Mejorar la seguridad y el ornato | La Molina regula el cerramiento o delimitación de terrenos rústicos inhabitados
La Municipalidad Distrital de La Molina (MDLM) dictó esta ordenanza para regular la instalación de cerramientos o delimitaciones en terrenos rústicos inhabitados, sin puertas, ni accesos, para preservar su seguridad y ornato; así como, el medio ambiente. La norma municipal, que se aplicará a toda persona natural o jurídica propietaria de un terreno rústico inhabitado o a terceros que brinden el servicio en el distrito, señala que los cerramientos o delimitaciones que se instalen tendrán una altura máxima de 1,50 ml., cuando se utilice cerco vivo (especies arbustivas) y de 2,10 ml., cuando se utilice materiales (alambre de púas o malla raschel). Los cerramientos o delimitaciones perimetrales se instalarán utilizando cercos vivos (especies arbustivas) y/o con materiales como alambre de púas o malla raschel, conforme se detalla en el Anexo 2, que forma parte integrante de la presente ordenanza.
En el caso de los cercos vivos, se podrán realizar solo las instalaciones necesarias para el riego de las plantas que los conforman; para ello, el propietario presentará la correspondiente memoria descriptiva que las detalle. La instalación del cerramiento o delimitación no genera ni irroga derecho de posesión, ni de propiedad, para habilitar, edificar u otro que no corresponda al objeto de la presente norma. En caso se constate la presentación de documentos falsos, la municipalidad iniciará las acciones legales que correspondan y ordenará la paralización de la instalación y/o el retiro del cerramiento o delimitación perimetral sin perjuicio de aplicar las sanciones administrativas que correspondan. De presentar alguna persona oposición a la instalación del cerramiento o delimitación acreditando o probando documentadamente la propiedad del terreno, la municipalidad, de ser el caso, ordenará la paralización de la instalación y/o su retiro y, de ser el caso, las acciones legales que correspondan. Por tratarse de cerramientos o delimitaciones de predios rústicos, no se pueden ejecutar obras, instalaciones ni edificaciones; y en este sentido, no se autorizarán. La ordenanza también aprueba el Formato Solicitud Declaración Jurada y dispone que la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial, a través de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa y demás unidades de organización competentes, acorde con sus funciones, den cumplimiento a la presente norma. [MDLM, Ord. 457-MDLM, 7/11/2024]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Ordenanza que regula la instalación de cerramiento o delimitación en terrenos rústicos inhabitados
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 18227.
Entidad: Municipalidad Distrital de La Molina (MDLM).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente a partir del 8 de noviembre del 2024.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
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