Cambios a la ley de la carrera administrativa para fijar nuevos rangos para la licencia sin goce de haber, el periodo de cese y el cálculo de la CTS
Luego son causas justificadas para el cese definitivo de un servidor el límite de edad de setenta años; sin embargo, puede continuar en su puesto hasta el 31 de diciembre del año en que cumple dicha edad. Además, son beneficios de los funcionarios y servidores públicos la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), que se otorga al momento del cese por el importe del cien por ciento (100 %) de su remuneración total o íntegra por cada año completo o fracción mayor de seis meses contados desde su ingreso hasta su fecha de cese. En caso de cese y posterior reingreso, la cantidad pagada surte efecto cancelatorio del tiempo de servicios anterior.
Para los que cesen a partir del año 2022, en el cálculo de la CTS, la remuneración principal equivale al 100 % del promedio mensual del monto resultante del importe del Monto Único Consolidado (MUC) más el 100 % de la Escala Base del Incentivo Único – CAFAE, establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), y pagado en cada mes durante los últimos 36 meses de servicios efectivamente prestados.
En el caso de la remuneración total o íntegra del personal de los gobiernos locales, referidas en el párrafo primero de este literal, solo se consideran todos los conceptos que perciban permanentemente hasta el mes de su cese. (PL, Ley 32199, 17/12/2024)
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