Solo si el cambio de lugar laboral ocasiona perjuicio al trabajador configura un acto de hostilidad

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La controversia del presente caso está relacionada con el hecho de que la demandada aduce haber dado cumplimiento a un mandato judicial al trasladar al actor desde la Planta de Samanco, ubicada en Áncash, a la Planta Mollendo, ubicada en Arequipa; sin embargo, la demandada ha reconocido que sí existen plazas en otras sedes del norte más cercanas al domicilio del actor: las plantas como Supe o Malabrigo. Así, el supremo tribunal coincide con lo resuelto por la sala superior, «pues la demandada no ha cumplido con justificar objetivamente porque tomó la decisión de optar por ubicar al actor en la Planta Mollendo, bajo el supuesto de dar cumplimiento a lo ordenado en el proceso judicial (…). Leer más

La participación del trabajador en una paralización ilegal o ilegitima no está comprendida dentro del ejercicio del derecho fundamental de la huelga

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Textualmente señaló la Corte Suprema (CS) que «la participación del trabajador en una huelga ilegal o ilegítima no está comprendida dentro del ejercicio del derecho fundamental de la huelga y no suspende válidamente la relación de trabajo, constituyendo un incumplimiento contractual, sancionable disciplinariamente por el empleador» (sic). Sobre la infracción normativa por inaplicación del literal a) del artículo 77 del Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N.° 10-2003-TR y del artículo 70 del reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N.° 011-92-TR, la corte explica que, «en adición al ejercicio del derecho de huelga, tal previsión legal conlleva al análisis de los efectos de la huelga declarada improcedente, como ha ocurrido en el presente caso. Leer más

Trabajador minero que proporciona datos falsos para recibir visitas familiares quiebra la buena fe laboral y justifica su despido

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Se le imputa al trabajador haber proporcionado datos falsos al empleador para recibir visitas familiares y amicales dentro del campamento minero en el que prestó servicios, pues las personas cuya entrada se autorizó eran trabajadores del local entregado al sindicato de trabajadores, «entregado a la esposa del demandante para el desarrollo de una concesión de alimentos. Ahora, a efecto de analizar si la falta grave contenida en el literal a) del artículo 25 del Decreto Supremo N.° 003-97-TR se ha configurado, la Corte Suprema (CS) precisa que la buena fe laboral es un principio considerado como una de las premisas que nuestro ordenamiento jurídico ha adoptado con el objeto de servir de guía, directriz y pauta de conducta para las partes contractuales. La buena fe se configura, respecto del derecho laboral, como su base axiológica, a modo de principio fundamental que lo informa y que, por tanto, queda plasmado en sus diversas normas, ya sea explícita o implícitamente (…). Leer más

Rubén Edgar Segura De La Peña asume la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda

El Gobierno designó a Rubén Edgar Segura De La Peña en el cargo de director general de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. [MVCS, R. M. 122-2025-Vivienda, 1/05/2025] Leer más

El plazo prescriptorio laboral corre a partir del momento en que ocurra el cese laboral del trabajador y no es aplicable la norma civil

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El plazo prescriptorio laboral corre a partir del momento en que ocurra el cese laboral del trabajador y no es aplicable lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 2001 del Código Civil (diez años), dado que su aplicación es subsidiaria, sentencia la Corte Suprema. En el caso, el tema en controversia se encuentra relacionado a determinar si el derecho que el demandante pretende ha prescrito o no, como lo ha señalado la Sala Superior o si, por el contrario, debe revocarse dicho extremo. Leer más

José Antonio Cerrón Valdivia es el nuevo director general de políticas y regulación en construcción

El Gobierno designó a José Antonio Cerrón Valdivia en el cargo de director de la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. [MVCS, R. M. 117-2025-Vivienda, 25/04/2025] Leer más

Informalidad anotada | El «Registro de Trabajadores en la Informalidad Laboral»

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El trabajo de confianza no es un trabajo especial, se trata de una relación especial entre el patrón y el trabajador

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La protección que brinda el Estado a las mujeres por la situación de embarazo no es absoluta

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El despido nulo que refiere el inciso e) del artículo 29 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo N.° 003-97-TR, requiere para su protección, según la Corte Suprema (CS), «que la trabajadora gestante comunique a su empleador sobre su estado de gestación, hecho que debe ser acreditado. Por lo tanto, la protección debe extenderse hasta que culmine el período de permiso por lactancia reconocido por la Ley 27240 (hasta que su hijo cumpla un año), derecho cuya protección ha sido reafirmada por este tribunal en el Expediente N.° 1272-2007-PA/TC» (sic). En este caso, por ejemplo, la sala superior, teniendo en cuenta que la demandante acreditó que su cese por vencimiento de contrato ocurrió contemporáneamente con el hecho de su reposición, dispuso que se le debió reponer solo hasta la culminación del periodo de gestación y lactancia. Leer más

La Suprema realiza un importante alcance sobre la vocación indefinida del contrato del personal de confianza y el retiro de confianza

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Anota la máxima instancia judicial que el contrato de trabajo sujeto a modalidad por servicio específico se encuentra desnaturalizado por cuanto no ha consignado debidamente la causa objetiva, pues el contrato se limita a enunciar el cargo contratado y las funciones; sin embargo, no se justifica que las actividades o funciones a desempeñar no se agoten en el tiempo, es decir, no justifica la temporalidad de la contratación del demandante. «Un importante alcance sobre la vocación indefinida del contrato del personal de confianza y el retiro de confianza. Conforme al artículo 4° del TUO del DL 728, ‘En toda prestación personal de servicios remunerados y subordinados, se presume la existencia de un contrato de trabajo a plazo indeterminado. El contrato individual de trabajo puede celebrarse libremente por tiempo indeterminado o sujeto a modalidad. Leer más