Carta de imputación de falta grave debe permitir al trabajador comprender cabalmente las causas del despido

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Las dos nuevas designaciones de confianza en Vivienda: Rony Esquivel Loayza y Jorge Edinson Poma Deza

El Gobierno designó a Rony Esquivel Loayza en el cargo de confianza de coordinador de la Subunidad de Ejecución de Proyectos del Programa Nacional de Saneamiento Urbano. Con otra resolución, también se designó a Jorge Edinson Poma Deza en el cargo de confianza de responsable de la Unidad para la Mejora de la Prestación de los Servicios del Programa Nacional de Saneamiento Urbano. [MVCS, R. D. 086-2025-Vivienda-VMCS-PNSU-DE, R. D. 087-2025-Vivienda-VMCS-PNSU-DE, 1/05/2025] Leer más

Corrija la numeración | Se enmienda el número del decreto que ordena revisar la información del registro sindical de construcción civil

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo publicó una fe de erratas del decreto supremo que ordena revisar toda la información contenida en el registro sindical de construcción civil. Según lo rectificado, el número correcto de la norma es Decreto Supremo N.° 004-2025-TR y no Decreto Supremo N.° 005-2025-TR. [MTPE, Fe de Erratas – D. S. 005-2025-TR, 21/05/2025]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Fe de Erratas – D. S. 005-2025-TR

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XLII, N.° 18602.

Entidad: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: entra en vigencia a partir del 21 de mayo del 2025.

Fe de erratas: rectifica el número correcto del inicial Decreto Supremo N.° 005-2025-TR, la norma es Decreto Supremo N.° 004-2025-TR.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Supremo N.° 005-2025-TR, Decreto supremo que aprueba medidas para la revisión de la información contenida en el registro sindical correspondiente a las organizaciones sindicales de construcción civil.

Información relacionada:

+ Depuración total | Gobiernos regionales revisarán toda la información contenida en el registro sindical de construcción civil. [MTPE, D. S. 005-2025-TR, 9/05/2025]

El empleador puede perfectamente dar por concluida la encargatura temporal del puesto de trabajo

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Con el literal b) del artículo 30 del Decreto Legislativo N.° 728, la Corte Suprema (CS) recuerda que es un acto de hostilidad equiparable al despido la reducción inmotivada de la remuneración o de la categoría, «que se configura, según lo señala el artículo 49 del Reglamento de la Ley de Fomento del Empleo, aprobado por el Decreto Supremo número 001-96-TR, cuando su reducción es dispuesta por decisión unilateral del empleador y carece de motivación objetiva y legal, incluyendo esta última norma como excepción cuando el pago de la remuneración se encuentra sujeta a condición (…). Para analizar esta causal, conviene precisar qué implica el término ‘categoría’ en la doctrina laboral, según Alonso Olea ‘(…) cada trabajador posee una calificación o categoría profesional que se tiene en cuenta al tiempo de contratar y a lo largo de la ejecución del contrato de trabajo, en virtud de la cual se le clasifica profesionalmente (…)’. Por su parte, Blancas Bustamante opina que: ‘(…) categoría profesional y puesto de trabajo devienen conceptos distintos. Leer más

Jueces deben evaluar los indicios para determinar una eventual desnaturalización de la tercerización

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Recordó la Corte Suprema (CS) que, para que no se desvirtúe la figura jurídica de la tercerización laboral, tienen que presentarse en forma conjunta los cuatro requisitos del primer párrafo del artículo 2° de la Ley N.° 29245:
«1) Que la empresa tercerizadora asuma los servicios prestados por su cuenta y riesgo;
2) Que cuente con sus propios recursos financieros, técnicos o materiales;
3) Que sean responsables por los resultados de sus actividades; y,
4) Que sus trabajadores estén bajo exclusiva subordinación. Leer más

El contrato modal por incremento de actividad debe contener de forma expresa la causa objetiva que justifique la contratación

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Depuración total | Gobiernos regionales revisarán toda la información contenida en el registro sindical de construcción civil

En el actual contexto de violencia que afecta a los empleadores y trabajadores del sector de construcción civil y el presunto uso de las organizaciones sindicales que en el existen para la realización de actividades contrarias al orden público que impactarían en la seguridad ciudadana; el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dicta este decreto supremo para disponer que las direcciones o gerencias regionales de trabajo y promoción del empleo de los gobiernos regionales revisen la totalidad de la información contenida en el registro sindical correspondiente a las organizaciones sindicales de construcción civil, a fin de cautelar su adecuado funcionamiento y el cumplimiento por parte de dichas organizaciones de los fines, funciones y obligaciones que el marco legal vigente establece. La norma precisa un plazo de treinta (30) días hábiles para revisar la totalidad de los expedientes referidos a los procedimientos administrativos vinculados al registro sindical, generados en el periodo comprendido entre el 1 de enero del 2021 y el 31 de marzo del 2025, a efectos de identificar la existencia de fraude y/o falsedad en la declaración, la información o en la documentación obrante. [MTPE, D. S. 005-2025-TR, 9/05/2025] Leer más

Juan Luis Miyashiro Kuba es el nuevo director general de programas y proyectos en vivienda

El Gobierno designó a Juan Luis Miyashiro Kuba en el cargo de director general de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. [MVCS, R. M. 127-2025-Vivienda, 8/05/2025] Leer más

Un cambio de función o especialidad no evidenciaría un acto de discriminación si no se dictó únicamente para el demandante

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El trabajador deberá solicitar por escrito si desea mantener el seguro de vida ley una vez concluida la relación laboral

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) modificó el Decreto Supremo N.° 003-2011-TR, que aprueba el Reglamento de la Ley N.° 29549, Ley que modifica el Decreto Legislativo N.° 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales y crea el Registro Obligatorio de Contratos de Seguros Vida Ley, adecuándolo a las modificaciones realizadas por la Ley N.° 31149, Ley que modificó los artículos 9° y 18 del Decreto Legislativo N.° 688, a fin de mantener vigente el Seguro de Vida Ley al cese de la relación laboral a cargo del extrabajador. De esta manera, se establece expresamente que, «en caso el trabajador decida mantener el seguro de vida ley al término de la relación laboral, debe solicitarlo por escrito, a través de medios físicos o virtuales, a la empresa de seguros dentro del plazo establecido en el artículo 18 del Decreto Legislativo N.° 688. Las condiciones del seguro se sujetan a las disposiciones técnicas de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en el marco de su competencia» (sic). [MTPE, D. S. 003-2025-TR, 7/05/2025] Leer más