Cronograma de la DJ del IR y del ITF 2022 | El Formulario Virtual 710 también deberá ser utilizado por quienes deduzcan créditos por la distribución de dividendos o utilidades

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

Para que la Sunat cumpla de una forma más eficiente su obligación de informar anualmente al Ministerio de Economía y Finanzas de las inversiones de las personas jurídicas domiciliadas en el Perú que se efectúen en el extranjero por los cuales se distribuyen los dividendos o utilidades que son deducidos conforme con el inciso f) del artículo 88 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, identificando los países de procedencia de los dividendos y utilidades (cfr., D. Leg. 1424), es necesario que se obtengan detalles de los créditos a que se refiere el inciso f) del artículo 88 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta y, para ello, incorpora un nuevo supuesto al universo de los sujetos que deben utilizar el Formulario Virtual N.º 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF. Leer más

Cronogramas para el pago de tributos y fechas máximas de atraso de los registros de ventas e ingresos y de compras electrónicos para el año 2023 y siguientes

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

Con esta resolución, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) regula para el año 2023 y siguientes el cronograma para la declaración y pago de tributos de liquidación mensual, cuotas, pagos a cuenta mensuales y tributos retenidos o percibidos; las fechas máximas de atraso de los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras Electrónicos; el cronograma y las fechas de atraso máximo a que se refieren los incisos anteriores para los buenos contribuyentes y las Unidades Ejecutoras del Sector Público (UESP) y el cronograma para la declaración y pago del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF). En los nuevos cronogramas (anexo I y anexo II) se fija el día de vencimiento en días hábiles. [Sunat, R. 000281-2022/Sunat, 24/12/2022] Leer más

El valor de la UIT durante el 2023: cuatro mil novecientos cincuenta soles

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

De conformidad con la Norma XV del Título Preliminar del Código Tributario, cuyo Texto Único Ordenado (TUO) ha sido aprobado por el Decreto Supremo N.° 133-2013-EF, la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) es un valor de referencia que puede ser utilizado en las normas tributarias, entre otras. El valor de la UIT se determina mediante decreto supremo considerando los supuestos macroeconómicos; por lo que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) establece que su valor como índice de referencia en normas tributarias será de cuatro mil novecientos cincuenta soles (S/ 4 950) durante el año 2023. [MEF, D. S. 309-2022-EF, 24/12/2022] Leer más

En aplicación del principio de «unicidad», el TF determina que la venta de un sistema de aire acondicionado junto con un inmueble constituía una operación accesoria

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
En este caso, la recurrente vendió un inmueble que era una planta de transmisión de telecomunicaciones vía fibra óptica por cable submarino que, entre los componentes del área técnica, contenía el sistema de aire acondicionado que era necesario para el enfriamiento de los equipos. Del análisis conjunto de la documentación presentada, tales como, el contrato de compra venta y la tasación comercial efectuada por el Consejo Nacional de Tasaciones (Conata), el Tribunal Fiscal (TF) advierte que el equipamiento de aire acondicionado constituía un accesorio de la planta, por lo que resultaba razonable que fuera transferido conjuntamente con esta última. Además, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) no acreditó que la planta podría ser transferida con prescindencia del equipo y, por ende, que la transferencia de este último, al tratarse de un bien mueble, se encontraba gravada con el IGV. Leer más

¿Se puede usar el crédito fiscal de la factura de compra de cemento que no fue consumido en la obra porque aún faltaba terminar?

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

Tribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. La administración tributaria reparó el crédito fiscal consignado en las facturas por la compra de cemento para la construcción que realizó una empresa constructora de edificios al considerar que las bolsas de cemento adquiridas no fueron consumidas en una determinada obra (instalaciones de los servicios turísticos) que aún faltaba terminar, dado que se trataba de cantidades que excedían las que efectivamente se utilizaron en el periodo, por lo que no formaban parte del costo de construcción.  Leer más

Edificio

Un departamento puede venderse por debajo del valor de mercado si se acreditan las características que lo hacen diferente

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

Tribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. Si bien la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) se encuentra facultada a establecer reparos por subvaluación de bienes cuando hubiesen sido transferidos a un precio que está por debajo del valor de mercado; el Tribunal Fiscal (TF) recuerda que este valor de mercado es el que normalmente se obtiene en las operaciones onerosas que el contribuyente realiza con terceros en las mismas circunstancias económicas y de mercado en que se produjo la transacción a comparar, considerando las características de los inmuebles, así como las condiciones en la que esta se efectuó, tales como, términos contractuales, estrategias de negocios, entre otros. Así, fluye que es importante que las diferencias que existan entre las transacciones objeto de comparación no puedan afectar materialmente el precio del bien. Leer más

