Sean o no urbanos | Santa Rosa ordena limpiar y cercar terrenos sin construcción, con construcción paralizada o en abandono
Con la oficialización de esta ordenanza, se establece la obligatoriedad de limpiar y cercar las propiedades en situación de terrenos sin construcción o con construcción paralizada o en estado de abandono, tengan o no la condición de urbanos, en el ámbito del distrito de Santa Rosa. Según dispone la norma municipal, los propietarios comprendidos en la presente disposición inicialmente limpiarán y eliminarán los excedentes sobre el suelo original del terreno, si fuera el caso, luego cercar el o los linderos abiertos hacia la vía pública con una altura de 2,50 mt, sin vanos de ingreso y tampoco uso o actividad comercial alguna. Antes deberán solicitar la licencia de edificación respectiva, de acuerdo con lo establecido en la Ley N.° 29090 y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.° 029-2019-Vivienda. El artículo sexto de esta ordenanza fija un plazo máximo de sesenta (60) días calendario contabilizados a partir de hoy, 9 de enero del 2025, para que los propietarios realicen las labores de limpieza y/o cercado.
Una vez vencido este plazo e incumplido el mandato, la Sub Gerencia de Fiscalización y Control notificará al titular concediendo un plazo improrrogable de cinco días hábiles para subsanar la infracción, bajo apercibimiento de aplicarle las sanciones previstas en el Cuadro de Infracciones y de Multas vigente, según corresponda a cada caso. Vencido dicho plazo, se emitirá la correspondiente notificación de cargo que dispone la infracción incurrida y se seguirá con todo el procedimiento hasta la emisión de la resolución de medida provisoria, ordenando la ejecución de la limpieza, cercado y/o tapiado del predio, trabajo que podrá ser subsidiado a costa del obligado, a quien serán cargados los correspondientes gastos, que serán liquidados con base en el valor comercial correspondiente al periodo de ejecución. Una vez emitida la resolución de medida provisoria, independientemente de quién la ejecute, no se podrá solicitar ningún beneficio que el reconocimiento de la infracción podría generar. La norma agrega nuevos supuestos de infracción al Cuadro de Infracciones de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, aprobado mediante Ordenanza N.° 496-2019-MDSR. [MDSR, Ord. 583-2024-MDSR, 9/01/2025]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Ordenanza que dispone la obligatoriedad de limpiar y cercar terrenos con construcción paralizada o en situación de abandono en el ámbito del distrito de Santa Rosa
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XLII, N.° 18343.
Entidad: Municipalidad Distrital de Santa Rosa (MDSR).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: incorpora nuevos supuestos de infracción al Cuadro de Infracciones de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, aprobado mediante Ordenanza N.° 496-2019-MDSR.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 10 de enero del 2025.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ordenanza N.° 496-2019-MDSR, que aprueba el Cuadro de Infracciones de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa.
* Decreto Supremo N.° 011-2017-Vivienda, que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación.
* Decreto Supremo N.° 006-2017-Vivienda, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 29090.
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