Edición Extraordinaria: Sunat amplía su facultad discrecional para sancionar infracciones relacionadas a libros y registros tributarios llevados electrónicamente

La Resolución de Superintendencia N.° 000258-2023-Sunat modificó la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000039-2023-Sunat-700000 para postergar del período enero de 2024 al período abril de 2024 la oportunidad a partir de la cual determinados sujetos están obligados a llevar los registros en el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE).

Ahora, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) amplía hasta el periodo marzo del 2024 la aplicación de su facultad discrecional para que, sobre los periodos enero, febrero y marzo del 2024, también ejecute acciones inductivas para promover la adecuada implementación del SIRE y cumplir con uno de sus principios institucionales, prestar servicios de calidad que comprendan y satisfagan las necesidades de los contribuyentes. [Sunat, R. 000005-2024-Sunat-700000, 13/02/2024]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Amplían la aplicación de la facultad discrecional en la administración de sanciones por infracciones relacionadas a libros y registros vinculados a asuntos tributarios llevados de manera electrónica dispuesta en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000039-2023-Sunat-700000.

Edición extraordinaria de la Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17743.

Entidad: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 14 de febrero del 2024.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000039-2023-Sunat-700000, que aplica la facultad discrecional en la administración de sanciones por infracciones relacionadas a libros y registros vinculados a asuntos tributarios llevados de manera electrónica.

* Resolución de Superintendencia N.° 000258-2023-Sunat que modificó la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000039-2023-Sunat-700000.

Información relacionada:

+ La obligación de almacenar, archivar y conservar libros y registros contables de las empresas extinguidas por prolongada inactividad es de hasta cinco años. [PE, D. Leg. 1536, 24/03/2022]

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