Anunciar para vender | Tres cambios a la ordenanza que regula la publicidad exterior en Miraflores
Se modifica el numeral 7 del artículo 9°, el numeral 2 del literal A del artículo 23 y el artículo 54 de la Ordenanza N° 527-MM, Ordenanza que regula los elementos de publicidad exterior en el distrito de Miraflores y modificatorias. Según estos cambios, por ejemplo, una autorización temporal es aquella que se otorga a elementos publicitarios no rígidos con naturaleza temporal; son elementos de publicidad exterior no rígidos las banderolas, gigantografías y pantalla flexible de LED (malla LED);
los plazos de vigencia de las autorizaciones serán los mismos que para la licencia de funcionamiento para las autorizaciones indefinidas, se entiende esta para las personas naturales o jurídicas que realicen actividades comerciales y cuenten con elemento publicitario de actividad propia del giro de la licencia de funcionamiento (el inicio del plazo regirá a partir de la fecha de emisión de la autorización); en las autorizaciones temporales se debe consignar su tiempo de exhibición, que no puede exceder los seis meses, esto a solicitud expresa del administrado; con los toldos con o sin elemento de publicidad exterior, su vigencia quedará condicionada al de la licencia de funcionamiento vigente otorgada de la cual deriva; la vigencia para las autorizaciones de elementos de publicidad exterior tipo monumentales, aquellos que cuenten con sistema de iluminación LED y otros innovadores y se encuentren ubicados, por ubicarse o regularizarse, según sea el caso, se encuentra sujeta al plazo del convenio. [MDM, Ord. 633-MM, 10/01/2024]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Ordenanza que modifica los artículos 9°, 23 y 54 de la Ordenanza N.° 527-MM, Ordenanza que regula los elementos de publicidad exterior en el distrito de Miraflores.
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17678.
Entidad: Municipalidad Distrital de Miraflores (MDM).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica el numeral 7 del artículo 9°, el numeral 2 del literal A del artículo 23 y el artículo 54 de la Ordenanza N.° 527-MM.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 11 de enero del 2024.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ordenanza N.° 527-MM, que regula los aspectos técnicos y administrativos que norman la ubicación y características de los elementos de publicidad exterior en el distrito de Miraflores.
Información relacionada:
+ Separata Especial: marco legal para obtener licencias de funcionamiento comercial en Miraflores. [MM, Ord. 627-MM, 8/12/2023]
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