Construir en sitio propio | Novecientos millones de soles para ejecutar el Bono Familiar Habitacional

El Gobierno autorizó la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) – Administración General, hasta por la suma de S/ 900 000 000,00 (novecientos millones y 00/100 soles), a favor del Fondo Mivivienda S. A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de construcción de viviendas en sitio propio. Según la propia norma, los recursos de la transferencia financiera autorizada, bajo responsabilidad, no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos, conforme con lo dispuesto en el numeral 13.3 del artículo 13 de la Ley N.° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, y el Convenio N.° 003-2025-Vivienda. Será la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del MVCS la unidad responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, de las metas físicas y de las financieras. [MVCS, R. M. 015-2025-Vivienda, 17/01/2025]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Autorizan transferencia financiera a favor del Fondo Mivivienda S.A. destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de construcción de viviendas en sitio propio

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XLII – N.° 18359.

Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 18 de enero del 2025.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

* Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.

* Ley N.° 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional y que dicta medidas complementarias para el acceso a la vivienda de la población vulnerable.

Información relacionada:

+ 2023: dos primeras transferencias al Fondo Mivivienda para ejecutar el Bono del Buen Pagador y el Bono Familiar Habitacional. [MVCS, R. M. 032-2023-Vivienda, R. M. 033-2023-Vivienda, 25/01/2023]

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