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Vivienda proyecta el reglamento del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos

Este último sábado, seis de setiembre del 2025, se publicó el proyecto de resolución ministerial que derogaría la Resolución Ministerial N.° 336-2018-Vivienda y que aprobaría el nuevo Reglamento Operativo del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos. La publicación del proyecto se realiza en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía dentro del plazo de quince días calendario contados a partir del lunes ocho de setiembre del 2025. La Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo es la encargada de recepcionar, sistematizar y analizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten sobre el proyecto normativo a través de la sede digital del MVCS. [MVCS, R. M. 232-2025-Vivienda, 6/09/2025]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Disponen publicación del proyecto de Resolución ministerial que deroga la Resolución Ministerial N.° 336-2018-Vivienda y aprueba el Reglamento Operativo del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos, así como del texto del citado proyecto de reglamento operativo

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XLII, N.° 18805.

Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: en vigencia desde el 5 de setiembre del 2025.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,

* Resolución Ministerial N.° 336-2018-Vivienda, que aprueba el Reglamento Operativo del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos.

Información relacionada:

+ La mira ahora está en las medianas y grandes ciudades | Se actualizan los valores máximos de la VIS. [MVCS, D. S. 005-2024-Vivienda, 12/04/2024]

+ Así es el procedimiento especial para otorgar el Bono Familiar Habitacional (BFH) en la modalidad de construcción en sitio propio. [MVCS, R. M. 207-2021-Vivienda, 21/07/2021]

Se deprecian con la tasa del 5 % los bienes que no se acreditan técnicamente como independientes y que no forman parte de la edificación

Tribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. «(…) el artículo II.A.01 del Reglamento Nacional de Tasaciones aprobado por Resolución Ministerial N.° 126-2007-Vivienda, aplicable al presente caso, considera predios a los terrenos, así como a las edificaciones e instalaciones fijas y permanentes que constituyan parte integrante de ellos y que no pudieran ser separadas, sin alterar, deteriorar o destruir la edificación; por su parte, el artículo II.A.03 del citado reglamento señala que se entiende por edificaciones a las construcciones o fábricas en general; en tanto, el artículo II.A.04 del mismo reglamento refiere que son obras complementarias e instalaciones fijas y permanentes todas las que se encuentran adheridas físicamente al suelo o a la construcción, y no pueden ser separadas de estos sin destruir, deteriorar, ni alterar el valor del predio porque son parte integrante y funcional de este, tales como cercos, instalaciones de bombeo, cisternas, tanques elevados, instalaciones exteriores eléctricas y sanitarias, ascensores, instalaciones contra incendios, instalaciones de aire acondicionado, piscinas, muros de contención, subestación eléctrica, pozos para agua o desagüe, pavimentos y pisos exteriores, zonas de estacionamiento, zonas de recreación, y otros que a juicio del perito valuador puedan ser calificados como tales» (sic). Leer más

Chorrillos busca la participación privada para mejorar, modernizar y mantener los bienes y servicios municipales

Con la dación de esta ordenanza, se declaró de interés público la promoción de la participación del sector privado en el mejoramiento, modernización y mantenimiento de los bienes municipales, la prestación de servicios públicos locales y el desarrollo de infraestructura pública dentro del ámbito del distrito de Chorrillos mediante la aplicación de las fórmulas de colaboración público-privada contempladas en el marco normativo vigente. Para viabilizar lo establecido, se crea el «Comité especial de promoción de la inversión privada en bienes, servicios e infraestructura pública en el distrito de Chorrillos – CEPIP», como órgano técnico especializado que se encargará de la conducción de todos los procedimientos administrativos asociados a las fórmulas de colaboración público-privada previstas en el marco normativo vigente. El CEPIP estará conformado por tres (3) funcionarios de la alta dirección y/o titulares de órganos de línea o asesoramiento de la entidad, de acuerdo con sus competencias. Además, el CEPIP podrá contar con expertos independientes en materia de promoción de la inversión privada a efectos de que le brinden asistencia técnica. La contratación de asesores del CEPIP no demandará recursos públicos de la Municipalidad Distrital de Chorrillos y se financiará con cargo a los aportes que ingresen al Fondo de Promoción de la Inversión Privada en Bienes, Servicios e Infraestructura Pública en el Distrito de Chorrillos – Fondo Chorrillos. [MDCH, Ord. 523-MDCH, 3/09/2025] Leer más

Listo, el proceso de implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental del distrito de San Borja

El lunes 1 de setiembre del 2025, se oficializó el proceso de implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental del distrito de San Borja, conforme con el Reglamento de la Ley N.° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado por el Decreto Supremo N.° 0014-2024-Minam. Además, se aprobó la Hoja de Ruta para la implementación del citado sistema local de gestión. Según dispone el artículo tercero de la norma municipal, la Gerencia de Gestión Ambiental reportará semestralmente los avances del proceso de implementación al concejo municipal y al Ministerio del Ambiente (Minam). [MDSB, Ord. 735-MSB, 1/09/2025] Leer más

