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Fe de erratas de los anexos del Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario y de Riego

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Bayóvar, Callao, Chancay, Salaverry, Iquitos… | Once puertos podrán emitir certificaciones sanitarias

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La Resolución Ministerial N.° 625-2009/Minsa designó a los puertos de Paita, Salaverry, Pisco, Matarani, Ilo, Chimbote y Callao como puertos marítimos internacionales autorizados para emitir certificaciones sanitarias de acuerdo con lo que estipula el Reglamento Sanitario Internacional (RSI), adoptado en la 58a Asamblea Mundial de la Salud de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el 23 de mayo de 2005. Ahora, el Ministerio de Salud deroga la resolución citada para autorizar a los puertos de Bayóvar, Callao, Chancay, Chimbote, Ilo, Matarani, Paita, Pisco, Salaverry, San Nicolás e Iquitos, como puertos internacionales para emitir certificaciones sanitarias de acuerdo con lo estipulado en el RSI. Estos puertos se encuentran habilitados para lo siguiente: Leer más

El sujeto no domiciliado debe inscribirse en el RUC para solicitar la devolución de un pago indebido a la Sunat

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De acuerdo con el marco jurídico de la tributación del Impuesto a la Renta de sujetos no domiciliados, el contribuyente es la empresa no domiciliada que genera rentas de fuente peruana y el agente de retención es el sujeto domiciliado que debe detraer el impuesto por pagar al fisco. Leer más

Los métodos del artículo 63 de la LIR no se aplican a la venta de departamentos en planos

Tribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. En el ejercicio fiscalizado (2010) la recurrente del caso recibió anticipos por la venta de bienes inmuebles futuros (departamentos) construidos por ella. La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) señaló que no correspondía que los gastos de venta relacionados con los departamentos en construcción se deduzcan en el ejercicio fiscalizado sino que estos, al igual que los ingresos y costos vinculados a las obras de construcción, debían ser diferidos conforme con lo dispuesto por el inciso c) del artículo 63 de la Ley del Impuesto a la Renta (LIR), por lo que procedió a repararlos. Leer más

Impulsa la selva | El Congreso precisa los requisitos y las excepciones aplicables a la zona amazónica del país

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El MEF cumple con publicar la lista de mercancías sensibles al fraude

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) cumplió con publicar el anexo del Decreto Supremo N.° 106-2024-EF, decreto publicado el 16 de junio del 2024, que aprueba nuevas disposiciones relativas al método para determinar el monto de percepción del Impuesto General a las Ventas tratándose de la importación de bienes considerados mercancías sensibles al fraude. [MEF, Anexo – D. S. 106-2024-EF, 18/06/2024]

Los activos fijos con costo unitario menor a 1/4 de la UIT que funcionan de forma conjunta no pueden ser deducidos como gasto

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Los informes técnicos emitidos con posterioridad al ejercicio acotado sustentan las mermas si la metodología y las pruebas se realizaron en el ejercicio del reparo

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El Anexo N.° 2 del reglamento del IR | Así se informará el uso de un método distinto al del precio comparable no controlado en operaciones de exportación o importación

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Los productos considerados en la CRF 2 quedan nuevamente incluidos en los requisitos fitosanitarios generales para tránsito internacional

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El Gobierno dispuso la modificación del literal B de los «requisitos fitosanitarios generales para tránsito internacional de granos considerados en la CRF 3 y productos considerados en la CRF 22, aprobados por la Resolución Directoral N.° 0016-2017-Minagri-Senasa-DSV. Con la modificación, ahora contará con la copia del certificado fitosanitario oficial del país de origen y/o procedencia para los granos considerados o clasificados en la CRF 3 y para los productos considerados o clasificados en la CRF 2 que establezca, previa evaluación técnica y a través de resolución directoral, el órgano de línea competente del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa). Leer más