Las malas prácticas | El Congreso modifica [perfecciona] el delito de abuso del poder económico

La modificación del artículo 232 del Código Penal, Decreto Legislativo N.° 635, se da en los siguientes términos:

«Artículo 232.- Abuso del poder económico. El que participa en acuerdo o práctica anticompetitiva sujeto a una prohibición absoluta establecida en el Decreto Legislativo 1034, Decreto legislativo que aprueba la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas, o norma que lo sustituya, con el objeto de impedir, restringir o distorsionar la libre competencia, será reprimido con una pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de seis años, con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa e inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 2 y 4″ (sic).La ley también modifica el artículo 36 del Decreto Legislativo N.° 1034, Decreto legislativo que aprueba la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas, para señalar que el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) y el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) en el plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la emisión de la resolución firme sobre la existencia de un acuerdo o práctica anticompetitiva sujeto a una prohibición absoluta establecida en el Decreto Legislativo N.° 1034, Decreto legislativo que aprueba la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas, o norma que lo sustituya, pondrá en conocimiento del Ministerio Público (MP), bajo responsabilidad institucional, dicha resolución así como la calidad de la identidad del delator. [PL, Ley 31775, 7/06/2023]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ley que modifica el Código Penal Decreto Legislativo 635 a fin de precisar el tipo penal del delito de abuso del poder económico y el Decreto Legislativo 1034 Decreto legislativo que aprueba la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas para combatir los cárteles y fomentar la libre competencia

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17288.

Entidad: Congreso de la República (PL).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica el Código Penal, aprobado por el Decreto Legislativo N.° 635, y el Decreto Legislativo N.° 1034, Decreto legislativo que aprueba la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: desde el 8 de junio del 2023.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Legislativo N.° 635, que aprueba el Código Penal.

* Decreto Legislativo N.° 1034, Decreto legislativo que aprueba la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas.

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