Indecopi | Protección al Consumidor. En el caso, las inmobiliarias señalaron que la información materia de análisis se encontró incluso en sus contratos de compraventa; sin embargo, la Sala del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi) «considera necesario precisar que el proceso de compra está comprendido por aquel periodo desde el cual un consumidor, quien inicialmente pudo tener conocimiento sobre el proyecto inmobiliario a través de distintos medios, realiza distintas conductas con la finalidad de obtener un mayor alcance sobre el bien que va a adquirir (por ejemplo, consultas vía correo electrónico o visitas a casetas de ventas), hasta aquel momento previo a la consolidación de la relación de consumo (suscripción de contrato), toda vez que dentro este espacio temporal el consumidor debe haber obtenido la información necesaria sobre las condiciones principales ofrecidas por el proveedor (…). Siendo esto así, esta sala sostiene que el proceso de compra se encuentra constituido por distintas etapas, tales como: la visita del sitio web del proyecto inmobiliario, la visita de las casetas de venta, la visita del proyecto piloto, la entrevista con el asesor del banco promotor, etc. Cada una de estas etapas tienen como finalidad común que el consumidor, de manera oportuna, posea la información suficiente para proceder con la fase posterior de consolidación (…). Leer más