Infracciones y catigos | El nuevo RASA y CUIS de San Borja

La Municipalidad Distrital de San Borja (MDSB) dictó la ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUIS), con el objeto de establecer el procedimiento administrativo sancionador que sirva para realizar las acciones que permitan determinar la existencia de una infracción administrativa por incumplimiento de las normas municipales o leyes generales que establezcan infracciones cuya sanción se encuentre reservada a los gobiernos locales; así como, la aplicación de sanciones y la adopción de medidas provisionales y correctivas. La finalidad del presente régimen es contar con un dispositivo legal mediante el cual se haga de conocimiento a la ciudadanía y entidades, las conductas contrarias al ordenamiento jurídico municipal y las sanciones administrativas ante la comisión de ellas, y esto a fin de propiciar el civismo dentro del orden, respeto, cooperación y cumplimiento de las disposiciones municipales, con el propósito de lograr una adecuada convivencia en la comunidad y procurar el desarrollo integral y armónico del distrito. La ordenanza aplica para la jurisdicción distrital y alcanza a las personas naturales o jurídicas que cometan una o más infracciones previstas en el CUIS. [MSB, Ord. 734-MSB, 30/08/2025] Leer más

Se implementó el Sistema Local de Gestión Ambiental del distrito Lince

Este último sábado se oficializó la implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental del distrito de Lince, conforme con el Reglamento de la Ley N.° 28245 Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado por el Decreto Supremo N.° 0014-2024-Minam y los lineamientos de la guía aprobada con la Resolución Ministerial N.° 00128-2025-Minam. Además, se oficializo la Hoja de ruta para la implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental del distrito de Lince y se encargó a la Gerencia de Gestión Ambiental reportar semestralmente los avances del proceso de implementación al Concejo Municipal y al Ministerio del Ambiente. [MDL, Ord. 531-2025-MDL, 31/08/2025] Leer más

Eficiencia y modernización | Sunarp plantea una segunda modificación parcial del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos

Un informe de la Dirección Técnica Registral identifica la necesidad prioritaria de implementar una segunda modificación parcial del Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos y, para ello, plantea la modificación de once artículos y la incorporación de tres nuevas disposiciones normativas, lo que tendrá un impacto significativo en la eficiencia y modernización del procedimiento registral. Los cambios planteados fortalecerían la coherencia sistémica del reglamento, incluyendo la reformulación del principio de rogación y la separación del principio de titulación auténtica como disposición autónoma, la actualización del principio de legitimación, la modernización del cómputo de plazos, el perfeccionamiento de requisitos de admisibilidad, la consolidación de la calificación de actos administrativos, la optimización de procedimientos de duplicidad registral, la modernización de mecanismos de notificación judicial, la armonización normativa de los procedimientos de reconstrucción de partidas registrales, la incorporación de procedimientos de transcripción de partidas deterioradas, la actualización del régimen de pago de derechos, y la implementación de una plataforma tecnológica de seguimiento de procedimientos administrativos registrales. Así, bajo estas consideraciones, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) dispone la publicación del proyecto normativo que aprueba la modificación parcial del Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por la Resolución N.° 126-2012-Sunarp-SN y modificatorias, y su exposición de motivos. La norma establece el plazo de quince días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, para recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y/o privadas y de la ciudadanía en general. [Sunarp, R. 00127-2025-Sunarp-SN, 28/08/2025] Leer más

Las salas de venta y departamentos piloto son activos fijos

Tribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. Las salas de venta y los departamentos pilotos de la recurrente del caso, que se dedica al negocio inmobiliario, tienen una vida útil mayor a un ejercicio, pues son utilizados dos años aproximadamente; es decir, durante el término aproximado de la construcción de cada proyecto, y que, a diferencia de otras compañías del sector, sus salas de venta no son destruidas como paso previo para iniciar la construcción de los inmuebles; por el contrario, subsisten incluso después de la construcción del proyecto inmobiliario. Leer más

Quince días | Vivienda saca a consulta pública su propuesta para modificar las normas técnicas G.040 y A.020

Se dispuso la publicación del proyecto de resolución ministerial que modifica las normas técnicas G.040 – Definiciones y A.020 – Vivienda del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobado por el Decreto Supremo N.° 011-2006-Vivienda, en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda). La publicación se realiza a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía dentro del plazo de quince días calendario, contados desde el 28 de agosto del 2025. Será la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo la unidad encargada de la recepción, sistematización y análisis de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten a través de la sede digital del ministerio en el siguiente enlace: «Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la Modificación de las Normas Técnicas G.040 Definiciones y A.020 Vivienda del Reglamento Nacional de Edificaciones». [MVCS, R. M. 214-2025-Vivienda, 27/08/2025] Leer más

Seguridad versus libre tránsito | Surco ordena mantener las rejas o plumas levadizas abiertas las 24 horas del día

Carlos Bruce Montes De Oca, alcalde de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MDSS), dictó este decreto de alcaldía que establece, dentro del marco de lo dispuesto por el artículo octavo de la Ordenanza N.° 209-MSS, como obligación esencial de los conductores de los predios ubicados en el interior del área de protección, las juntas o comités vecinales, cumplir con mantener las rejas o plumas levadizas obligatoriamente abiertas las 24 horas del día. Según lo dispuesto, solo podrán permanecer cerradas en el horario de 19:00 horas hasta las 07:00 horas, con la presencia obligatoria de un vigilante particular, que deberá garantizar el paso vehicular o peatonal las 24 horas del día con la sola manifestación del ciudadano de querer transitar por la vía. El incumplimiento de lo establecido habilita a la municipalidad para revocar la autorización de instalación del elemento de seguridad y proceder a su inmediato retiro. La Gerencia de Seguridad Ciudadana será la encargada de dar cumplimiento al presente decreto de alcaldía. [MSS, D. de Alc. 019-2025-MSS, 26/08/2025] Leer más