En aplicación de la Norma IX del CT, el incumplimiento de las normas de Produce no puede impedir que una empresa se acoja a los beneficios del Convenio PECO

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La Norma IX del Texto Único Ordenado del Código Tributario (CT) señala que en lo no previsto por dicho código o en otras normas tributarias podrá aplicarse normas distintas a las tributarias, siempre que no se les opongan ni las desnaturalicen; en tal sentido, en el presente caso, la Corte Suprema (CS) resuelve que no corresponde invocar la aplicación de normas del Ministerio de la Producción (Produce), Leer más

Un gasto se considerará deducible al determinar la renta neta de tercera categoría si cumple con el «principio de causalidad»

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¿Una inmobiliaria puede tardar más de siete años en cumplir con independizar el departamento vendido?

Tribunal del Indecopi | Derecho del consumidor. La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, en el presente caso, para efectos del cómputo del plazo de prescripción, revisó la minuta del contrato de compraventa suscrita por la inmobiliaria y los consumidores. Así, de acuerdo con el documento, «existía una obligación de independizar el bien inmueble sin que se hubiera establecido un plazo para cumplir con ello, siendo el hecho denunciado precisamente la falta de independización que se mantenía hasta la fecha de la denuncia» (sic). Se trata de una presunta infracción de carácter permanente, porque la permanencia de la situación antijurídica (falta de independización del bien) tuvo origen en la inacción del proveedor que prolongó la consumación de la infracción y mantuvo la omisión hasta la fecha de la denuncia. Distinto es el caso, por ejemplo, en el que se denuncia la entrega de un inmueble que presenta fisuras o rajaduras, pues en dicho supuesto, más allá de que los efectos de la conducta infractora permanezcan por voluntad del proveedor, la infracción se configura en una oportunidad determinada: el acto de la entrega del inmueble, en tanto se trata de una infracción de carácter instantáneo, marca el momento de inicio del cómputo del plazo de prescripción. Leer más

CS: el cobro de intereses por la demora en resolver recursos impugnatorios a nivel administrativo contraviene el principio de capacidad contributiva

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Segundo cambio | Vivienda modifica la conformación del Comité de Seguimiento de Inversiones

La Resolución Ministerial N.° 024-2023-Vivienda creó el Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, y fue modificada por la Resolución Ministerial N.° 031-2023-Vivienda, en lo que respecta a la conformación del referido comité. Ahora, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) resuelve nuevamente modificar el artículo 2° de esta resolución ministerial con el texto siguiente: Leer más

Mauricio Mormontoy Gonzales asume la dirección del Programa Nacional de Vivienda Rural del MVCS

El Gobierno oficializa la designación de Mauricio Mormontoy Gonzales en el cargo de director ejecutivo del Programa Nacional de Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. [MVCS, R. M. 400-2023-Vivienda, 15/09/2023] Leer más

Un gasto es deducible si cumple con el principio de causalidad y se demuestra documentariamente que corresponde a una operación real

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La Corte Suprema (CS) señala que, para que un gasto se considere deducible a efectos de determinar la renta neta de tercera categoría, necesariamente deberá cumplir con el denominado principio de causalidad que regula el artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta. Asimismo, a efectos de la deducción de los gastos, se debe demostrar que el desembolso efectuado por el bien o servicio adquirido efectivamente se produjo, esto es, acreditar con la documentación sustentatoria que el gasto corresponde a una operación real. Para la Corte, si bien la fehaciencia no es un elemento que se encuentre expresamente señalado en la Ley del Impuesto a la Renta para efectos de la deducción de los gastos, responde estrictamente a demostrar que el desembolso efectuado por el bien o servicio adquirido efectivamente se produjo, esto es, acreditar con la documentación sustentatoria que el gasto corresponde a una operación real. Leer más

Sunarp levanta las limitaciones técnicas | El certificado literal se expedirá por agente automatizado así supere las 80 hojas

Ante las limitaciones de orden técnico para la expedición del certificado literal mediante agente automatizado (será posible su emisión siempre que el certificado no supere las 80 hojas, que la partida no provenga del Sistema Automatizado del Registro Predial o que esta no cuente con antecedentes en tomo o ficha, y que no comprenda al Registro de Propiedad Vehicular y al Registro Mobiliario de Contratos); la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) confirma que su Oficina de Tecnologías de la Información, en coordinación con la Dirección Técnica Registral, ha culminado las mejoras operativas que permiten levantar todas estas limitaciones. Desde el campo legal, esto implica las modificaciones del artículo 2° (Delimitación de la expedición automatizada) de la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N.° 158-2021-Sunarp-SN, y del artículo 2° (Delimitación de la expedición de la publicidad certificada exonerada mediante agente automatizado) de la Resolución del Superintendente Adjunto de los Registros Públicos N.° 014-2023-Sunarp-SA. [Sunarp, R. 152-2023-Sunarp-SN, 14/09/2023] Leer más

Una municipalidad no puede exigir a los transportistas de materiales de construcción que presenten guías de remisión

La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas declaró que constituyen barreras burocráticas ilegales las exigencias contenidas en el literal g) del artículo 17 y en el numeral 2) del artículo 24 de la Ordenanza Municipal N.° 009-2021-MPH-A, que aprueba el Reglamento que establece el régimen de extracción de materiales de construcción de los álveos o cauces de los ríos y canteras en la jurisdicción del distrito de Ayacucho. Entiende y sustenta la sala, que la exigencia de presentar guías de remisión en las casetas de control por parte de los transportistas resulta ilegal en tanto la Municipalidad Provincial de Huamanga no cuenta con competencia para imponer esta exigencia, conforme con la Ley N.° 28221, Ley que regula el derecho por extracción de materiales de los álveos o cauces de los ríos por las municipalidades. [Indecopi, R. 0376-2023-SEL-Indecopi, 14/09/2023] Leer más

La apreciación subjetiva y objetiva de la buena fe | Al comprador se le exige desvirtuar todo atisbo o sospecha de inexactitud del registro

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En el presente caso de mejor derecho de propiedad, la máxima instancia judicial detecta que la sala revisora, al concluir que se debe amparar la demanda porque el demandante cuenta con su derecho inscrito en el registro, no motiva razonadamente la decisión impugnada, pues no analizó ampliamente la buena fe objetiva del demandante. Leer más