Consecuencias del TC | Miraflores saca a consulta pública su proyecto que modificará la ordenanza sobre medidas complementarias para evaluar expedientes de obras
El 9 de enero del 2024, el Defensor del Pueblo interpuso una demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 2°, 3° y 4° de la Ordenanza Municipal N.° 610-MM, Ordenanza que dispone medidas complementarias para la evaluación de expedientes de obras privadas con informe técnico favorable emitido por revisores urbanos, publicada el 11 de julio del 2023 en el Diario Oficial «El Peruano». En este documento alega la vulneración del principio de seguridad jurídica (artículos 2.24 y 139.2 de la Constitución Política del Perú).
La demanda fue declarada fundada en parte a través de la Sentencia N.° 16-2025 recaída en el Expediente N.° 00001-2024-PI-TC, [Ver Información relacionada] que fue debidamente notificada a la Municipalidad Distrital de Miraflores el 22 de enero del 2025. Ahora, con su Informe N.° 52-2025-SGLEP-GDU-MM, del 23 de enero del 2025, la Subgerencia de Licencias de Edificaciones Privadas de la comuna miraflorina, en razón al marco normativo aplicable y a lo analizado y lo resuelto en el fallo del Tribunal Constitucional, sustenta la necesidad de modificar los artículos tercero y cuarto de la Ordenanza N.° 610-MM, proponiendo para ello establecer la responsabilidad exclusiva del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) de administrar y resolver sobre el sistema que creó y reglamentó la actuación de los revisores urbanos y la obligación de dicho ministerio de atender y resolver dentro de los plazos administrativos establecidos legalmente sobre nulidades, silencio positivo, entre otros, sin consideraciones ni limitaciones. En ese sentido, la municipalidad dispone la publicación del proyecto normativo que «Modifica la Ordenanza N.° 610-MM, Ordenanza que dispone medidas complementarias para la evaluación de expedientes de obras privadas con informe técnico favorable emitido por revisores urbanos en el distrito de Miraflores», por el lapso de siete (07) días calendario, contados a partir del día 30 de enero del 2025. La Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional es la dependencia encargada de publicar el texto completo de este proyecto normativo en la sede digital de la municipalidad miraflorina (www.miraflores.gob.pe), a fin de recoger sus opiniones, comentarios y sugerencias. [MDM, R. de Alc. 019-2025-A-MM, 29/01/2025]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Disponen la publicación del proyecto normativo que «Modifica la Ordenanza N.° 610-MM, Ordenanza que dispone medidas complementarias para la evaluación de expedientes de obras privadas con informe técnico favorable emitido por revisores urbanos en el distrito de Miraflores»
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XLII – N.° 18381.
Entidad: Municipalidad Distrital de Miraflores (MM).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 30 de enero del 2025.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
* Ordenanza N.° 610-MM, Ordenanza que dispone medidas complementarias para la evaluación de expedientes de obras privadas con informe técnico favorable emitido por revisores urbanos en el distrito de Miraflores.
* Sentencia N.° 16-2025 recaída en el Expediente N.° 00001-2024-PI-TC.
Información relacionada:
+ Miraflores somete a consulta pública la derogación de la ordenanza que establece como únicas zonas especiales de interés social. [MDM, R. de Alc. 015-2025-A-MM, 28/01/2025]
+ El TC declara parcialmente inconstitucional la ordenanza de Miraflores sobre la suspensión del inicio de obras en tanto el MVCS emita un pronunciamiento sobre la nulidad del informe técnico. [TC, Sent. del Pleno – Exp. 00001-2024-PI-TC, 3/12/2024]
+ Miraflores precisa: todo proyecto de habilitación urbana y de edificación tendrá que respetar los parámetros urbanísticos. [MM, Fe de Erratas – Ord. 610-MM, 13/07/2023]
+ Los parámetros se respetan | Miraflores inicia la fiscalización posterior de todos los informes técnicos favorables emitidos por los revisores urbanos. [MM, Ord. 610-MM, 11/07/2023]
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!