Para calificar una operación como retiro de bienes, la Sunat debe probar que hubo una transferencia de propiedad

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
La recurrente del caso se dedica a la venta de papel higiénico, papel toalla y jabón líquido, que instala en dispensadores de su propiedad y entrega en comodato (préstamo) a sus clientes. Por error, la recurrente gravó con el IGV esta entrega al considerarla «retiro de bienes» y la facturó como una «transferencia gratuita»; al advertir su error, la empresa presentó declaraciones rectificatorias. La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) calificó como retiro la entrega de los dispensadores por parte de la recurrente sustentándose en lo señalado en las facturas emitidas en las que se consignó que la transferencia era gratuita y que el IGV lo asumía la recurrente. Leer más

Fin de año, fin de las deudas… | La amnistía general tributaria en Surquillo será hasta el 23 de diciembre del 2022

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

Hasta el día 23 de diciembre del 2022 mantendrá su vigencia la Ordenanza N.° 517-MDS, que aprobó el beneficio tributario denominado «Amnistía general tributaria: por fin… de año!!!!». La Gerencia de Rentas, Gerencia de Estadística e Informática, Subgerencia de Fiscalización Tributaria y la Subgerencia de Comunicación e Imagen Institucional de la Municipalidad Distrital de Surquillo (MDS) se encargarán del cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto de alcaldía. [MDS, D. de Alc. 021-2022-MDS, 6/12/2022] Leer más

Hasta el 29 de diciembre, vecinos de La Perla podrán acceder a la condonación y descuentos en sus deudas tributarias y administrativas

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

La Municipalidad Distrital de La Perla brinda beneficios para los contribuyentes y administrados del distrito para el pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias, las que, de acuerdo con la presente ordenanza, implican:

  1. Pago al contado

1.1 Impuesto Predial: por el pago anual del ejercicio 2022, se condonará el 100 % de los intereses moratorios.

1.2 Arbitrios municipales: por el pago de cada ejercicio fiscal adeudado, ya sea de manera anual o mensual, se condonará el 100 % de los intereses moratorios. Adicionalmente, tendrán un descuento en el monto insoluto de los arbitrios municipales en cada ejercicio fiscal los contribuyentes y/o administrados que no registren deudas tributarias pendientes de pago del Impuesto Predial 2022; de acuerdo con el detalle que ofrece la norma.

1.3 Fraccionamiento: por el pago único y al contado de todas las cuotas pendientes por cancelar, se condonará el 100 % de los intereses moratorios.

1.4 Sanciones tributarias: las multas tributarias tendrán una condonación del 100 % de los intereses moratorios, adicionalmente, tendrán un descuento del monto de la multa de manera escalonada del 90 %, 80 % y 50 %.

1.5 Multas administrativas: tendrán una condonación del 100 % de intereses moratorios, adicionalmente tendrán un descuento del monto de la multa de manera escalonada del 90 %, 80 % y 50 %. Leer más

Para fijar los costos del proceso, también debe tomarse en cuenta si se acreditó o no el pago de tributos

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
En reiterada jurisprudencia, el Tribunal Constitucional (TC) (Cfr., Expediente N.° 735-2014-PA/TC) ha establecido que, en cuanto al pago de los costos, conviene recordar que en la resolución emitida en el Exp. N.° 00052-2010-PA/TC se establecieron dos reglas, a saber: «a. La primera regla se aplica cuando no se ha demostrado el pago del Impuesto a la Renta y consiste en que para determinar el monto de los honorarios no sólo debe valorarse la razón del tiempo y la participación de los abogados, sino que también deben tenerse presente otros criterios relevantes, tales como el éxito obtenido y su trascendencia, la novedad o dificultad de la cuestión debatida, y si los servicios profesionales fueron aislados, fijos o constantes. b. La segunda regla se aplica cuando el juez de ejecución requiere el pago del Impuesto a la Renta o en autos se encuentra probado que este impuesto ha sido pagado y consiste en que sí se abonó el impuesto referido por el servicio profesional prestado, no resulta razonable que el juez regule el monto de los costos, pues justamente el pago del Impuesto a la Renta tiene como base imponible el monto pactado de los costos (servicios profesionales) que se reclama. Leer más