El concepto de persona, según la Corte Suprema: «todo aquel que dirige su destino a través de las expectativas normativas»
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En noviembre del 2016, la Corte Suprema (CS) se preguntaba lo siguiente:¿en qué consiste privar o restringir a otro de su libertad personal en el contexto de atribución o imputación normativa de este tipo penal? Según ella, «i) En principio, definir los contornos de la libertad personal con la finalidad de comprender en qué consiste el sustrato material y normativo de este, ha de realizarse, naturalmente, reflexionando referencialmente de la mano del concepto jurídico-normativo de persona, pues en él se asienta todo el sistema jurídico social, incluido el sistema de responsabilidad jurídico-penal. Entonces, persona, siguiendo la voz autorizada del penalista de Bonn, es todo aquel que dirige su destino a través de las expectativas normativas. ¿Qué significa esto?: que esta es titular de derechos y obligaciones y son determinados según una compresión libre del derecho. Leer más
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