria se declaró, originalmente, a través del Decreto Supremo N.° 008-2020-SA, norma prorrogada sucesivamente por los decretos supremos N.° 020-2020-SA, N.° 027-2020-SA, N.° 031-2020-SA, N.° 009-2021-SA, N.° 025-2021-SA, N.° 003-2022-SA y N.° 015-2022-SA. Leer más

La Suprema reconoce horas extras a un trabajador intermitente

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En el caso, «si bien el actor no está comprendido en la jornada máxima de trabajo, pues, realizó labores intermitentes, no obstante, con criterio razonable y prudente, se ampara el pago de una hora extra diaria por todo el récord laboral, pues constituye una restitución al trabajo laborado en exceso, en mérito a la conducta de la demandada de no cumplir con demostrar que la jornada a la que el demandante estaba sometido era razonable, por lo que, se habilitó la aplicación del artículo 29 de la Nueva Ley Procesal del Trabajo» (sic). Leer más

Es legal y válida la facultad del empleador de calificar una huelga declarada improcedente por la autoridad como una falta laboral sancionable disciplinariamente

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La huelga es un derecho que se ejerce con las limitaciones que la ley le imponga, vale decir, en armonía con el interés público y con los demás derechos fundamentales. Los derechos fundamentales, como todos los derechos subjetivos, no son absolutos, pues su ejercicio se encuentra limitado por otros derechos, y el derecho a la huelga no es la excepción, porque su ejercicio no puede vulnerar otros derechos o bienes constitucionalmente protegidos. Leer más

Edición extraordinaria: Ley que reprograma aportes previsionales del sistema privado (Repro AFP-Privado)

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El Congreso publicó la Ley N.° 31690, Ley que crea el Régimen de reprogramación de aportes previsionales del Sistema Privado de Pensiones, para entidades del sector privado. La norma crea «el régimen de reprogramación de pago de aportes previsionales al Fondo de Pensiones del Sistema Privado de Pensiones, en adelante Repro AFP-Privado, devengados hasta el 31 de diciembre de 2022 que no fueron pagados oportunamente por las entidades del sector privado» (sic). Leer más

Una tercerización se desnaturaliza si la empresa usuaria, por ejemplo, determina y fiscaliza el horario y la jornada laboral del personal de la empresa contratista

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En la negociación colectiva, «no existe ninguna disposición legal que prohíba y/o límite de alguna forma el nivel de la negociación colectiva»

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Al revisar el proceso, la Corte Suprema (CS) entiende que la sala superior infringe el artículo 41 del Decreto Supremo N.° 010-2003-TR, «en tanto la convención colectiva de trabajo regula las condiciones de trabajo, y, en mérito a la libertad sindical, específicamente el derecho a la negociación colectiva, lo pactado por los intervinientes en las negociaciones colectivas, se realizaron de manera libre y voluntaria, buscando beneficios a los trabajadores de las contratistas, lo cual en principio no se encuentra prohibido por nuestro ordenamiento jurídico, toda vez que no existe ninguna disposición legal que prohíba y/o límite de alguna forma el nivel de la negociación colectiva» (sic). Leer más