Municipalidad de Villa El Salvador fija el horario de funcionamiento de establecimientos comerciales en el distrito
Las personas naturales y jurídicas, sean públicas o privadas, que realicen actividades en establecimientos y locales comerciales en el distrito de Villa El Salvador deberán cumplir con la ordenanza que regula su horario de funcionamiento, y que aplicará para las Licencias de Funcionamiento y Certificados de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (ITSE) autorizadas. Además, los establecimientos o locales comerciales en los que se desarrollen actividades o espectáculos ruidosos tendrán que implementar medidas de aislamiento acústico necesarias para evitar molestias a los vecinos de las viviendas colindantes o próximas que pudieran verse afectadas, exigencia que está cargo de la Gerencia de Desarrollo Económico y Licencias. Todos los establecimientos comerciales que operan en la jurisdicción del distrito de Villa El Salvador se adecuarán, en un plazo de treinta días calendario, al horario señalado en la ordenanza, transcurrido el plazo antes citado, la Subgerencia de Fiscalización Administrativa procederá a verificar su cumplimiento y, de contravenirse, la imposición de las sanciones correspondientes. La norma se publica en el portal web de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe), el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.servicioalciudadano.gob.pe) y el portal del Estado peruano (www.peru.pob.pe). [MVES, Ord. 470-MVES, 11/10/2022] Leer más










