La Municipalidad Distrital de Cieneguilla (MDC) estableció los horarios que observarán obligatoriamente los propietarios, compañías constructoras, profesionales, personas naturales o jurídicas, para la realización de obras de edificaciones privadas y trabajos de acondicionamiento y/o refacción en propiedad privada con licencia de edificación y en vía pública siempre que estén relacionadas con obras privadas autorizadas. Se trata de la Ordenanza N.° 362-2023-MDC, que precisa que el propietario, la constructora, y el residente de obra del proyecto en ejecución son los responsables de la correcta y estricta aplicación de lo normado en la presente ordenanza y demás normas aplicables. Además, precisa que el responsable de obra permanecerá en ella durante el horario de trabajo establecido en la presente ordenanza. El horario para ejecutar obras de edificación en propiedad privada o pública realizadas por el sector privado será de lunes a viernes de 8:00 a 17:00 horas y los sábados de 8:00 a 13:00 horas; queda terminantemente prohibida la ejecución de obras civiles fuera del horario establecido, así como en los días domingos y feriados durante las 24 horas del día. Sin embargo, la norma municipal entiende que, de manera excepcional y por causas debidamente justificadas, se podrán realizar obras fuera de los horarios establecidos, en los siguientes casos: Leer más