El servicio de «outplacement» será deducible si forma parte de los beneficios contenidos en el convenio de extinción del vínculo laboral

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Los nuevos proyectos inmobiliarios no califican como gastos preoperativos por expansión de actividades

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Tribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. Este es el caso, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributar (Sunat) reparó los gastos financieros y de ventas realizados por una empresa inmobiliaria vinculados con la ejecución de proyectos cuya construcción aún no había terminado, al considerarlos como «gastos preoperativos por expansión de actividades». Sobre este tipo de gastos, de acuerdo con el inciso g) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta y las RTF N.° 07488-3-2018, 05917-3-2019, los gastos preoperativos vinculados con la expansión de actividades son aquellos incurridos por las empresas en funcionamiento (empresa en marcha) que están orientados al planeamiento, implementación, desarrollo y/o ejecución de actividades y/o emprendimientos económicos nuevos, diferentes, de distinta naturaleza y características, o incurridos para la explotación de una nueva unidad de producción distinta a las ya existentes, con el objeto de lograr una nueva línea de negocio, producto o servicio. El Tribunal Fiscal (TF) levanta el reparo, pues no resulta correcto afirmar que los gastos materia de reparo corresponden a gastos preoperativos por expansión de actividades bajo el argumento de que los proyectos se encontraban en construcción, puesto que su desarrollo no comprende el desarrollo de una actividad nueva, diferente o de distinta naturaleza y características a la ya existente realizada por la recurrente, que realiza la misma actividad desde hace varios años atrás. (V. P. Queuña Díaz) [TF, RTF 04737-9-2021, 3/06/2021] Leer más

Última Multas Cero 2022, el programa de beneficios para terminar sin deudas en Surquillo

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Esta ordenanza de la Municipalidad Distrital de Surquillo (MDS) concede beneficios extraordinarios para la cancelación de multas administrativas (resoluciones de sanción) generadas hasta el 3 de diciembre del 2022. El programa se denomina # Última Multas Cero 2022 y dispone la condonación parcial de las multas de acuerdo con la siguiente escala:

– Condonación del 90 % del importe de las multas administrativas (resoluciones de sanción) generadas en los ejercicios anteriores al ejercicio 2020, incluyendo el ejercicio 2020.

– Condonación del 80 % del importe de las multas administrativas (resoluciones de sanción) generadas durante el ejercicio 2021 y el ejercicio 2022 solo hasta el mes de octubre del 2022.

El acogimiento al beneficio solo surtirá efecto con la condición del pago al contado durante la vigencia de la norma; es decir, hasta el 29 de diciembre del 2022. [MDS, Ord. 522-MDS, 2/12/2022] Leer más

Redes

La Sunat utilizará las tecnologías de la información para agilizar las sanciones de internamiento temporal de vehículos y de comiso de bienes

El artículo 182 del Código Tributario, reglamentado por la Resolución de Superintendencia N.º 158-2004/Sunat, y el artículo 184 de dicho código, reglamentado por la Resolución de Superintendencia N.º 157-2004/Sunat, establecen los procedimientos para la aplicación de las sanciones de internamiento temporal de vehículos y de comiso de bienes, respectivamente, que se inician con el levantamiento de un acta probatoria, excepcionalmente complementada con el acta de inventario físico, en el caso del comiso, y en ellos se realiza la acreditación de la propiedad o posesión del bien comisado o vehículo internado, emitiéndose las resoluciones respectivas. Luego, mediante Resolución de Superintendencia N.º 084-2016/Sunat, se aprobó el Sistema Integrado del Expediente Virtual (SIEV) que, actualmente, permite el llevado de distintos expedientes electrónicos (EE). Leer más

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El SAT aprueba la tabla de valores unitarios de obras complementarias e instalaciones fijas y permanentes para el 2023

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Sobre el Impuesto Predial, el artículo 11 del Decreto Legislativo N.° 776, Ley de Tributación Municipal, establece que las instalaciones fijas y permanentes serán valorizadas por el contribuyente de acuerdo con la metodología aprobada por el Reglamento Nacional de Tasaciones, considerando una depreciación de acuerdo con su antigüedad y estado de conservación; indica, también, que dicha valorización está sujeta a fiscalización posterior por parte de la municipalidad respectiva. Para estos fines, hoy el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de Lima publicó la «Tabla de valores unitarios de obras complementarias e instalaciones fijas y permanentes para el ejercicio 2023» que, como Anexo N.° 1, forma parte de la presente resolución y se publica en el portal de transparencia de la entidad: www.sat.gob.pe. [SAT, R. J. 001-004-00004952, 30/11/2022] Leer más

La Sunat regula el servicio «Pagos sin Clave SOL» y habilita la generación de diversos Formularios – Boleta de Pago a través de este canal

El domingo la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) oficializó la resolución que aprueba el servicio «Pagos sin Clave SOL», disponible en Sunat Virtual, que permitirá efectuar el pago de lo siguiente:

