Operaciones no reales | Las guías de remisión sustentarían que el verdadero proveedor de los materiales de construcción es aquel que emitió la factura
/0 Comentarios/en Comercio, Construcción, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesTribunal Fiscal | Impuesto General a las Ventas. En el caso, la administración tributaria reparó el crédito fiscal del IGV, al amparo del inciso b) del artículo 44 de la Ley del Impuesto General a las Ventas, correspondiente a las facturas emitidas por la compra de diversos materiales de construcción que realizó la recurrente, tales como, rastrillos, combas, carretillas, winchas, ecaleras telescópicas, reglas de aluminio, cortadoras de concreto, fierro corrugado, pegamento PVC, rollos de alambre, filtros de aire, filtros de motor, filtros de gasolina, cajas de aceite, entre otros. En línea con el criterio que estableció en la RTF 02104-5-2017, el Tribunal Fiscal (TF) precisa que, en el caso del inciso b) del citado artículo 44, los contribuyentes deben demostrar con la documentación pertinente en forma fehaciente y razonable que las operaciones en efecto se han realizado con el emisor que figura en el comprobante de pago. Leer más
Cuatro requisitos para que un acto administrativo sea exigible
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/0 Comentarios/en Civil, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa Sunat no puede observar la compra de materiales de construcción de una obra bajo el criterio de causalidad
/0 Comentarios/en Construcción, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesTribunal Fiscal | Impuesto General a las Ventas. En el caso, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) reparó el crédito fiscal del Impuesto General a las Ventas (IGV) al detectar adquisiciones que no cumplían con el principio de causalidad, pues no se sustentaron con la documentación que acreditase la necesidad, utilización y traslado de los materiales de construcción (cemento, tubos, pinturas, entre otros) descritos en los comprobantes observados. En su defensa, la recurrente, una empresa constructora, señaló que los bienes contenidos en los comprobantes de pago correspondían a materiales de construcción que sirvieron para cumplir con su compromiso de construir módulos de vivienda del programa «Techo Propio». Como sustento presentó licencias de construcción, planos, fotos de avance y culminación de la construcción, lista de beneficiarios, entre otros. Leer más
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