Con autonomía funcional, administrativa, técnica y económica | Se crea la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN)

El Congreso de la República dispuso la creación de la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN), así como las disposiciones para formular, ejecutar y mantener los proyectos o programas de inversión que estén a su cargo. Esto con la finalidad de contribuir al cierre de brechas de infraestructura y garantizar la efectiva prestación de servicios públicos, lo que servirá para dinamizar la economía e impulsar el desarrollo del país bajo un enfoque territorial, de prevención y de sostenibilidad ambiental. La ANIN se constituye como un pliego presupuestal y como un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), cuenta con autonomía funcional, administrativa, técnica y económica, con arreglo a lo dispuesto por la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. Leer más

Las «Fiestas Patrias Barranquinas» llegan con descuentos tributarios y condonación de intereses y gastos

Se establece en la jurisdicción del distrito de Barranco el beneficio tributario denominado «Fiestas Patrias Barranquinas» para los contribuyentes que paguen la totalidad de su deuda tributaria por concepto de Impuesto Predial 2023. Los beneficios, que regirán desde el 20 de julio hasta el día 31 de agosto del 2023, son los siguientes:

«a) Condonación del 100 % de intereses moratorios, gastos y costas coactivas generadas por Impuesto Predial y arbitrios municipales correspondiente al año 2023 y años anteriores, generados a la entrada en vigencia de la presente ordenanza.

b) Descuento del 20 % del insoluto de los arbitrios municipales correspondiente al año 2023, en cualquiera de las cuotas que se encuentren como pendientes de pago. Leer más

Sincerar los predios sin multas de por medio | Barranco oficializa su programa de regularización tributaria

La Municipalidad Distrital de Barranco (MDB) oficializa su ordenanza denominada «Regularización Tributaria en Barranco», que expone los objetivos siguientes:

(a) incentivar al contribuyente para que sincere la situación de sus predios;

(b) detectar contribuyentes y/o predios omisos a la declaración y pago de tributos municipales;

(c) ampliar la base tributaria, y;

(d) incentivar el pago voluntario de las diferencias por cobrar generadas vía procedimiento de fiscalización.

Esta ordenanza alcanza a todos los contribuyentes omisos a la inscripción de su predio o que no hayan actualizado las características de su inmueble (subvaluadores).

Son requisitos para acogerse a los beneficios dispuestos por la presente ordenanza:

«a) Permitir la inspección y levantamiento de información tributaria, que de oficio se realice en sus predios, o, solicitar por escrito la inspección a su(s) predio(s), brindando las facilidades del caso para su realización.

b) En caso de inspección a solicitud de parte, esta deberá presentarse a partir de la vigencia de la presente ordenanza y hasta el 15 de agosto de 2023.c) Presentar ante la plataforma de la Gerencia de Administración Tributaria (GAT), de manera presencial o por vía virtual, la correspondiente declaración jurada tributaria, conforme a los datos verificados en la inspección, debidamente firmada por el contribuyente o su representante acreditado, dentro de los cinco (05) días calendarios siguientes de realizada la inspección del predio.d) Realizar el pago al contado de su deuda tributaria autoliquidada, dentro de la vigencia de la presente ordenanza.e) Que el aumento de valor del predio de su propiedad, no sea superior al valor de 4 UIT vigentes a la fecha del periodo de la acotación de sus tributos» (sic). Leer más

Un año para acogerse | Surco lanza beneficios para regularizar edificaciones ejecutadas sin licencia municipal

Esta última ordenanza oficializada por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MSS) facilita la regularización de las edificaciones ejecutadas sin licencia municipal en el distrito, específicamente, las destinadas a usos de vivienda unifamiliar, bifamiliar y multifamiliar o usos mixtos (vivienda-comercio cuando sea compatible con el uso residencial conforme a zonificación), siempre que tengan un máximo de cinco pisos o su equivalente en metros lineales y no excedan de los 3 000 m2, que se hayan edificado dentro del periodo comprendido del 18 de septiembre del 2018 hasta el 31 de diciembre del 2022 y que cumplan con las disposiciones técnicas y reglamentarias aplicables a cada caso. Leer más

Con lo que estableció el Tribunal Constitucional | Surco fija únicas zonas para el diseño y ejecución de proyectos de vivienda de interés social

El único ámbito de aplicación en el distrito de Santiago de Surco para el diseño y ejecución de proyectos de habilitación urbana y edificación de viviendas de interés social es aquel conformado por parte de los sectores 1, 2 y 9, de acuerdo con el Plano N.° 01 que, como anexo, forma parte de esta ordenanza, de acuerdo con lo dispuesto por la Ordenanza N.° 2361-2021 de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) y por la Sentencia del Tribunal Constitucional N.° 302/2023, recaída en los expedientes 00001-2021-PCC-TC y 00004-2021-PCC-TC (acumulados). Así lo dispone esta ordenanza dictada para la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MSS) que señala que, además de lo contemplado en el artículo 5° del Capítulo III de la Ordenanza N.° 2361-2021, si en un proyecto con aprobación a cargo de revisores urbanos se detecta el incumplimiento de las condiciones, expuestas en la ordenanza de la comuna limeña, en cualquiera de las etapas de su desarrollo, se interpondrá la denuncia ante el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) y, de constatarse el incumplimiento, se declarará la nulidad de la licencia. Leer más

