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San Juan de Lurigancho busca la ayuda privada para mejorar los bienes municipales y los servicios públicos

Se declara de interés público la promoción de la participación del sector privado en el mejoramiento de los bienes municipales, servicios públicos locales e infraestructura pública en el ámbito del distrito de San Juan de Lurigancho, mediante el empleo de las fórmulas de colaboración público-privada previstas en el marco normativo vigente. Estas fórmulas de colaboración público-privada son aquellas modalidades, creadas o por crearse, promovidas por iniciativa estatal o privada, comprendidas en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 1362 y su Reglamento; en el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 29230 y su Reglamento; en el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 29151 y su Reglamento; así como, la constitución de derechos de cesión en uso, arrendamiento, usufructo, superficie, servidumbre u otros actos de administración y/o disposición que recaigan sobre bienes de titularidad de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho (MDSJL). Leer más

Fe de Erratas: es Jonatan [no Jonathan] Jorge Ríos Morales el nuevo director del Programa Nacional de Saneamiento Urbano del MVCS

Con una fe de erratas se precisa que Jonatan Jorge Ríos Morales es el nombre correcto de quien asume el cargo de director ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). [MVCS, Fe de Erratas – R. M. 009-2024-Vivienda, 12/01/2024] Leer más

Fe de erratas: esta es la nomenclatura correcta de la directiva que regula el procedimiento de asignación del Código Único Catastral

A solicitud de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), se publicó la fe de erratas de la Resolución N.° 01-2023-SNCP-CNC, que aprueba la Directiva que regula el procedimiento de asignación, administración, uso y gestión del Código Único Catastral y anexos respectivos, publicada en la edición del día 31 de diciembre del 2023. La corrección se realiza para precisar que la denominación es «Directiva DI-01-2023-SNCP-CNC que regula el procedimiento de asignación, administración, uso y gestión del Código Único Catastral y anexos respectivos» (sic). [Sunarp, Fe de Erratas – R. 01-2023-SNCP-CNC, 12/01/2024] Leer más

El nuevo TUSNE de la Municipalidad Chorrillos

El día de hoy se oficializó el nuevo Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Chorrillos (MDCH), que obra en el Anexo I (65 Ítems). Esta decisión deroga expresamente la Resolución de Alcaldía N.° 506-2019-MDCH, de fecha 24 de setiembre del 2019, la Resolución de Alcaldía N.° 010-2020-MDCH, de fecha 2 de enero del 2020 y la Resolución de Alcaldía N.° 085-2023-MDCH, de fecha 03 de febrero del 2023. [MDCH, R. de Alc. 331-2023-MDCH, 12/01/2024] Leer más

La ayuda mutua | Barranco sale a buscar al sector privado para salvar sus bienes municipales e infraestructura pública

El objetivo de esta ordenanza es declarar de interés público la promoción de la participación del sector privado en el mejoramiento de los bienes municipales, servicios públicos locales e infraestructura pública en el ámbito distrital de Barranco, mediante el empleo de las fórmulas de colaboración público-privada previstas en el marco normativo vigente. La ordenanza crea el «Comité especial de promoción de la inversión privada en bienes, servicios e infraestructura pública en el distrito de Barranco» (CEPIP), como órgano técnico especializado que se encargará de la conducción de todos los procedimientos administrativos asociados a las fórmulas de colaboración público-privada previstas en el marco normativo vigente. El CEPIP estará conformado por tres funcionarios de la alta dirección o titulares de órganos de línea o asesoramiento de la entidad y podrá contar con expertos independientes en materia de promoción de la inversión privada a efectos que le brinden asistencia técnica.

La contratación de asesores del CEPIP no demandará recursos públicos de la Municipalidad Distrital de Barranco (MDB) y se financiará con cargo a los aportes que ingresen al Fondo de promoción de la inversión privada en bienes, servicios e infraestructura pública en el distrito de Barranco (Fondo Barranco). El titular de la entidad designará a los miembros del CEPIP. En esta línea, la norma municipal crea el referido Fondo Barranco, cuyos aportes serán destinados a financiar todos aquellos gastos o costos imputables, directa o indirectamente, necesarios para el cumplimiento de las actividades del CEPIP, incluyendo la contratación de asesores, para el desarrollo de procesos de promoción de la participación del sector privado en la ejecución de proyectos que recaigan sobre bienes municipales, servicios públicos locales e infraestructura pública bajo las fórmulas de colaboración público-privada previstas en el marco normativo vigente. El «Reglamento para la tramitación y evaluación de proyectos de inversión mediante fórmulas de colaboración público privada en el distrito de Barranco» forma parte integrante de la presente ordenanza y consta de 29 artículos, tres disposiciones complementarias y transitorias y una disposición complementaria. [MDB, Ord. 629-2023-MDB, 12/01/2024]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ordenanza que declara de interés público la promoción de la participación del sector privado en el mejoramiento de los bienes municipales, servicios públicos locales e infraestructura pública en el distrito de Barranco y aprueba el Reglamento para la tramitación y evaluación de proyectos de inversión mediante fórmulas de colaboración público privada

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17682.

