El pago de la reparación civil por parte del adolescente tutelado solo se prevé cuando se trata de mayores de 14 años

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La Corte Suprema (CS) entiende que, en el presente caso, la sentencia de vista no se encuentra debidamente motivada pues la sala revisora no sustentó cuál es el sustento normativo para ordenar el pago de la reparación civil por parte del adolescente tutelado, Leer más

Una norma de orden público: el artículo 49 de la Ley Orgánica de Municipalidades cautela la seguridad de las personas y la propiedad privada

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La sala superior en el fallo impugnado argumenta expresamente lo siguiente: «a) la decisión de la autoridad municipal se adoptó por un conflicto suscitado entre dos particulares; b) no queda claro por qué se aplicó el derecho público a un conflicto de esta naturaleza; c) la municipalidad sustentó su decisión en la Ley Orgánica de Municipalidades de manera genérica, sin precisar el fundamento legal exacto; d) el artículo 49 de la Ley Orgánica de Municipalidades faculta a la autoridad municipal para ordenar el retiro de materiales o la demolición de obras e instalaciones que ocupen las vías públicas o mandar ejecutar la orden por cuenta del infractor, pero no se ha acreditado que la demolición se haya ordenado por afectar el interés público, ni por no contar con licencia de construcción o quebrantar las condiciones en las que fue otorgado (…). Leer más

Una separación por causa laboral justificaría la suspensión temporal de la cohabitación

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La Casación N.° 4664-10-Puno (Tercer Pleno Casatorio Civil), que tiene carácter vinculante, determina inequívocamente que el divorcio por causal de separación de hecho no puede invocarse cuando la separación de hecho ha tenido un origen de índole laboral (cfr., inciso 12 del artículo 333 del Código Civil). Leer más

Cosa juzgada fraudulenta, «improbable que en un mismo día se origine y se reconozca una obligación, se inicie un proceso judicial para su cobranza, se notifique y se autorice su pago vía descuentos por planilla»

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A juicio de la Corte Suprema (CS), en este caso, las instancias de mérito han motivado adecuadamente su decisión de declarar fundada la demanda de nulidad de cosa juzgada fraudulenta, «ya que resulta improbable que en un mismo día se origine y se reconozca una obligación pendiente de pago, se inicie un proceso judicial para su cobranza, se notifique y se autorice su pago vía descuentos por planilla, con lo cual se encuentra acreditada la causal de fraude denunciada en la demanda; aunado a la incompetencia por razón de cuantía y territorio del juez de paz de San Antonio de Cumbaza. Leer más

CS: con el comienzo del parto se pone fin al estadio fetal

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En este caso, la Corte Suprema expone que la paciente era primeriza, «tenía un embarazo de treinta y siete semanas y presentaba problemas y molestias (dolores tipo contracción), por lo que se decidió a buscar asistencia hospitalaria. Cuando la obstetra advirtió serios problemas de la frecuencia de latidos por minuto, la paciente ya estaba con dilatación completa; es decir, estaba en trabajo de parto. Luego, como el nacimiento comienza con los trabajos de parto, en la que se pude afirmar que existe plena madurez morfológica y funcional -pese a todo, se trató de un parto natural, no inducido-, entonces, se está ante un homicidio. Leer más

La Corte Suprema infiere que existen dos clases de comodatos

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Con una interpretación sistemática de los artículos 1735, 1736 y 1737, la Corte Suprema (CS) infiere que existen dos clases de comodatos: «a) El comodato a plazo determinado y b) El comodato a plazo indeterminado; y, que cada uno de ellos le otorga al comodante un modo distinto de exigir, al comodatario, la devolución del inmueble dado en comodato. Leer más

Si la propia recurrente fue quien frustró la nueva inspección judicial, no puede luego denunciar la valoración de una inspección judicial practicada en proceso anterior

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  La Corte Suprema (CS), como última instancia, señala que va en contra de sus propios actos quien pretende hacer valer un derecho que resulta contradictorio con su propio actuar. Así, por ejemplo, en este caso, la demandada sostiene que las instancias de mérito han valorado una inspección judicial efectuada hace muchos años en otro proceso; sin embargo, se debe tener en consideración que en el caso se dispuso la realización de una, pero que no fue posible llevarla a cabo precisamente por el accionar o circunstancias atribuibles a la demandada, «tal como lo señalan las instancias de mérito, lo que generó la imposibilidad de actuar dicha prueba y, en consecuencia, se recurrió a la inspección judicial actuada en el expediente referido, habiendo establecido la sala superior sobre este punto que: Leer más

La posesión no es pasible de compraventa | Actos o títulos referentes a la sola posesión no son inscribibles

Tribunal Registral | Propiedad Inmueble. Con el artículo 2021 del Código Civil, el Tribunal Registral (TR) explica que los actos o títulos referentes a la sola posesión no son inscribibles. «Sin embargo, si del título se desprenden otros elementos referidos a un acto inscribible, debe disponerse la observación del título para su aclaración por las partes intervinientes» (sic). En el caso, la recurrente argumentó en su escrito impugnatorio que el inciso 1 del artículo 2019 del Código Civil establece que sí es posible inscribir la posesión, pues es «un derecho real y, según este dispositivo legal, son inscribibles los actos y contratos que constituyen, declaren, transmitan, etc. derechos reales sobre predios» (sic). Leer más

El proceso de interdicto de recobrar no puede discutir la acción posesoria a título de propietario

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La Corte Suprema (CS) recuerda que la acción posesoria a título de propietario que postula el recurrente del caso no es ni puede ser materia de análisis en el presente proceso de interdicto de recobrar, pues existen, para dicho supuesto, otras vías que protegen el derecho a la propiedad. Leer más

Se cuestiona la congruencia procesal si el juez omite valorar una de las pretensiones

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Si una demanda cuenta con más de una pretensión, le corresponde al juez el mérito de emitir su pronunciamiento sobre cada una de las pretensiones invocadas, para no transgredir el principio de congruencia del accionante. A juicio de la Corte Suprema (CS), en el caso, el superior jerárquico no emitió su pronunciamiento sobre las otras causales de nulidad que habrían sido invocadas dentro del petitorio formulado en la demanda y que debieron ser revisadas y analizadas por la sala civil. Leer más