Una ley para garantizar la implementación de las intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios

Este último sábado el Congreso de la República oficializó la Ley N.° 31834, norma que establece medidas para garantizar la implementación de las intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, a fin de impulsar el gasto público en materia de inversiones, en el marco del proceso de reactivación económica. La norma autoriza a todos los niveles de gobierno a financiar hasta S/ 783 millones en intervenciones de reconstrucción mediante inversiones, obras de optimización y rehabilitación. Leer más

Cambios en infracciones e incentivos | Nuevo horario de construcción en Jesús María y reglas para el cartel informativo de obra y para el uso de las torre grúa

En el recuento normativo, se tiene que la Ordenanza N.° 579-MDJM, publicada el 7 de junio del 2019, establece las acciones frente a daños materiales en predios de terceros causados por obras de edificación y demolición en el distrito de Jesús María. Con la Ordenanza N.° 642-MDJM, publicada el 27 de junio del 2021, se aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM) y sus modificatorias. En la actualidad, con base en lo informado por la Subgerencia de Control Urbano y Catastro, la Municipalidad Distrital de Jesús María decide modificar el horario de trabajo establecido en la Ordenanza N.° 154-MDJM y modificatorias, con el objeto de mitigar los impactos negativos (ruidos, polución, caída de escombros, entre otros) que puedan generar las actividades de construcción sobre los predios de propiedad privada en el distrito. Además, ordena modificar la Ordenanza N.° 579-MDJM, a fin de incluir normas que regulen y/o precisen aspectos relacionados con el cartel informativo de obras y su contenido, así como con el correcto funcionamiento de la torre grúa que se emplea en la construcción de edificaciones. Modifica también el RAS y el CUIS, y con ello restringe los incentivos para el pago de multas producto de infracciones cometidas en la construcción de edificaciones, demoliciones y obras en la vía pública; también modifica e incorpora códigos de infracción relacionados con el cartel informativo y el mantenimiento de la torre-grúa. De esta manera, se permite la ejecución de obras en predios de propiedad privada en el distrito, incluidos los pertenecientes a entidades públicas, en los siguientes horarios: Leer más

El Callao deroga una ordenanza desfasada que regulaba los aportes reglamentarios para las habilitaciones urbanas

El 6 de julio del 2018, mediante la Ordenanza Municipal N.° 010-2018, se aprobó el Régimen de los aportes reglamentarios para las habilitaciones urbanas en la Provincia Constitucional del Callao. Sin embargo, esta ordenanza, vigente en la actualidad, entra en contradicción, específicamente, su artículo 11, con la normativa nacional al consignar para el caso de la industria elemental y gran industria, el área mínima de 300 m2, cuando el Reglamento Nacional de Edificación señala el área mínima de 1.000 m2 y 2.500 m2, respectivamente. Leer más

Miraflores precisa: todo proyecto de habilitación urbana y de edificación tendrá que respetar los parámetros urbanísticos

La Municipalidad Distrital de Miraflores (MM) corrigió su Ordenanza N.° 610-MM, publicada en la edición del día 11 de julio del 2023 [Ver Información relacionada], para señalar que todo proyecto de habilitación urbana y de edificación deberá respetar los parámetros urbanísticos. El artículo primero de esta ordenanza debe decir: Leer más

Multas de hasta el 150 % de la UIT | No más terrenos sucios o sin cercar en Punta Hermosa

Con esta nueva ordenanza, la comuna de Punta Hermosa modifica la Primera Disposición Final de su Ordenanza N.° 472-MDPH, publicada en el Diario Oficial «El Peruano», el 27 de febrero del 2023, para señalar que las infracciones por no tener limpio el terreno sin construir (medida complementaria de retiro) y por no cercar terrenos sin construir (medida complementaria de cercado) tienen una multa de 100 % y 150 % de la UIT, respectivamente. La recuperación de los gastos y daños y perjuicios que acarree la ejecución subsidiaria por parte de la municipalidad por la construcción del cerco perimétrico o la limpieza y desinfección en los terrenos sin construir respecto de los cuales se haya iniciado procedimientos sancionadores, por el incumplimiento de la obligación establecida en esta ordenanza, se efectuará a través del procedimiento de ejecución coactiva conforme con lo dispuesto en el núm. 2 del artículo 209 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General. [MDPH, Ord. 482-MDPH, 13/07/2023] Leer más