Chatarreo y reciclaje | Luego de treinta días hábiles los vehículos internados en los depósitos municipales de Magdalena serán declarados en abandono
La Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar modifica el artículo 63 (Procedimiento de disposición final de bienes en custodia de la administración municipal) de la Ordenanza N.° 018-2016-MDMM, que aprueba el Régimen de Fiscalización y Aplicación de Sanciones Administrativas, para señalar expresamente lo siguiente: «Vencido el plazo de treinta (30) días hábiles en que los bienes se encuentren bajo custodia municipal, la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones procederá a declarar su abandono, debiendo de informar a los órganos respectivos a fin de dar inicio al procedimiento de entrega de los mismos a asociaciones de recicladores formalizados que participan en el programa Magdalena Recicla, así como otras asociaciones, entidades o instituciones sin fines de lucro que presten apoyo social, categoría que incluye a los programas municipales destinados al mejoramiento de las condiciones de vida en los sectores más necesitados.
En el caso de los vehículos automotores de dos (2) o más ruedas que se encuentren internados en el depósito municipal, una vez vencido el plazo señalado en el párrafo precedente, la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones dará inicio al procedimiento para declarar el abandono del mismo y el chatarreo obligatorio, observando cabalmente para ello las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo N.° 016-2021-MTC, así como el Decreto Supremo N.° 019-2020″. [MDMM, Ord. 240-2024-MDMM, 25/09/2024]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Ordenanza que modifica el artículo 63 de la Ordenanza N.° 018-2016-MDMM, que aprueba el Régimen de Fiscalización y Aplicación de Sanciones Administrativas
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 18147.
Entidad: Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (MDMM).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica el artículo 63 de la Ordenanza N.° 018-2016-MDMM, que aprueba el Régimen de Fiscalización y Aplicación de Sanciones Administrativas.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: vigencia a partir del 26 de setiembre del 2024.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ordenanza N.° 018-2016-MDMM, que aprueba el Régimen de Fiscalización y Aplicación de Sanciones Administrativas.
* Decreto Supremo N.° 016-2009-MTC, que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito.
Información relacionada: ninguna.
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