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Máximo de cinco pisos | Lince establece un solo procedimiento para regularizar edificaciones sin licencia

El objetivo de esta ordenanza de la Municipalidad Distrital de Lince (MDL) es establecer disposiciones específicas para que, a través de un solo procedimiento, los administrados del distrito puedan obtener su licencia de edificación vía regularización de obras que hayan sido ejecutadas sin licencia de edificación, desde el 18 de setiembre del 2018 hasta el 31 de diciembre del 2023, así como la respectiva conformidad de obra y declaratoria de edificación sin variaciones, siempre que la construcción tenga un máximo de cinco (05) pisos sin incluir la azotea o su equivalente en metros lineales, siempre que cumplan con las disposiciones técnicas y reglamentarias aplicables a cada caso. Leer más

Todo numerado | Lince fija tres procedimientos para obtener el certificado de jurisdicción, de numeración y de nomenclatura vial

Con la dación de esta ordenanza, la Municipalidad Distrital de Lince (MDL) dispone la creación de tres procedimientos administrativos: certificado de jurisdicción; asignación de numeración municipal para inmuebles edificados con declaratoria de fábrica o con licencia anteriores a la Ley N.° 29090; y saneamiento catastral de predios para fines registrales, notariales y otros; así como, la creación de dos servicios prestados en exclusividad: certificado de nomenclatura vial y certificado de numeración para inmuebles edificados con declaratoria de fábrica o con licencia anteriores a la Ley N.° 29090. Así, esta ordenanza establece la descripción, los criterios técnicos, los requisitos, los plazos de atención, el silencio administrativo, la base legal de cada uno de los procedimientos administrativos y los servicios prestados en exclusividad. El artículo sexto de la norma municipal precisa, por ejemplo, que los requisitos para obtener el certificado de jurisdicción serán los siguientes: Leer más

Se actualiza el catastro | San Bartolo lanza su programa de descuentos para regularizar edificaciones sin licencia

Con la publicación de esta ordenanza, la Municipalidad Distrital de San Bartolo (MDSB) establece un procedimiento especial y simplificado dentro de un periodo extraordinario para aquellas edificaciones ejecutadas sin licencia, para que puedan regularizar y cumplir con las normas técnicas de edificación y habilitación urbana. Con ello, la comuna incentiva la formalización de las edificaciones existentes, lo que le permitirá actualizar y contar con una información veraz del catastro, crecimiento y orden urbano del distrito. La norma se aplica para las obras que hayan sido efectuadas sin licencia a partir del 1 de enero del 2017 hasta el 31 de diciembre del 2023, también se podrán acoger a lo dispuesto todas las viviendas que cuenten con obra nueva, ampliación, modificación y remodelación (culminadas y/o con casco habitable). Según el artículo décimo de la ordenanza, los trámites se realizarán con los siguientes descuentos: Leer más

Trámites actualizados | El nuevo TUPA de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco

Se ratificó los doscientos veinticuatro (224) derechos de trámite que corresponden a un total de doscientos veinte (220) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad listados en el Anexo A adjunto al presente acuerdo, registrados en el Sistema Único de Trámites (SUT) y aprobados en la Ordenanza N.° 704-MSS por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MDSS); luego de verificar que su establecimiento se ha efectuado de conformidad con la normativa vigente, en tanto responden al costo en el que incurre la municipalidad distrital en la prestación del servicio. Esto incluye el procedimiento estandarizado denominado: “acceso a la información pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control» y sus derechos de trámite no se encuentran incluidos en el listado de procedimientos, debido a que no requieren la aprobación ni la ratificación, según el numeral 44.7 del artículo 44 de la Ley N.° 27444. El presente acuerdo ratificatorio, para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación, incluyendo el texto de la Ordenanza N.° 704-MSS, en el Diario Oficial «El Peruano». [MDSS, Ac. de Concejo 322 – Ord. 704-MSS, 27/09/2024] Leer más

Simplificación registral | Saneamiento físico legal automático para zonas arqueológicas declaradas Patrimonio Cultural de la Nación

El Gobierno aprobó un marco normativo para implementar el saneamiento físico legal automático para zonas arqueológicas declaradas Patrimonio Cultural de la Nación, a efectos de facilitar la inversión pública o privada, y facilitar su conservación, restauración y puesta en valor. Según este decreto legislativo, el saneamiento físico legal automático comprende al conjunto de actos y actuaciones a cargo del Ministerio de Cultura (Mincul) destinados a lograr, de manera simplificada, que se inscriba en el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) la situación real y los derechos reales que ejerce el Estado sobre dichos bienes. El saneamiento físico legal automático se realiza, independientemente, de si el bien inmueble prehispánico se ubica dentro de un predio de propiedad pública, privada o comunal. Son etapas de este procedimiento las siguientes: Leer más

Fin a la bulla | San Isidro calibrará y certificará sus sonómetros también en laboratorios acreditados por el Inacal

