El sistema de extracción de monóxido de carbono puede usarse en los estacionamientos en sótanos de un solo nivel o en semisótanos

Vivienda | Opinión vinculante. En el año 2019, la autoridad administrativa explicó que el artículo 69 de la Norma Técnica A.010 «Condiciones Generales de Diseño» del Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE) establece que, en zonas de estacionamiento de vehículos, cualquiera sea su dimensión, se debe garantizar la ventilación sea natural o mecánica; precisa que las zonas de estacionamiento con más de 20 vehículos en sótanos de un solo nivel, a nivel o en pisos superiores, que tengan o no encima una edificación de uso comercial o residencial, requerirán de ventilación natural suficiente para permitir la eliminación del monóxido de carbono emitido por los vehículos. Leer más

Salvar los lotes con dimensiones menores a lo establecido | Cuando el cálculo de área de aporte sea menor al área mínima requerida, se podrá redimir en dinero

Vivienda | Opinión vinculante. El dos de abril del 2019, la autoridad de vivienda resolvió algunas dudas sobre la aplicación de la Ley N.° 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.° 010-2005-Vivienda, normas que a la fecha se encuentran derogadas. En sus respuestas, la autoridad alcanzó las siguientes conclusiones: Leer más

Barrera burocrática ilegal: exigir que se presenten los planos de ubicación y perimétricos firmados por el propietario del predio para obtener el visado

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Es una barrera burocrática ilegal la exigencia de presentar los planos de ubicación y perimétricos debidamente firmados por el propietario del predio para obtener el visado de planos, materializada en los numerales 2° y 3° del procedimiento 70 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Barranco (MDB), aprobado por la Ordenanza N.° 391-MDB. Precisa el Indecopi que la Municipalidad Distrital de Barranco cuenta con competencia para tramitar el procedimiento de visación de planos; no obstante, debe ejercerla dentro de los límites establecidos en el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS. Leer más

El sentido y alcance general de las normas | ¿Por qué las opiniones del MVCS son vinculantes?

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Vivienda | Opinión vinculante. Ante las dudas formuladas por las distintas municipalidades distritales, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) explica que, en general, las opiniones vinculantes de las instituciones de la administración pública son productos intelectuales que sirven como parámetros para la emisión de actos administrativos decisorios. La facultad de emitir opiniones vinculantes a través de informes, pronunciamientos o dictámenes técnicos y/o legales es una manifestación de la función administrativa consultiva que facilita elementos que permiten dilucidar controversias para el correcto ejercicio de la función administrativa. Leer más

Se cuenta el semisótano… | La altura permitida por ley se expresa en metros y no depende del uso de la edificación

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Vivienda | Opinión vinculante. Si se considera que se tiene un lote donde la altura máxima indicada en pisos es de tres, ¿se podrá desarrollar un proyecto que contemple tres pisos más semisótano, todos de uso vivienda? Esta es la interrogante que resuelve la autoridad de vivienda en el año 2019. Con lo señalado en la Norma G.040 del Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE) y el Informe Técnico-Legal N.° 021-2019-Vivienda-NMVU-DGPRVUDV-JJLL-AMBR, referente al cálculo de altura de edificación, la autoridad administrativa recuerda que la Ley N.° 29090 establece que «la altura de edificación debe ser expresada en metros, la cual es medida desde un punto ubicado al frente del lote (sobre la vereda o desde la superficie superior de la calzada más 0,15 m.), no pudiendo diferenciar la altura de la edificación en función al uso al cual se destine. Leer más

Viaje del evacuante | ¿Las distancias de evacuación de un cine se miden necesariamente hasta el exterior del predio o de la edificación?

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Opinión vinculante | Vivienda. El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) resolvió, en el año 2019, una consulta sobre la distancia total del viaje del evacuante y el exterior de la edificación de las salas de espectáculos (cines) ubicados dentro de otros usos (comercio). En otras palabras, se preguntaba sobre si el exterior de la edificación es el espacio abierto que puede estar dentro del predio o debe necesariamente hacerse dicho recorrido hasta el exterior del predio (?). Con la Norma Técnica G.040 y la A.130 del Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE), la autoridad de vivienda recuerda que los medios de evacuación son componentes de una edificación destinados a canalizar el flujo de los ocupantes durante un siniestro o estado de pánico colectivo; se consideran como tales a los pasajes de circulación, escaleras integradas, escaleras de evacuación, acceso de uso general y salidas de evacuación. Leer más

Accesos y salidas | El MVCS precisa las dimensiones para una zona de estacionamiento de 300 a más vehículos

