Los parámetros se respetan | Miraflores inicia la fiscalización posterior de todos los informes técnicos favorables emitidos por los revisores urbanos
Todo proyecto y/o anteproyecto de habilitación urbana en el distrito de Miraflores debe respetar los parámetros urbanísticos y edificatorios establecidos en la Ordenanza N.° 920, que aprueba el reajuste integral de la zonificación de los usos del suelo del distrito de Miraflores conformante del Área de Tratamiento Normativo III, emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, y la Ordenanza N.° 342-MM, que aprueba los parámetros urbanísticos y edificatorios y las condiciones generales de edificación en el distrito de Miraflores y modificatorias, en estricto cumplimiento de la delegación dispuesta por el artículo 7° y disposiciones transitorias de la mencionada ordenanza metropolitana, salvo en el caso de las áreas localizadas para Zonas Especiales de Interés Social (ZEIS) que tienen un tratamiento especial.
Así lo establece esta nueva ordenanza municipal dictada por la municipalidad miraflorina que, además, dispone que, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 34 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS, la Subgerencia de Licencias de Edificaciones Privadas desarrolle la fiscalización posterior del 100 % de los informes técnicos favorables emitidos por los revisores urbanos y que han sido presentados ante la entidad. Si durante este proceso se determina la existencia de observaciones o la falta de cumplimiento de la normatividad municipal y/o nacional aplicable, se solicitará de inmediato al Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento (MVCS) la nulidad de oficio del informe técnico favorable analizado y, en forma paralela, se emitirá el acto administrativo correspondiente que suspenda la efectividad y ejecutoriedad de la licencia hasta que el ministerio se pronuncie mediante resolución firme respecto del pedido de nulidad. [MM, Ord. 610-MM, 11/07/2023]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Ordenanza que dispone medidas complementarias para la evaluación de expedientes de obras privadas con informe técnico favorable emitido por revisores urbanos
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17348.
Entidad: Municipalidad Distrital de Miraflores (MM).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 12 de julio del 2023.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ordenanza N.° 342-MM, que aprueba los parámetros urbanísticos y edificatorios y las condiciones generales de edificación en el distrito de Miraflores y modificatorias.
* Ordenanza N.° 920, que aprueba el reajuste integral de la zonificación de los usos del suelo del distrito de Miraflores conformante del Área de Tratamiento Normativo III.
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