Entidad: Municipalidad Distrital de Barranco (MDB).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 13 de enero del 2024.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

* Decreto Supremo N.° 081-2022-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado.

* Decreto Supremo N.° 195-2023-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 1362, Decreto legislativo que regula la promoción de la inversión privada mediante asociaciones público-privadas y proyectos en activos.

* Decreto Supremo N.° 019-2019-Vivienda, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales.

Información relacionada: ninguna.

Mapa para evitar dudas | La Victoria delimita la zona para el desarrollo de viviendas de interés social

Con la oficialización de esta ordenanza, la Municipalidad Distrital de La Victoria (MDLV) vela por el cumplimiento irrestricto de las disposiciones de las normas urbanísticas y edificatorias sobre la ejecución de proyectos de habilitación urbana y de edificación para viviendas de interés social contenidas en la Ordenanza N.° 2361-MML, del 17 de junio del 2021, que regula la ejecución de proyectos de habilitación urbana y edificación para viviendas de interés social (VIS) en la provincia de Lima, emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), en sujeción a las disposiciones establecidas por el Tribunal Constitucional (TC) a través de la Sentencia N.° 302-2023, recaída en los expedientes 00001-2021-PCC-TC y 00004-2021-PCC-TC (acumulados). Leer más

Hasta lograr la inscripción registral | Chorrillos oficializa un procedimiento de habilitación urbana de oficio

En el distrito de Chorrillos existen predios privados y estatales con consolidación urbana, que cuentan con servicios públicos básicos y que están integrados a la trama urbana del distrito; sin embargo, no han sido sujetos de procedimientos de habilitación urbana. A fin de superar esta situación, la municipalidad distrital regula el procedimiento que se llevará a cabo para declarar habilitado de oficio un predio ubicado en zonas urbanas consolidadas que cuente con edificaciones destinadas a vivienda y demás complementarias a dicho uso, con servicios públicos domiciliarios de agua potable, desagüe o alcantarillado, energía eléctrica y alumbrado público e inscrito registralmente como predio rústico en sujeción a la política de gestión urbana del distrito. La Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro de la Gerencia de Desarrollo Urbano identificará los predios matrices rústicos que pueden ser materia de este procedimiento. También se podrán evaluar, para efectos de dicho procedimiento, los predios señalados en solicitudes de parte, siempre y cuando cumplan con lo indicado en el artículo 44 del Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación, aprobado por el Decreto Supremo N.° 029-2019-Vivienda. Leer más

Jonathan Jorge Ríos Morales, el nuevo director del Programa Nacional de Saneamiento Urbano del MVCS

El día de hoy el Gobierno oficializa la designación de Jonathan Jorge Ríos Morales en el cargo de director ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). [MVCS, R. M. 009-2024-Vivienda, 11/01/2024] Leer más

Competencias, clausuras, cautelares… | Miraflores realiza cambios a su Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas

Esta ordenanza modifica los numerales 3.2 y 3.5 del artículo 3°, así como el numeral 5.4 del artículo 5°, el quinto párrafo del artículo 13 y el primer párrafo del artículo 16 del Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Miraflores, aprobado por la Ordenanza N.° 480-MM y modificatorias, para, entre otras, señalar que la Subgerencia de Fiscalización y Control es el órgano de línea que depende de la Gerencia de Autorización y Control, encargado de decidir la aplicación de la sanción en la etapa resolutiva del procedimiento sancionador, resuelve los recursos de reconsideración y puede disponer la clausura temporal de establecimientos; los tipos de sanciones administrativas aplicables por la Subgerencia de Fiscalización y Control, que pueden ser de multa, clausura definitiva y otras que se establezcan por disposición del gobierno nacional u ordenanzas; las medidas cautelares administrativas ejecutadas directamente por el fiscalizador municipal deberán constar en el «Acta de Ejecución de Medida Cautelar» y podrán ser de decomiso, retiro, internamiento o retiro de vehículo, paralización, cancelación y retención, en caso de desacato de las medidas cautelares administrativas, así como, de las clausuras temporales o definitivas. El subgerente de Fiscalización y Control, el responsable de la etapa instructiva o el ejecutor coactivo, de ser el caso, realizarán las acciones necesarias para que la Procuraduría Pública Municipal formule la denuncia penal por la comisión del delito contra la administración pública en la modalidad de desobediencia o resistencia a la autoridad. [MDM, Ord. 634-MM, 10/01/2024] Leer más

Anunciar para vender | Tres cambios a la ordenanza que regula la publicidad exterior en Miraflores

Se modifica el numeral 7 del artículo 9°, el numeral 2 del literal A del artículo 23 y el artículo 54 de la Ordenanza N° 527-MM, Ordenanza que regula los elementos de publicidad exterior en el distrito de Miraflores y modificatorias. Según estos cambios, por ejemplo, una autorización temporal es aquella que se otorga a elementos publicitarios no rígidos con naturaleza temporal; son elementos de publicidad exterior no rígidos las banderolas, gigantografías y pantalla flexible de LED (malla LED); Leer más