«Usucapión»: el inicio de procesos judiciales donde se discute la posesión del bien rompe con el requisito de pacificidad, incluso si se cumplió con el tiempo requerido
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Es jurisprudencia reiterada el criterio de la Corte Suprema (CS) que señala que «el requisito de posesión pacífica está referido a que la posesión no sea mantenida mediante violencia, por lo que la falta de pacificidad se configurará por la resistencia a la oposición planteada por el propietario respecto a la referida posesión. En ese sentido, (…) el inicio de procesos judiciales en que se discuta sobre la posesión del bien rompe con el requisito de pacificidad; siendo el caso precisar que tal exigencia no solo comprende los procesos que puedan haberse instaurado por el actual propietario a quien se demanda, sino también por los anteriores o posteriores a este, o por aquellos con quienes pueda presentarse un conflicto respecto a la titularidad del dominio o posesión, pues por pacificidad deberá comprenderse la ausencia de oposición por quien entiende le asiste algún derecho (…)» (sic). Leer más
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