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No prescriben | Obligaciones de saneamiento inmobiliario son permanentes

Indecopi | Protección al consumidor. En su denuncia, el consumidor alegó que, en el contrato de compraventa de bienes futuros y otorgamiento de préstamo con garantía hipotecaria, se estableció que el departamento 902 del proyecto inmobiliario (…), que adquirió de la inmobiliaria, sería entregado en diciembre del 2016; sin embargo, la denunciada no cumplió con entregar el bien inmueble en el plazo pactado. Sin embargo, la comisión declaró improcedente, por prescripción, la denuncia interpuesta contra la inmobiliaria, pues consideró que el consumidor tenía la posibilidad de acudir a la autoridad administrativa hasta el 5 de mayo del 2019 para cuestionar el hecho referido a la falta de entrega de su departamento; sin embargo, presentó su denuncia el 5 de julio del 2019. A juicio de la Sala del Indecopi, en efecto, «la presunta infracción cometida por la inmobiliaria se configuró el 5 de mayo de 2017 (infracción instantánea), por lo cual el denunciante tenía la posibilidad de acudir a la autoridad administrativa hasta el 5 de mayo de 2019; sin embargo, el consumidor presentó su denuncia el 5 de julio de 2019, esto es, fuera del plazo legal establecido (2 años)» (sic). Sin embargo, sobre la entrega del título registral en el plazo ofrecido, la sala entiende que «la doctrina autorizada define que es infracción permanente aquella ‘en donde el administrado se mantiene en una situación infractora, cuyo mantenimiento le es imputable. (…) no son los efectos jurídicos de la conducta infractora los que persisten, sino la conducta misma (…). En ese sentido, conviene traer a colación que las infracciones permanentes se caracterizan porque determinan la creación de una situación antijurídica que se prolonga durante un tiempo por voluntad de su autor. Leer más

Colombia prohíbe exportaciones de carbón a Israel

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Derecho Comparado | Colombia. El Gobierno Nacional de Colombia, a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, emitió el Decreto 1047, imponiendo una prohibición a las exportaciones de carbón hacia Israel. Esta medida surge como respuesta a la crisis humanitaria en Palestina, que se agravó tras las operaciones militares israelíes iniciadas el 7 de octubre del 2023. La decisión refleja la postura del Gobierno colombiano ante los sucesos en Gaza. Leer más

Nuevos criterios para calificar, declarar y extinguir la deuda tributaria de cobranza dudosa y de recuperación onerosa en Magdalena del Mar

A propuesta de la Subgerencia de Recaudación Tributaria, la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (MDMM) modifica la Ordenanza N.° 205-2023-MDMM a fin de dotarla de un alcance mayor para las deudas tributarias que no tengan valor tributario asignado; así como, para aquellas respecto de las cuales ha transcurrido el correspondiente plazo de prescripción y, por ende, no se pueda ejercer acciones de cobranza coactiva. En concreto, esta ordenanza modifica los artículos cuarto (Glosario de términos), quinto (Condiciones para declarar una deuda tributaria como cobranza dudosa), sexto (Condiciones para declarar una deuda tributaria como de recuperación onerosa) y el numeral 7.1 del artículo séptimo (Procedimiento) de la Ordenanza N.° 205-2023-MDMM. [MDMM, Ord. 230-2024-MDMM, 25/08/2024] Leer más

El procedimiento para expedir Certificado de Jurisdicción, Certificado de Nomenclatura Vial y Certificado Negativo Catastral en Magdalena del Mar

El objeto de esta nueva ordenanza de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (MDMM) es regular el procedimiento para la atención de solicitudes de Certificado de Jurisdicción, Certificado de Nomenclatura Vial y Certificado Negativo Catastral. La Subgerencia de Desarrollo Territorial de la municipalidad es la unidad orgánica competente para la atención y evaluación de las respectivas solicitudes y de la emisión de los respectivos certificados. El artículo quinto de la ordenanza precisa que, para obtener el Certificado de Jurisdicción, el administrado deberá presentar, en recepción documentaria, los siguientes documentos: Leer más

El plazo de adecuación de los instrumentos de gestión que realice el contratista de hidrocarburos corre desde la fecha efectiva establecida en cada contrato

