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Este último sábado, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) indica que, terminada oficialmente la pandemia, dispuso modificar el Decreto Supremo N.° 020-2001-TR, Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo y Defensa del Trabajador, con el objeto de fortalecer y modernizar el servicio de conciliación administrativa laboral, considerando, entre otros instrumentos, el uso de las tecnologías de la información y comunicación, a fin de brindar un mejor servicio al alcance de más ciudadanos. En concreto, el presente decreto supremo tiene por objeto modificar los artículos 70 (Obligaciones del conciliador), 71 (De la solicitud de conciliación), 73 (Forma del pedido), 74 (De la audiencia única), 75 (Notificación), 76 (Concurrencia y representación de las partes), 77 (Conclusión del procedimiento conciliatorio) y 78 (Formalidad del acta de conciliación).
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