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Opinión vinculante | Vivienda. En el año 2019, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) absolvió una consulta relacionada con las dimensiones que deben tener los accesos y salidas de las zonas de estacionamiento con más de 300 vehículos. En el caso, el administrado planteaba dos casos gráficos: uno con accesos y salidas separados de 6.00 m. cada uno, con doble carril de 3.00 m., y otro con acceso y salida de 3.00 m. cada uno, separado de otro acceso y salida de 3.00 m. cada uno. Y sobre ella, se planteaban dos interrogantes: ¿es posible distribuir los doce metros requeridos en el numeral 6 del inciso b) del artículo 67 de la Norma A.010 en dos accesos que contengan dos carriles de tres metros cada uno, uno de ingreso y uno de salida? y ¿será válida la propuesta dos? Para la autoridad administrativa, el literal a) del artículo 67 de la Norma Técnica A.010 «Condiciones Generales de Diseño» del Reglamento Nacional de Edificaciones «permite proponer en una zona de estacionamiento con 300 a más vehículos accesos y salidas de forma separada, el cual cada uno de éstos debe tener 6.00 m. de dimensión mínima entre sus paramentos, debiendo uno ser de 6.00 m. de doble carril para uso exclusivo de accesos y otro de 6.00 m. de doble carril de uso exclusivo de salidas de vehículos, ambos deberán dar hacia la misma zona de estacionamiento» (sic). (Director General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo Hernán Navarro Franco) [MVCS, Inf. Téc. Legal 040-2019-Vivienda/VMVU-DGPRVU-DV-JHA-AMBR, 17/04/2019] Leer más

Un predio que se independizó y construyó bajo la norma vigente en su oportunidad no necesita realizar una nueva habilitación urbana

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Vivienda | Opinión vinculante. ¿Se necesitará licencia de habilitación urbana para un predio edificado bajo la normativa vigente en su oportunidad para uso residencial en el año 1923, inscrito en el Registro de Predios y que cuenta con los servicios básicos de agua potable, alcantarillado y energía eléctrica, así como pistas y veredas ejecutadas? Sobre tal predio se tiene un anteproyecto en consulta aprobado por la municipalidad respectiva. Además, ¿se requerirá de certificación ambiental para un proyecto de edificación de uso residencial? Estas dos preguntas las absolvió el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) de la siguiente manera:

«Un predio en el cual se efectuó la independización y construcción bajo el amparo de normativa vigente en su oportunidad, anterior a la emisión del Reglamento de Urbanizaciones y Sub División de Tierras aprobado por Decreto Supremo N.° 01-F del 20 de enero de 1955 y que contempló la ejecución de las obras de accesibilidad, de distribución de agua y recolección de desagüe, de distribución de energía e iluminación pública; tiene las características de un predio habilitado, en consecuencia, no corresponde efectuar una nueva habilitación al amparo de la Ley N.° 29090. Caso contrario, si dichas obras se ejecutaron sin ningún tipo de autorización, corresponde tramitar la respectiva regularización de licencia de habilitación urbana. Leer más

Los límites y los semisótanos | Vivienda explica desde dónde debe iniciar la rampa de acceso a los estacionamientos

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Opinión vinculante | Vivienda. El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) dictó, en el año 2019, una opinión vinculante para despejar la siguiente duda: ¿si se cuenta con un semisótano, indistintamente del uso de cocheras, el inicio de la rampa de acceso a estacionamientos puede ser desde el límite de la propiedad? Para la autoridad administrativa, la consulta deberá ser analizada con lo establecido en el Capítulo XII Estacionamientos de la Norma A.010 (artículos 60 y 67) del Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE); así, concluye que “en un proyecto de edificación cualquiera que fuera su uso, la rampa de acceso al estacionamiento debe iniciar a un distancia de 3m del límite de propiedad, con excepción de aquellas edificaciones que cuenten con estacionamientos en semisótanos, en los que dicha rampa puede dar inicio en el límite de propiedad, según se establece en el RNE” (sic). (Director General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo Hernán Navarro Franco) [MVCS, Inf. Téc. Legal N.° 019-2019-Vivienda/VMVU-DGPRVU-DV-JJLL-AMBR, 24/4/2019] Leer más

Fin de año, fin de las deudas… | La amnistía general tributaria en Surquillo será hasta el 23 de diciembre del 2022

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Hasta el día 23 de diciembre del 2022 mantendrá su vigencia la Ordenanza N.° 517-MDS, que aprobó el beneficio tributario denominado «Amnistía general tributaria: por fin… de año!!!!». La Gerencia de Rentas, Gerencia de Estadística e Informática, Subgerencia de Fiscalización Tributaria y la Subgerencia de Comunicación e Imagen Institucional de la Municipalidad Distrital de Surquillo (MDS) se encargarán del cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto de alcaldía. [MDS, D. de Alc. 021-2022-MDS, 6/12/2022] Leer más