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Comentarios en quince días | Vivienda modificará la Norma Técnica GH.020 Componentes de Diseño Urbano del Reglamento Nacional de Edificaciones

Se dispuso la publicación del proyecto de resolución ministerial que modifica la Norma Técnica GH.020 Componentes de Diseño Urbano del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobada por el Decreto Supremo N.° 011-2006-Vivienda, modificada por el Decreto Supremo N.° 006-2011-Vivienda y del texto de la propuesta de modificación de la citada norma técnica, en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda). Con esto, se dispone un plazo de quince días hábiles a fin de recibir los comentarios, aportes o sugerencias de las personas interesadas en el enlace: «Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la modificación de la Norma Técnica GH.020, Componentes de Diseño Urbano del RNE», ubicado en la sede digital ministerial. La Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo estará a cargo de la consolidación, evaluación e inclusión, de ser el caso, de los comentarios, aportes o sugerencias que se presenten. [MVCS, R. M. 285-2024-Vivienda, 23/08/2024] Leer más

Todos los registros | Así se realizará la presentación electrónica, trámite e inscripción del parte judicial con firma digital

La Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp) aprobó la Directiva N.° DI-001-2024-Sunarp-DTR, Directiva que regula la presentación electrónica, trámite e inscripción del título conformado por el parte judicial con firma digital. La decisión deroga expresamente la Resolución N.° 240-2019-Sunarp-SN, del 18 de noviembre del 2019, que aprobó la Directiva N.° DI-03-SNR-DTR, denominada «Directiva que regula la presentación, trámite e inscripción del título conformado por el parte judicial con firma digital sobre medidas cautelares». Sobre esta norma se tiene que la presentación electrónica de medidas cautelares en el Registro de Predios no solo ha constituido una actuación eficiente y eficaz en la lucha contra la falsificación documentaria, también ha significado una medida de simplificación importante en las actuaciones internas propias de ambas instituciones que impactan considerablemente en la optimización de los plazos del procedimiento de inscripción en beneficio del administrado; por eso, la Sunarp decidió ampliar sus alcances para todos los registros jurídicos, respecto de todos los actos inscribibles contenidos en el parte judicial emitido con firma digital, conforme con las disposiciones legales vigentes sobre la materia. Leer más

Viene la modificación de la sección segunda | Cambios al ROF de la Sunarp para fortalecer la gestión institucional

Con la finalidad de modificar su organización y estructura orgánica, así como las funciones de las unidades de organización del primer y segundo nivel en el marco de las normas sustantivas vigentes, y para fortalecer la gestión institucional de la entidad y el cumplimiento de sus funciones en el ámbito de sus competencias; se modifica la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), aprobada por Decreto Supremo N.° 018-2021-JUS, que consta de tres (03) títulos y cuarenta y dos (42) artículos. La modificación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp se aprobará mediante resolución en un plazo máximo de quince (15) días hábiles contados a partir de hoy día. [Minjusdh, D. S. 008-2024-JUS, 23/08/2024] Leer más

Un decreto legislativo modifica la definición del hidrógeno verde

Se modificó el artículo 2° de la Ley N.° 31992, Ley de fomento del hidrógeno verde, con el objeto de señalar que, para efectos de la presente ley, «el hidrógeno verde es aquel obtenido del agua mediante procesos que utilizan como fuente de energía a los recursos energéticos renovables». [PE, D. Leg. 1629, 22/08/2024] Leer más

La red de ductos para dar un nuevo impulso y ampliar la masificación del gas natural

Con la dación de este decreto legislativo se modifica la Ley N.° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, con la finalidad de ampliar el alcance de los proyectos de masificación del gas natural que impulsa el Estado peruano; además, se prioriza a los departamentos que no son parte de una concesión de distribución de gas natural por red de ductos para que puedan contar con acceso al gas natural. El decreto también dicta otras disposiciones para la transferencia de recursos al Fondo de Inclusión Social Energético (FISE) y dispone que, en un plazo no mayor de 45 días calendario, contado desde mañana, se cumpla con modificar el Reglamento de la Ley N.° 29852, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 021-2012-EM, para implementar las disposiciones reglamentarias y efectivizar la aplicación de lo previsto. [PE, D. Leg. 1628, 22/08/2024] Leer más