Comunas no pueden cobrar por «prescripción de infracciones» si no cumplen con establecer el costo en una disposición sustantiva
Es barrera burocrática ilegal el cobro ascendente a S/ 23.50 (veintitrés con 50/100 soles) por el derecho de trámite para el procedimiento administrativo denominado «prescripción de infracciones», materializado en el procedimiento con código PA8720D8C6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Cusco (MPC), aprobado mediante la Ordenanza Municipal N.° 023-2021-MPC. Y esto porque, según resolvió el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi), contraviene lo dispuesto en el artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444. Si bien las municipalidades son competentes para establecer cobros para el trámite de procedimientos administrativos, deben tener en cuenta que se pueden imponer siempre que el procedimiento administrativo haya sido aprobado en atención a las reglas que establece el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, donde tiene especial relevancia aquella que el procedimiento administrativo debe establecerse en una disposición sustantiva. [Indecopi, R. 0520-2024-SEL-Indecopi, 17/08/2024]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Declaran barrera burocrática ilegal el procedimiento administrativo con código PA8720D8C6 del TUPA de la Municipalidad Provincial de Cusco, aprobado mediante Ordenanza N.° 023-2021-MPC
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 18077.
Entidad: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 17 de agosto del 2024.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ordenanza Municipal N.° 023-2021-MPC, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Cusco.
Información relacionada:
+ Ninguna municipalidad puede cobrar o imponer un procedimiento para el cambio de denominación o nombre comercial de persona jurídica. [Indecopi, R. 0414-2023-SEL-Indecopi, 18/10/2023]
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