Carabayllo otorga beneficios tributarios a quienes rectifiquen la inscripción de sus predios

Con esta ordenanza, la comuna de Carabayllo pretende actualizar la base tributaria en el distrito y otorgar beneficios tributarios a quienes presenten voluntariamente la declaración jurada de inscripción o rectificación de sus predios siempre que se haya generado un aumento del valor de su base imponible, sin requerimiento previo de fiscalización tributaria; así como, también, a las generadas a causa de un proceso de fiscalización. Además, dispone otorgar beneficios de condonación de intereses, descuentos en multas tributarias y deudas tributarias. La ordenanza, que regirá hasta el 31 de diciembre del 2025, tiene como finalidad sincerar y actualizar la base de datos del Registro de Contribuyentes y Predios del Distrito de Carabayllo, para ampliar la base tributaria e incentivar la cultura tributaria en los vecinos de este distrito.

La norma señala que podrán acogerse a los beneficios previstos las personas naturales o jurídicas que cumplan con lo siguiente:

«1. Se encuentren en condición de omisos y de forma voluntaria presenten su declaración jurada de inscripción de su predio.

2. No hayan declarado oportunamente sus construcciones, modificaciones, edificaciones, otras instalaciones fijas o permanentes, áreas o algún otro dato necesario para la determinación del Impuesto Predial o variaciones en lo criterios de distribución de los arbitrios municipales tales como el cambio de uso, modificación del área construida o área del terreno u otro que tenga consecuencia directa con su determinación.

3. Están comprendidos también aquellos deudores tributarios que se encuentren en proceso de fiscalización, respecto al Impuesto Predial o arbitrios municipales, siempre que cumplan con los requisitos y alcances de la presente ordenanza.

El acogimiento al presente beneficio implica el reconocimiento de las obligaciones tributarias (Impuesto Predial o arbitrios municipales) generadas a través de la presentación voluntaria de la declaración jurada o del proceso de fiscalización tributaria, regulado por la presente ordenanza» (sic). [MDC, Ord. 520-MDC, 8/10/2025]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Disponen publicación del proyecto de Decreto supremo que modifica el Reglamento de los títulos II y III de la Ley N.° 28687, Ley de desarrollo y complementaria de formalización de la propiedad informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos, aprobado por el Decreto Supremo N.° 017-2006-Vivienda, y de su Exposición de Motivos

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XLII, N.° 18864.

Entidad: Municipalidad Distrital de Carabayllo (MDC).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: en vigencia desde el 9 de octubre hasta el 31 de diciembre del 2025.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

* Decreto Supremo N.° 133-2013-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado del Código de Tributario.

* Decreto Legislativo N.° 776, que aprueba la Ley de Tributación Municipal.

Información relacionada:

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