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La Suprema reconoce horas extras a un trabajador intermitente

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En el caso, «si bien el actor no está comprendido en la jornada máxima de trabajo, pues, realizó labores intermitentes, no obstante, con criterio razonable y prudente, se ampara el pago de una hora extra diaria por todo el récord laboral, pues constituye una restitución al trabajo laborado en exceso, en mérito a la conducta de la demandada de no cumplir con demostrar que la jornada a la que el demandante estaba sometido era razonable, por lo que, se habilitó la aplicación del artículo 29 de la Nueva Ley Procesal del Trabajo» (sic). Leer más

Una tercerización se desnaturaliza si la empresa usuaria, por ejemplo, determina y fiscaliza el horario y la jornada laboral del personal de la empresa contratista

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exportaciones

¿Quiénes gozan del reintegro de remuneración por participación en pesca?

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El cheque sin la cláusula «no negociable» sustentaría la bancarización si se acredita con documentación adicional que lo cobró la persona para la cual se emitió

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En el caso, de acuerdo con la Corte Suprema (CS), si bien los medios de pago eran cheques que no contaban con la cláusula «no negociable», la demandante presentó, además, la documentación que sustenta de manera fehaciente que los medios de pago utilizados en la cancelación de las facturas fueron emitidos para el proveedor y que, en consecuencia, no pudieron haberse pagado a otras personas, cumpliéndose con la finalidad de la Ley para la lucha contra la evasión y para la formalización de la economía (N.° 28194). Leer más

La naturaleza remunerativa del incremento se impone aunque las partes no lo hayan acordado

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Nuevamente la Corte Suprema (CS) recuerda que, «aun cuando las partes del proceso no hayan acordado que el incremento remunerativo por extensión de la jornada de trabajo deba formar parte de la remuneración básica, ello no implica que se desconozca su naturaleza remunerativa, pues se trata de un concepto pagado por la contraprestación de los servicios brindados por el actor; que ha sido abonada en forma regular, ordinaria y permanente; y que tuvo la calidad de concepto de libre disposición por el trabajo realizado» (sic). Leer más

La Suprema recuerda: un trabajador de dirección es uno de confianza, pero un trabajador de confianza no necesariamente es un trabajador de dirección

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En esta casación, la Corte Suprema (CS) expresa sobre el personal de confianza que, «si bien trabaja en contacto directo con el empleador o con el personal de dirección, tiene acceso a secretos industriales, comerciales o profesionales y, en general, a información de carácter reservado, y coadyuva a la toma de decisiones por parte del empleador o del referido personal de dirección, siendo sus colaboradores directos» (sic). Leer más

Doctrina jurisprudencial de la Suprema sobre la prueba en los procesos de nulidad del despido por maternidad

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Al igual que el Tribunal Constitucional (TC), la Corte Suprema (CS) confirma que no es necesario que la trabajadora comunique su condición de embarazada para gozar de protección frente al despido nulo. Así, la Corte Suprema (CS), en uso de la facultad que le confiere el artículo 22 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece como doctrina jurisprudencial respecto de la prueba en los procesos de nulidad del despido por maternidad las siguientes reglas: Leer más

La Suprema explica la regulación tributaria sobre asuntos mineros: que contiene y que hace referencia el valor de adquisición de las concesiones

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  A partir de lo previsto en el artículo 74 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley General de Minería, para la Corte Suprema (CS), atendiendo a la regulación tributaria sobre los asuntos mineros que contiene y que hace referencia al valor de adquisición de las concesiones, a la titular de la concesión que efectuó los desembolsos para adquirir de manera definitiva y permanente la titularidad le resulta de aplicación tal normativa. Leer más

DUA, comercio

El drawback no es equivalente al pago por derechos arancelarios

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Esta es la exégesis de la Corte Suprema: «(…) una interpretación sistemática de las normas que rigen el artículo 76 de la Ley General de Aduanas y el Reglamento del Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios, aprobado por Decreto Supremo N.° 104-95-EF, se infiere que el drawback es el beneficio o subsidio recibido sobre la base de un porcentaje del valor FOB de la exportación, con la finalidad de que las empresa exportadoras puedan competir dentro del mercado, por lo que no se debe considerar de forma literal que se trata de una restitución, pues el drawback no es equivalente al pago por derechos arancelarios» (sic). Leer más

¿Se puede incurrir en falta grave que justifica el despido si el hecho sucede en los días de descanso?

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Sobre la configuración de la falta prevista en el inciso f) del artículo 25 del Decreto Supremo N.° 003-97-TR, la máxima instancia judicial señala que, en este caso, «el demandante, como trabajador de la empresa, debió cumplir con las obligaciones y deberes establecidos tanto en el Reglamento Interno de Trabajo, como en el Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional (…). Al ejecutar estas acciones, el demandante incumplió lo establecido en: – Artículo 12 literal c) del Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional (…).  Leer más