(1) Obligaciones tributarias correspondientes a contribuyentes obligados a cumplirlas utilizando su documento de identidad: Impuesto a la Renta (Rentas de fuente peruana de sujetos no domiciliados), las contribuciones al ESSALUD o a la ONP y las multas asociadas a dichos tributos, el monto que resulte de la diferencia entre la regularización de aportes a la ONP y la devolución al Sistema Nacional de Pensiones de aportes obligatorios al Sistema Privado de Pensiones a que se refiere el numeral 2.2.2 del artículo 2° de la Resolución N.º 105-2001/Sunat y la devolución del saldo excedente a que se refiere el literal m) del párrafo 1.1 del artículo 1° de la Resolución N.º 121-2018/Sunat. Leer más

Última gran amnistía tributaria y no tributaria en San Martín de Porres

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La Municipalidad Distrital de San Martín de Porres (MDSMP) quiere reducir el índice de morosidad de las deudas, por eso publicó ayer, en la Edición Extraordinaria del Diario Oficial «El Peruano», la ordenanza que aprueba un régimen excepcional de beneficios sobre deudas tributarias y no tributarias para el pago del Impuesto Predial, arbitrios municipales, multas tributarias y administrativas en su jurisdicción. Con esta medida, la institución edil incentiva el pago de la deuda del ejercicio 2022 y deuda de años anteriores, dentro del contexto de la crisis sanitaria y económica producida por el brote del COVID-19. Así, los contribuyentes que tengan deudas por concepto del Impuesto Predial, cualquiera que sea su estado de cobranza, tendrán derecho a la condonación del 100 % de los intereses moratorios del valor tributario emitido (orden de pago y resolución de determinación) por la deuda del ejercicio 2022 Leer más

¿Sabe cuándo devengar la comisión de los vendedores inmobiliarios?

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Tribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. Sobre esta interrogante, es correcto el procedimiento que sigue la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat); es decir, asignar al período fiscalizado solo la parte de los gastos por comisiones de ventas asociados con los departamentos entregados por la empresa inmobiliaria, ya que esta forma permite vincular razonable y directamente los gastos en los que incurre la primera para la generación de los ingresos relacionados con los departamentos entregados, bajo el criterio de correlación o asociación para el reconocimiento del gasto. Este procedimiento es validado por Tribunal Fiscal (TF) que, en este caso, considerando que los ingresos por venta de departamentos se reconocen recién cuando se transfieren los riesgos y ventajas de los bienes a los compradores (entrega), corresponde que los gastos asociados a dichos ingresos, tales como las comisiones de venta que la recurrente paga a los vendedores por la venta de los departamentos, sean también reconocidos en dicho momento. (V. P. Queuña Díaz) [TF, RTF 04737-9-2021, 3/06/2021] Leer más

El MEF adapta el reglamento de la ley de renta para exigir documentos fehacientes a fin de acreditar que no existe incremento patrimonial no justificado

El Decreto Legislativo N.° 1527, que entrará en vigencia el 1 de enero del 2023, modificará el inciso a) del segundo párrafo del artículo 52 y el artículo 92 de la Ley del Impuesto a la Renta (Texto Único Ordenado aprobado por el Decreto Supremo N.° 179-2004-EF), para cambiar las disposiciones referidas al sustento para exigir documentos fehacientes y/o de fecha cierta para acreditar que no existe incremento patrimonial no justificado. Así, con la proximidad de estos cambios, los incrementos patrimoniales no podrán ser justificados con donaciones recibidas u otras liberalidades que no consten en escritura pública, documento de fecha cierta o documento que las acredite de manera fehaciente; sin embargo, para efecto de determinar el incremento patrimonial, no se considerarán los depósitos en cuentas de entidades del sistema financiero nacional o del extranjero que correspondan a operaciones entre terceros, siempre que el origen o procedencia de tales depósitos estén debidamente sustentados y la información vinculada a estos se declare a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), en la forma, plazo y condiciones, entre ellas, el monto mínimo a partir del cual se presentará dicha declaración, que se establezcan mediante resolución de Superintendencia.  Leer más

Hasta el 23 de diciembre los vecinos de La Punta podrán pagar sus deudas tributarias y no tributarias con beneficios

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La Municipalidad Distrital de La Punta (MDLP) aprueba un programa de beneficio especial para el pago de deudas tributarias y no tributarias en su jurisdicción para los administrados que registren deuda, cualquiera sea el estado de cobranza en el que se encuentre, incluyendo la deuda en cobranza coactiva, que comprende:

Deuda tributaria: constituida por los tributos, las multas y los intereses determinados por  la municipalidad, tales como Impuesto Predial, arbitrios municipales, multas tributarias, así como la contenida en los convenios de fraccionamiento sobre deuda tributaria y en resoluciones de pérdida de beneficio. Leer más