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29 de octubre | Ocho temas cruciales sobre la prescripción adquisitiva que abordará el pleno casatorio civil

A la fecha, las salas superiores y las salas supremas resuelven bajo criterios distintos, y hasta contradictorios, los siguientes aspectos fundamentales de la prescripción adquisitiva de dominio:

«a) Disparidad de criterios respecto del estándar probatorio exigible al prescribiente;
b) La interpretación adecuada respecto del supuesto de posesión pacífica;
c) La interrupción y suspensión del plazo de prescripción;
d) La prescripción del propietario o de quien ostenta título negocial adquisitivo;
e) El concepto de justo título en la prescripción adquisitiva de dominio;
f) La potestad de aplicar el principio ‘iura novit curia’ cuando se demanda la prescripción corta (5 años), alegando justo título por buena fe; sin embargo, si bien se advierte que no existe justo título, se acredita que el prescribiente cumple con los requisitos para la prescripción larga;
g) La aplicación de la Ley N.° 29618, Ley que establece la presunción de que el Estado es poseedor de los inmuebles de su propiedad y declara imprescriptibles los bienes inmuebles de dominio privado estatal, publicada el 24 de noviembre del 2010; y,
h) La prescripción adquisitiva de dominio por las personas jurídicas y especialmente por las asociaciones» (sic). Leer más

Al 2030 | San Isidro inicia la implementación de su sistema de gestión ambiental y su plan de desarrollo concertado

Con dos ordenanzas distintas, la Municipalidad Distrital de San Isidro (MDSI) aprobó el proceso de implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental y el Plan de Desarrollo Local Concertado San Isidro al 2035. La primera ordenanza (624-MSI) se dicta conforme con el Reglamento de la Ley N.° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado por el Decreto Supremo N.° 0014-2024-Minam. Además, se oficializa la Hoja de ruta para la implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental de la Municipalidad Distrital de San Isidro y se dispone que la Gerencia de Desarrollo Ambiental Sostenible reporte semestralmente los avances del proceso de implementación al Concejo Municipal y al Ministerio del Ambiente (Minam). Con referencia a la segunda ordenanza (625-MSI), será la Gerencia Municipal, a través de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, la encargada de la dirección y el proceso de seguimiento del Plan de Desarrollo Local Concertado San Isidro al 2035 para su cumplimiento. [MDSI, Ord. 624-MSI, Ord. 625-MSI, 24/09/2025] Leer más

Constructoras deben llevar registros de inventario permanente de los bienes utilizados para prestar sus servicios

Tribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. Señala la recurrente, como argumento de defensa, que su actividad es la prestación de servicios de construcción, lo que no implica la existencia de un proceso productivo ni tampoco entradas y salidas de bienes hacia terceros; por ello, considera que no se encontraba obligada a tener un inventario y/o sistema de contabilidad de costos; sin embargo, había cumplido con llevar una cuenta especial por obra, tal como lo dispone el artículo 63 de la Ley del Impuesto a la Renta. Así expuestas las cosas, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) señala que la recurrente sí se encontraba obligada a llevar un sistema de contabilidad de costos, pues se verificó que hubo movimiento de entrada y salida de bienes y que declaró ingresos brutos superiores a 1 500 UIT por el ejercicio fiscalizado (obligación establecida en el artículo 35 del reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta). En línea con la RTF N.° 08246-8-2015, de observancia obligatoria, el Tribunal Fiscal (TF) señala que las empresas de servicios tienen como obligación llevar un Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas y un Registro de Inventario Permanente Valorizado respecto de los bienes adquiridos y consumidos o utilizados en la prestación del servicio; esto es, cuando cuente con inventarios y cuando sus ingresos brutos anuales durante el ejercicio precedente hayan sido mayores o iguales a 1 500 Unidades Impositivas Tributarias del ejercicio en curso. Leer más

Urbanizaciones en regla | Vivienda proyecta modificar el reglamento de la ley de formalización de la propiedad informal

Este último sábado, 20 de setiembre del 2025, se publicó el proyecto de decreto supremo que modificará el Reglamento del Título I de la Ley N.° 28687, Ley de desarrollo y complementaria de formalización de la propiedad informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos, denominado «Formalización de la propiedad informal de terrenos ocupados por posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares», aprobado por el Decreto Supremo N.° 006-2006-Vivienda, y su exposición de motivos, en la sede digital del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (www.gob.pe/cofopri). La publicación se realiza a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía dentro del plazo de quince días calendario, contado desde el 21 de setiembre del 2025. Será el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal el encargado de recibir, sistematizar y analizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. [MVCS, R. M. 246-2025-Vivienda, 21/09/2025] Leer más

