Un decreto legislativo modifica la definición del hidrógeno verde
Se modificó el artículo 2° de la Ley N.° 31992, Ley de fomento del hidrógeno verde, con el objeto de señalar que, para efectos de la presente ley, «el hidrógeno verde es aquel obtenido del agua mediante procesos que utilizan como fuente de energía a los recursos energéticos renovables». [PE, D. Leg. 1629, 22/08/2024]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Decreto legislativo que modifica el artículo 2° de la Ley N.° 31992, Ley de fomento del hidrógeno verde, para promover el desarrollo del hidrógeno verde
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 18086.
Entidad: Poder Ejecutivo.
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica el artículo 2° de la Ley N.° 31992, Ley de fomento del hidrógeno verde.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 23 de agosto del 2024.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ley N.° 31992, Ley de fomento del hidrógeno verde.
Información relacionada:
+ Se oficializa la ley que fomenta el uso del hidrógeno como combustible y vector energético. [PL, Ley 31992, 23/03/2024]
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