La gravedad de las faltas laborales deben exponer las dos siguientes consideraciones
/0 Comentarios/en Civil, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Laboral /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl plazo para impugnar el despido de hecho corre desde que se produce la real cesación de la prestación de servicios
/0 Comentarios/en Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Laboral /por Unidad Editorial Lex SolucionesPara probar la notoriedad de un signo, no basta con demostrar la existencia de un acto administrativo o judicial
/0 Comentarios/en Comercio, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesLos servicios de consultoría prestados a través de correo electrónico no califican automáticamente como servicios digitales
/0 Comentarios/en Construcción, Corte Suprema, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesCorte Suprema l Impuesto a la Renta. La recurrente del caso contrató los servicios de asesoría y consultoría de una empresa proveedora no domiciliada, que brindó tales servicios mediante correo electrónico. Para la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), este servicio constituía un servicio digital, que se encuentra regulado solo por el segundo párrafo del literal b) del artículo 4°-A del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta. Postula, en este sentido, que se está ante servicios digitales en la modalidad de acceso electrónico a servicios de consultoría en los que se puede proveer servicios profesionales (consultores, abogados, médicos, etcétera) mediante el correo electrónico o videoconferencia, que se subsumen en el numeral 7 literal b) del artículo 4°-A del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, por lo que, para su configuración, no son necesarios los requisitos generales que establece el primer párrafo del literal b) del artículo 4°-A del indicado reglamento. Leer más
Atención con la vía penal | Se actualiza el reglamento sobre la responsabilidad administrativa de las empresas
/0 Comentarios/en Construcción, Gestión pública, Gobierno, Judicial, Penal /por Unidad Editorial Lex SolucionesEn cumplimiento de lo dispuesto por la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 31740, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) cumple con adecuar el Reglamento de la Ley N.° 30424, aprobado por el Decreto Supremo N.° 002-2019-JUS, a lo dispuesto en la referida norma. Desde el campo legal, se modifican los artículos 1° (Objeto y finalidad), 2° (Ámbito de aplicación), 5° (Definiciones), 26 (Consistencia normativa), 27 (Enfoque participativo), 31 (Autorregulación de la persona jurídica), 32 (Compromiso y liderazgo del órgano de gobierno o administración y la alta dirección), 33 (Elementos mínimos), 39 (La implementación de procedimientos de denuncia), 40 (Del procedimiento de denuncia), 41 (La difusión y capacitación periódica del modelo de prevención), 42 (La evaluación y monitoreo continuo del modelo de prevención), 44 (Modelo de prevención en micro, pequeña y mediana empresa), 46 (Requisitos de admisibilidad para el requerimiento del informe técnico a la SMV), 47 (Requerimiento de información), 48 (Análisis y determinación de la implementación y funcionamiento del modelo de prevención) y 49 (Consideraciones para la emisión del informe técnico por parte de la SMV). A este mismo reglamento se incorporan los artículos 31-A (Eximente de responsabilidad), 46-A (Requerimiento del informe técnico para configuración de circunstancia atenuante), 50 (Confidencialidad de la información y documentación sobre el modelo de prevención) y 51 (Intercambio de información). [Minjusdsh, D. S. 002-2025-JUS, 25/02/2025] Leer más
Para calcular la utilidad del impuesto a la minería, los costos deben estar vinculados directamente con la generación de los ingresos por las ventas de los recursos minerales
/0 Comentarios/en Ambiente, Corte Suprema, Derecho, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Medioambiente, Minería, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl valor FOB | ¿Se debe considerar la fecha de la DUA para determinar el monto de las exportaciones?
/0 Comentarios/en Comercio, Comercio exterior, Derecho, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex Soluciones
En sede administrativa, el principio de congruencia está flexibilizado
/0 Comentarios/en Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesExcepcionalmente, la tercería puede ser empleada para oponerse a afectaciones nacidas a partir de garantías reales
/0 Comentarios/en Civil, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex Soluciones
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