Unidades económicas | Se adapta la definición de Mype manufacturera para facilitar su acceso a las compras públicas
El Congreso de la República oficializó la ley que modifica la Ley N.° 31578, Ley que promueve la reactivación económica a través de compras públicas de las Mype manufactureras nacionales, con la finalidad de adecuar la definición Mype manufacturera a las actividades realizadas por este tipo de empresas, a efectos de promover y facilitar su acceso a las compras públicas. De esta manera, se modifica el artículo 5° (Definición de Mype manufacturera) de la Ley N.° 31578 para señalar que «se considera como Mype manufacturera a la unidad económica constituida por una persona natural o jurídica, bajo cualquier forma de organización formal, que tenga por objeto desarrollar actividades de transformación y/o producción de materiales, sustancias o componentes en productos nuevos y cuente con planilla electrónica» (sic). [PL, Ley 32055, 12/06/2024]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Ley que modifica el artículo 5° de la Ley 31578 Ley que promueve la reactivación económica a través de compras públicas de las Mype manufactureras nacionales
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17956.
Entidad: Congreso de la República (PL).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica el artículo 5° de la Ley N.° 31578.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 13 de junio del 2024.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ley N.° 31578, Ley que promueve la reactivación económica a través de compras públicas de las Mype manufactureras nacionales.
Información relacionada:
+ Produce: Mypes accederán a tarifas sociales para su proceso de formalización. [Produce, Noticia – Mypes (Beneficio), 23/06/2020]
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