Comas incorpora el “Voluntariado Juvenil” a la gestión territorial y a la gestión de riegos de desastres, enmarcado en el ámbito del desarrollo urbano

La Municipalidad Distrital de Comas, en el marco de la Ordenanza Municipal N° 483/MC, de fecha 11 de agosto del 2016, que formalizó el voluntariado juvenil en el distrito de Comas; decide incorporar este voluntariado juvenil en la gestión territorial y la gestión de riesgo de desastres. Tal decisión permite también estar acorde con las modificaciones legales y la incorporación de la sociedad civil en el mejor desarrollo urbano de la comunidad. [MC, Ord. Mun. 517/MC, 8/11/2017]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 9/11/2017.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

La Perla: monto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios para el 2018 mantendrá costo de S/. 3,20

La Municipalidad Distrital de La Perla decidió prorrogar la Ordenanza N° 015-2016-MDLP, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 31 de diciembre del 2016 y ratificada con el Acuerdo de Concejo N° 099-2016, emitida por la Municipalidad Provincial del Callao, que fija el monto de tres con 20/100 soles (S/. 3,20) la tasa por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2018, en la jurisdicción del distrito de La Perla. Este monto se abonará conjuntamente con el pago al contado del Impuesto Predial o de optar por el pago fraccionado, con la cancelación de la primera cuota. [MDLP, Ord. 021-2017-MDLP, 7/11/2017]mdlp

El Mincetur realiza cambios y derogaciones en el reglamento de guías de turismo

El Ministerio de Comercio Exterior y de Turismo modifica diversos artículos del Reglamento de Guías de Montaña y del Reglamento de la Ley del Guía de Turismo (Decreto Supremo N° 028-2004-Mincetur) con la finalidad incorporar medidas de simplificación, eficacia, eficiencia, celeridad y equidad en los procedimientos administrativos de estos prestadores de servicios turísticos. Se modifican los artículos 5° (Requisitos y procedimiento de autorización) y 7° (Vigencia de la credencial) del Reglamento de Guías de Montaña, y se incorpora la Única Disposición Complementaria Transitoria al Reglamento de Guías de Montaña, entre otros cambios. [Mincetur, D. S. 010-2017-Mincetur, 31/7/2017]

Cambios a los reglamentos de restaurantes y de establecimientos de hospedaje

A raíz de la dación del Decreto Legislativo N° 1246, que aprobó diversas medidas de simplificación administrativa aplicables, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo decide modificar diversos artículos del Reglamento de Restaurantes (Decreto Supremo N° 025-2004-Mincetur) y del Reglamento de Establecimientos de Hospedaje (Decreto Supremo N° 001-2015-Mincetur). Estas modificaciones también contemplan un plazo adecuado y suficiente para que los prestadores de servicios cumplan con la presentación de la documentación correspondiente ante la autoridad competente, a fin de que puedan ejercer la actividad de acuerdo al marco legal sectorial vigente. [Mincetur, D. S. 009-2017-Mincetur, 31/7/2017]

A partir del 7 de agosto, regirá el procedimiento de ingreso como recaudación de los fondos depositados en la cuenta de detracciones

En el marco de lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 940, aprobado por el Decreto Supremo N° 155-2004-EF y normas modificatorias, que establece un Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (Sistema), cuya finalidad es generar fondos, a través de depósitos realizados por los sujetos obligados en las cuentas abiertas en el Banco de la Nación, destinados a asegurar el pago de las deudas tributarias del titular de dichas cuentas; la Sunat aprueba el procedimiento de ingreso como recaudación de los fondos depositados en la cuenta de detracciones, que regirá a partir del 7 de agosto del 2017 para aquellos titulares de cuentas que pertenezcan al directorio de principales contribuyentes de la Intendencia Lima o al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales y para el resto de titulares de cuentas a nivel nacional, salvo lo dispuesto en el párrafo 5.1 del artículo 5 que entra en vigencia el 1 de octubre del 2017. Esta decisión de la Sunat modifica expresamente la R. N° 109-2000/Sunat y la R. N° 014-2008/Sunat. [Sunat, R. 184-2017/Sunat, 31/7/2017]

MTC dispone que vehículos de transporte de dinero y de hasta dos toneladas queden exceptuados del sistema de control y monitoreo

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Estacionar en San Borja cuesta S/ 0.50 por media hora

La Municipalidad Metropolitana de Lima ratificó la Ordenanza N° 585-MSB de la Municipalidad Distrital de San Borja, que establece la tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas del distrito. Según lo aprobado, la prestación del servicio se efectuará en un total de 1, 280 espacios, de lunes a domingo, en el horario establecido en el Anexo 03 de la Ordenanza N° 585-MSB, con la tasa de S/ 0.50 por treinta minutos, y los ingresos que la Municipalidad Distrital de San Borja proyecta recibir, producto de la aplicación de la tasa de estacionamiento vehicular, financiarán el 97.54% de los costos por la prestación del servicio. La diferencia será cubierta con otros ingresos que perciba la Municipalidad Distrital de San Borja. [MML, Acuerdo de Concejo N° 248, 31/7/2017]

El Callao regla la ubicación de anuncios publicitarios en su jurisdicción

En efecto, una nueva ordenanza municipal, dictada el 28 de julio del 2017, aprueba el “Reglamento para la ubicación de Anuncios Publicitarios en la Provincia Constitucional del Callao”. Esta ordenanza establece los aspectos técnicos para su colocación, ubicación y las medidas de seguridad a fin de lograr el debido ordenamiento de los anuncios publicitarios y el mejoramiento del ornato, para evitar el desorden en su colocación y la contaminación visual. Sobre el punto. La Ordenanza N° 019-2015 aprobó el “Reglamento Técnico y Administrativo para la ubicación de Anuncios Publicitarios en la Provincia Constitucional del Callao”, la Ordenanza N° 008-2016 modificó diversos artículos de este reglamento. Luego, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual formuló consultas y observaciones a ambas ordenanzas, al concordarlas con las últimas normas emitidas por el gobierno central en materia de simplificación administrativa, procedimientos administrativos generales y eliminación de barreras burocráticas en accesos al mercado. [MPC, Ord. 018-2017, 29/7/2017]

Periodo de prueba

El período de prueba es una institución del derecho del trabajo que hace posible que ambas partes de la relación laboral (empleador y trabajador) se conozcan mutuamente y, sobre todo, valoren las condiciones generales (personales, profesionales y las propias del medio en que debe realizarse el servicio) antes de otorgar a dicha relación un grado mayor de permanencia y seguridad. Así, y según la legislación que regula el régimen laboral de la actividad privada, el trabajador solo tendrá derecho a la estabilidad laboral luego de superar el período de prueba y, una vez ocurrido esto, solo podrá ser despedido por causa justa relacionada con su conducta o capacidad. Antes de esto, durante el período de prueba, el empleador puede dar por terminado el vínculo laboral sin expresión de causa ni de formalidad alguna. (Pres. Carlos Guillermo Morales Morante)

Noticia generada en jun. 24/15 (08:18 am)

TSC, R. 01934-2014-Servir/TSC-Segunda Sala, 06/11/2014

Administración pública