El interés superior del niño gobierna el proceso de adopción
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En este proceso judicial de adopción, la Corte Suprema (CS) recuerda que no se debe olvidar que «se encuentran involucrados derechos fundamentales de una adolescente, por lo que, cualquier decisión que se adopte se debe realizar a la luz del principio de interés superior del niño y del adolescente consagrado en el Artículo IX del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes, esto es, procurando la plena satisfacción de sus derechos, la protección integral y simultánea de su desarrollo integral y la calidad de vida, para lo cual, atendiendo a lo actuado en el presente proceso, resulta necesario analizar los siguientes aspectos: Leer más
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