En el marco de lo dispuesto por la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) en la Ordenanza N.° 2419-2021, para la prevención y control de la contaminación sonora, y por lo dispuesto por su artículo 43 (referido a la calibración y certificación de equipos); la Municipalidad Distrital de San Isidro (MDSI) señala que se están presentando problemas en la calibración de los sonómetros ante el propio Instituto Nacional de Calidad (Inacal), por las reglas y plazos que maneja esta última entidad en la atención de los trámites respectivos; pues se tiene, en muchos casos, solo un margen de 24 horas para el cumplimiento de los requerimientos. En ese sentido, aprueba la modificación del numeral 6.1 del artículo 6° (De las mediciones del nivel de presión sonora) de la Ordenanza N.° 530-MSI, a efectos de que la comuna pueda realizar calibrar los sonómetros ante laboratorios acreditados por la Dirección de Acreditación Inacal u organismos acreditados signatarios de Acuerdos de Reconocimiento Mutuo de APLAC o ILAC o EA o IAAC. [MSI, Ord. 604-MSI, 22/09/2024] Leer más

Capeco, FTCCP y el MTPE trabajarán los temas sociolaborales de interés general y de alcance nacional

El Gobierno dispuso la creación de un grupo de trabajo de naturaleza temporal y dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), denominado «Mesa de trabajo entre la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú – FTCCP, la Cámara Peruana de la Construcción – Capeco, y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo», cuyo objeto será abordar y articular los planteamientos de la federación y Capeco, referidos a temas sociolaborales de interés general y alcance nacional. Según la norma, el grupo de trabajo podrá invitar a participar en sus sesiones, en calidad de invitados, a representantes de otras instituciones públicas y privadas, así como a profesionales especializados para que colaboren con el cumplimiento de su objeto. Este grupo tiene una vigencia de treinta días hábiles contados a partir de su instalación. Cumplido dicho plazo, deberá presentar un informe final con las recomendaciones pertinentes. [MTPE, R. M. 000146-2024-TR, 21/09/2024] Leer más

Hasta fin de año se trabajará el horizonte de la Política Nacional Multisectorial de Saneamiento al 2050

El Ejecutivo modificó los artículos 1° (Formalización del inicio del proceso de actualización de la Política Nacional de Saneamiento a Política Nacional Multisectorial de Saneamiento al 2050), 2° (Creación del Grupo de Trabajo Multisectorial), 4° (Funciones del Grupo de Trabajo Multisectorial) y 8° (Periodo de Vigencia) de la Resolución Ministerial N.° 465-2023-Vivienda, que formaliza el inicio del proceso de actualización de la Política Nacional de Saneamiento a Política Nacional Multisectorial de Saneamiento al 2038, y que crea el grupo de trabajo multisectorial denominado «Grupo de trabajo multisectorial encargado de actualizar la Política Nacional de Saneamiento a Política Nacional Multisectorial de Saneamiento al 2038». Según los cambios, por ejemplo, el grupo de trabajo se crea con el objeto de evaluar la Política Nacional de Saneamiento actualmente vigente y su actualización a Política Nacional Multisectorial de Saneamiento al 2050; además, este grupo tiene vigencia hasta el 31 de diciembre del 2024 para presentar la propuesta de Política Nacional Multisectorial de Saneamiento al 2050. [MVCS, R. M. 351-2024-Vivienda, 21/09/2024] Leer más

El Gobierno acelera la evaluación de las licencias, del uso del derecho de vía y del uso de área acuática

Ante las demoras sustantivas en la evaluación de los expedientes reingresados para la emisión de licencias, autorizaciones de uso del derecho de vía y derechos de uso de área acuática, el Gobierno dicta este decreto legislativo, norma con la que dispone la disminución de los plazos de los pronunciamientos de las entidades a cargo de su evaluación, específicamente lo relacionado con la revisión en el levantamiento de observaciones. Este decreto, que entrará en vigencia en forma progresiva, señala en su artículo tercero lo siguiente: Leer más

Trigésima quinta convocatoria | Diecinueve bonos de arrendamiento para Arequipa

Se aprobó la trigésima quinta convocatoria del año 2024 para el otorgamiento de diecinueve bonos de arrendamiento de vivienda para emergencias, dirigida a igual número de potenciales beneficiarios constituidos por los damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables debido a las intensas precipitaciones pluviales. Las viviendas se ubican en varios distritos de algunas provincias del departamento de Arequipa, en el marco de los estados de emergencia declarados por el Decreto Supremo N.° 005-2024-PCM, prorrogado mediante el Decreto Supremo N.° 033-2024-PCM y por los decretos supremos números 020-2024-PCM y 031-2024-PCM. Para la presente el valor del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias es de S/ 500.00 (quinientos y 00/100 soles) y se otorga con periodicidad mensual, por el plazo máximo de hasta dos años, para el arrendamiento de una vivienda ubicada en el departamento de Arequipa. La relación de potenciales beneficiarios se publicará mañana en el Diario Oficial El Peruano y en las sedes digitales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda) y del Fondo Mivivienda S.A. (www.mivivienda.com.pe). [MVCS, R. M. 346-2024-Vivienda, 19/09/2024] Leer más