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El peligro de fuga no se da en función de los diversos viajes fuera del país que pueda realizar un imputado extranjero o peruano

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En sentencia pasada, la Corte Suprema (CS) explicó que, en este caso, un criterio tomado en cuenta para determinar el peligro de fuga fue el intenso movimiento migratorio del imputado, aunque se trata de viajes por motivos laborales vinculados con su labor profesional, de corto alcance y de regreso inmediato al Perú. Al respecto, la suprema recuerda que la «Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (…) recaída en el Asunto Stogmüller contra Austria, estableció que la simple posibilidad o facilidad que tiene el procesado para pasar la frontera no implica peligro de fuga. De esta forma, no puede estimarse el peligro de fuga en función a los diversos viajes fuera del país que puede realizar un imputado extranjero o peruano. No es concluyente, por tanto, los pocos o muchos viajes que un encausado realice al extranjero. Leer más

Un documento privado de fecha cierta realizado en el extranjero puede fundar la tercería si cumple con las normas del apostillado

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En este caso, entiende la Corte Suprema (CS) que, «al tratarse de un proceso de tercería de propiedad, la parte demandante debe presentar los documentos que demuestren la propiedad; y en caso se acompañe documento privado de fecha cierta realizado en el extranjero, como en el presente caso, debe darse cumplimiento a lo dispuesto en el Convenio de La Haya sobre apostillado» (sic). La sala superior habría interpretado erróneamente, pues considera que en el caso concreto se ha demostrado la propiedad del inmueble con documento público y, pese a ello, se le ha requerido dar garantía suficiente -fianza personal-; «sin embargo, no pasa desapercibido para esta sala suprema el hecho que la aludida propiedad -que ha criterio de la recurrente se encontraría contenida en el contrato de dación en pago-, como se ha señalado en el décimo cuarto considerando de la presente casación, no cumple con los requisitos del apostillado, por lo que, aquel no puede ser considerado como un documento válido para acreditar aquella supuesta propiedad del inmueble materia de remate. Además, se debe considerar que, la misma que tiene certificación notarial (…), Leer más

Separata Especial: los cuatro acuerdos del X Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional

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La Corte Suprema publicó los cuatro acuerdos establecidos en el X Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional: (1) sobre el otorgamiento de la pensión de viudez a favor del viudo varón; (2) la reposición en el sector público como consecuencia de un despido nulo; (3) las normas de remuneraciones máximas que aprueba el Fonafe como fuente normativa de la nivelación de remuneraciones y (4) el procedimiento disciplinario para sanciones distintas al despido. Sobre este último punto, por ejemplo, el Pleno, por unanimidad, acordó lo siguiente: «cuando el empleador considere que corresponde imponer una medida disciplinaria distinta al despido, deberá garantizar, desde el inicio, el derecho de defensa del trabajador, en un contexto de respeto al debido proceso» (sic). [PJ, X Pleno Jurisdiccional Supremo Laboral y Previsional de la Corte Suprema, 18/1/20223] Leer más

No existe fin ilícito cuando solo una de las partes se conduce por un motivo ilícito

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El artículo 219 inciso 4 del Código Civil establece que el acto jurídico es nulo cuanto su fin sea ilícito; «es así que el fin debe entenderse como la causa que llevó a las partes a celebrar el acto jurídico, En ese sentido, debemos entender a la finalidad como el motivo determinante por el que la parte o partes han decidido celebrar el acto jurídico, de lo que se puede extraer que no existe fin ilícito cuando solo una de las partes se conduce por un motivo ilícito, y cuando este permanece en su fuero interno sin ser exteriorizado» (sic). Leer más

Flexibilizar el principio de acumulación de pretensiones: el juez no solo debe ver la nulidad del matrimonio, también si la segunda cónyuge obró con buena fe

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La Corte Suprema (CS) anota que, si bien en términos formales solo se demandó la nulidad de matrimonio, no es menos cierto que el examen que debe realizar el juez no puede circunscribirse solo a dicho supuesto, también exige verificar -en caso optara por la invalidez- si la segunda cónyuge al contraer matrimonio obró o no con buena fe. Según esta sentencia, Leer más

No cabe correr traslado de las observaciones realizadas a la pericia oficial si los plazos ya están vencidos

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El proceso tutelar contra los niños o adolescentes menores de catorce años de edad se tramita bajo un proceso especial

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Los jurisdiccionales deben evitar que el criterio antiformalista conduzca a prescindir de los requisitos procesales establecidos por las leyes

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Para la Corte Suprema (CS) existe «un doble control de admisibilidad puesto que lo que se quiere es depurar los casos que no corresponda su conocimiento por falta de requisitos formales de medio impugnatorio interpuesto. Inicialmente, y en forma general, antes del señalamiento de día y hora de la audiencia de apelación. Pero si se omitió ello y se advierte durante o al terminar la audiencia de apelación, también debe declararse la inadmisibilidad: a) Porque ‘los requisitos de admisibilidad de un acto procesal están dados por los elementos que determinan la aptitud de este para producir efectos al interior del proceso’. b) La inadmisión es una garantía del procedimiento, ‘así los jurisdiccionales deben evitar que el criterio antiformalista conduzca a prescindir de los requisitos procesales establecidos por las leyes, que ordenan el proceso y los recursos en garantía de los derechos de todas las partes. Esto es debido a dos razones: Leer más

Otorgamiento de escritura pública: el contrato de compraventa se puede celebrar de forma verbal o por escrito

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En un caso de otorgamiento de escritura pública, la Corte Suprema (CS) ratificó que «el contrato de compraventa puede celebrarse de manera verbal o por escrito, sin que ello impida que las partes a fin de lograr establecer una forma más acorde con sus intereses -ya porque lo permita la ley o porque así lo acordaron- que puedan mutar sus declaraciones privadas en escrituras públicas que les permitan oponer con mayor eficacia sus derechos a terceros. Tal es el sentido del proceso de otorgamiento de escritura pública, mediante el cual un tercero -el notario- da fe de la suscripción del contrato» (sic). Leer más

El requerimiento notarial del pago de la deuda permite resolver el contrato de compraventa

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La Corte Suprema (CS) rechazó este recurso de casación (infundado), pues, si bien el recurrente denunció las infracciones procesales sobre la tutela jurisdiccional, debido proceso y motivación de las resoluciones, ninguna de estas fueron debidamente sustentadas. Leer más