De pavimentos y veredas | Surco regula la autorización para ejecutar obras en áreas de dominio público y reposición de las áreas intervenidas
Con esta ordenanza, la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MSS) regula los aspectos técnicos y administrativos para la autorización de la ejecución de obras en áreas de dominio público y reposición de las áreas intervenidas. La norma municipal aplica para las empresas públicas, privadas y mixtas o entidades del Estado que prestan uno o más servicios públicos esenciales dentro del distrito, entre estos:
a) Servicios de saneamiento (agua potable; alcantarillado sanitario y pluvial; y disposición sanitaria de excretas).b) Servicios eléctricos (suministro, transmisión y distribución de energía eléctrica).c) Servicios de telecomunicaciones (servicios portadores, servicios finales, servicios de difusión y servicios de valor añadido).d) Servicio de distribución de gas natural.e) Servicios públicos locales.
El artículo 11 de la ordenanza dispone que las empresas señaladas están obligadas a presentar el plan y la programación anual de obras en áreas de uso público del distrito, esto no las exime del trámite de autorización para cada una de las intervenciones, indicando las especificaciones y plazos de ejecución. Dicho plan se elabora por cada año de gestión y se presenta en medio digital la primera semana de diciembre del año anterior a su ejecución. Asimismo, las empresas prestadoras de servicios públicos presentarán adjunta a su programación anual la relación de sus empresas colaboradoras, a fin de que la municipalidad identifique a las que ejecutarán los trabajos en áreas públicas. Si en el transcurso del tiempo se presentaran cambios, estos se informarán de inmediato a la municipalidad. El horario será el establecido por el Decreto de Alcaldía N.° 06-2008-MSS, que regula el horario de actividades en la municipalidad para la ejecución de obras, esto es, de lunes a viernes, entre las 08:00 a 17:30 horas y los sábados, de 08:00 a 13:30 horas, y se prohíben totalmente las 24 horas de los días domingos y feriados. [MSS, Ord. 684-MSS, 14/08/2023]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Ordenanza que regula la ejecución de obras, instalación, mantenimiento de infraestructura para la prestación de servicios públicos en áreas de uso público
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17407.
Entidad: Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MSS).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: incorpora conductas infractoras en el Cuadro de Infracción y Sanciones Administrativas (CUIS) aprobado por la Ordenanza N.° 611-MSS y modificatorias.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: en vigencia desde el 15 de agosto del 2023.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ley N.° 30477, que regula la ejecución de obras de servicios públicos autorizadas por las municipalidades en las áreas de dominio público.
* Decreto Legislativo N.° 1014, que establece medidas para propiciar la inversión en materia de servicios públicos y obras públicas de infraestructura.
* Decreto de Alcaldía N.° 06-2008-MSS, que regula el horario de actividades en la Municipalidad de Santiago de Surco para la ejecución de obras.
Información relacionada:
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