El nuevo TUPA de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla

La Municipalidad Metropolitana de Lima (MMML) ratificó los doscientos treinta y uno (231) derechos de trámite que corresponden a un total de doscientos veinticinco (225) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, registrados en el Sistema Único de Trámites (SUT) y aprobados en la Ordenanza N.° 399-2025-MDC por la Municipalidad Distrital de Cieneguilla. [MML. Ac. 202, 19/09/2025] Leer más

Abrir y cerrar el local | Chorrillos regula el horario de funcionamiento de los establecimientos y locales comerciales

La Municipalidad Distrital de Chorrillos (MDCH) publica esta ordenanza que resulta aplicable a los establecimientos comerciales, industriales y/o de servicios que cuenten con licencia de funcionamiento definitiva emitida y para los que la obtengan a la publicación de la presente ordenanza. La norma regula el horario de funcionamiento de los establecimientos y locales comerciales autorizados dentro del distrito, que aplicará para las Licencias de Funcionamiento y Certificados de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (ITSE) autorizadas. La ordenanza también contempla la autorización de ampliación de horario de licencia de funcionamiento, que será otorgada mediante acto administrativo (resolución subgerencial) previa evaluación de cumplimiento de los requisitos establecidos en la norma y la otorgará la Subgerencia de Comercialización y Licencias. En el caso de establecimientos comerciales en general, por ejemplo, el horario regular se establece desde las 06:00 a 23:00 horas. [MDCH, Ord. 526-MDCH, 19/09/2025] Leer más

Cálculos correctos | Espacio libre hacia la vía pública como parte de la fachada no es pozo de luz

Vivienda | Opinión Vinculante. La definición y cálculo del pozo de luz en edificaciones que establecen la normas técnicas G.040 y en el artículo 19 de la A.010 del Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE) pueden vincularse con lo desarrollado el Informe Técnico Legal N.° 011-2019-Vivienda-VMVU-DGPRVU-DV-JHA-AMBR (Ver información relacionada). Un pozo de luz en una edificación tiene como función dotar a los ambientes circundantes de iluminación y ventilación natural y su cálculo se realiza en función de la altura del paramento más bajo que lo conforma. Asimismo, la Norma Técnica G.040 «Definiciones» del RNE define el paramento exterior como un elemento de cierre que define los límites de la edificación y la separa del ambiente exterior no techado. De esta manera, para el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), «cuando se proyecte en una edificación, un espacio o área libre que da hacia la vía pública y forman parte de la fachada hacia la vía pública, no es de aplicación el artículo 19 de la Norma Técnica A.010 del RNE, al presentar un lado libre que cumple con la finalidad dotar iluminación y ventilación natural a los ambientes circundantes, cuyas dimensiones serán sustentadas por el proyectista» (sic). En palabras cortas, la autoridad de vivienda concluyó que, en caso una edificación presente espacio(s) o área(s) libre(s) hacia la vía pública como parte de su fachada, entonces, tal(es) área(s) no se considera(n) como pozo de luz; por ello, no resultan aplicables las dimensiones indicadas en el artículo 19 de la Norma Técnica A.010 del RNE. (Director General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo. Hernán Navarro Franco) [MVCS, Inf. Téc. Leg. 120-2019-Vivienda-VMVU-DGPRVU-DV-JHA-AMBR, 24/09/2019] Leer más

Más de mil espacios | Estacionar en Surco costará S/ 0,60 por 30 minutos

La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) decidió ratificar la Ordenanza N.° 722-MSS de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MDSS) que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en zonas urbanas del distrito. Este servicio se prestará en 1 617 espacios, de lunes a domingo, en el horario de lunes a domingo de 08:30 a 22:30 horas, con la tasa de S/ 0,60 por 30 minutos. Según el artículo octavo de la ordenanza, están exonerados al pago de la tasa: Leer más

Con plazos graduales de implementación | El reglamento de la ley que promueve el uso de la inteligencia artificial

Mediante decreto supremo, el Ejecutivo oficializa el reglamento de la Ley N.° 31814, Ley que promueve el uso de la inteligencia artificial en favor del desarrollo económico y social del país, que consta de seis (06) títulos, treinta y seis (36) artículos y seis (06) disposiciones complementarias finales. La implementación y la sostenibilidad de las acciones involucradas en el presente decreto supremo y el reglamento aprobado se financian con cargo a los presupuestos institucionales de los pliegos involucrados sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Según se establece, para las entidades públicas, las disposiciones contenidas en el artículo 25 y el Capítulo I del Título VI se implementan de forma gradual, conforme con los siguientes plazos: Leer más

Una posesión interrumpida implica el fin de la posesión

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