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Atención a las tablas de infracciones | El ingreso del terminal portuario Chancay modifica ampliamente la Ley General de Aduanas

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Como el «Terminal Portuario Multipropósito de Chancay» funcionará de manera integrada con otros puertos del país y con el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, como un «hub» logístico de la región, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) decidió simplificar las reglas aplicables al régimen de tránsito aduanero, en especial del terrestre, y potenciar los controles basados en la gestión del riesgo y el uso de tecnología de última generación. En esa línea, se modifican los artículos 116, 118, 120, 122, 123 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, que regulan lo relativo a la destinación al régimen de tránsito aduanero, la garantía exigible y los controles aplicables; así como, los artículos 150 y 151 del mismo cuerpo legal, para introducir precisiones respecto al traslado de mercancías a los almacenes aduaneros que se ubican fuera del terminal portuario o del terminal de carga aéreo o a los locales considerados zona primaria, a fin de simplificar el despacho aduanero, reducir los tiempos de atención y reforzar el control y la trazabilidad de la carga. Sin embargo, en tanto se implementen almacenes aduaneros dentro de la circunscripción de la Intendencia de Aduana de Chancay, se decide incorporar una disposición complementaria transitoria al Reglamento de la Ley General de Aduanas, para permitir a los almacenes aduaneros de la circunscripción de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao la recepción de carga de la circunscripción aduanera de la Intendencia de Aduana de Chancay, sin necesidad de contar con un local en esta circunscripción. Luego, se modifica el artículo 12 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, para permitir que la Administración Aduanera instale sistemas y dispositivos de control en los almacenes aduaneros. Por otro lado, el segundo párrafo del artículo 136 del Decreto Legislativo N.° 1053, Ley General de Aduanas, permite que las declaraciones numeradas bajo la modalidad de despacho anticipado sean rectificadas dentro del plazo de quince días calendario siguientes a la fecha del término de la descarga sin la aplicación de multa, salvo en los casos establecidos en el reglamento; en ese contexto legal, se modifica el artículo 195 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, para establecer otros casos en los que no se exima la aplicación de la sanción de multa que contempla el artículo 136 del referido reglamento, debido a su relevancia para la gestión de riesgo y el control aduanero. Leer más

El «Pacto por el Acero» | Colombia establece arancel del 30 % a importaciones de acero sin acuerdos comerciales

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El Gobierno de Colombia lanzó el «Pacto por el Acero», una iniciativa diseñada para fortalecer la industria siderúrgica en dicho país, haciéndola más competitiva y sostenible. Este pacto busca establecer una planta de producción de aceros planos con tecnologías limpias y de alto valor agregado, lo que impulsará los encadenamientos productivos y generará nuevos empleos. Con esta medida se pretende posicionar a Colombia como un referente en la producción de acero y mejorar sus perspectivas de exportación a largo plazo. Una de las primeras acciones es la expedición del Decreto 1294 del 2024, que establece un gravamen del 30 % sobre las importaciones de alambrón de hierro o acero provenientes de países con los cuales Colombia no tiene acuerdos comerciales, con lo que se busca contrarrestar el impacto negativo de estas importaciones, que han afectado gravemente a la industria local debido a sus precios bajos y su creciente participación en el mercado nacional. Leer más

Deudas hasta el 2023 | Hasta diciembre se podrá acceder al fraccionamiento tributario especial y bonos de descuentos sobre intereses y multas adeudados

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) precisó que los contribuyentes podrán acogerse hasta el 20 de diciembre del 2024 al mecanismo extraordinario y temporal denominado «Fraccionamiento especial de la deuda tributaria administrada por la Sunat», que comprende las deudas acumuladas hasta fines del año pasado, y contará con un bono de descuento que se aplicará sobre los intereses y las multas. En fecha pasada, mediante Decreto Supremo N.° 184-2024-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el reglamento que establece las disposiciones necesarias para la puesta en marcha del fraccionamiento especial; en tanto que, mediante Resolución de Superintendencia N.° 000206-2024-Sunat, ahora la Sunat estableció las características de la solicitud de acogimiento. El mecanismo está dirigido a personas naturales y empresas, con excepción de quienes tienen sentencias vigentes por delitos tributarios o aduaneros, o se encuentran bajo la ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos, entre otros casos. Este nuevo mecanismo, creado mediante el Decreto Legislativo N.° 1634, permitirá que los contribuyentes puedan cumplir con el pago de su deuda tributaria correspondiente al Impuesto a la Renta (IR), Impuesto General a las Ventas (IGV), Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), Impuesto de Promoción Municipal (IPM), Impuesto Especial a la Minería (IEM) y los derechos arancelarios. Se incluye los saldos por fraccionamientos anteriores, aplazamientos, así como también deudas tributarias impugnadas y/o en cobranza coactiva. Asimismo, el beneficio no aplicará para las deudas en procesos concursales, de tributos retenidos y aportaciones a ESSALUD y a la ONP, las impugnadas con resolución judicial firme o en calidad de cosa juzgada ni a los recargos aduaneros. En este fraccionamiento especial y temporal, los contribuyentes pueden optar entre tres formas de pago: Leer más

El 2026 se eliminará | El Gobierno anuncia la reducción del «drawback»

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Magdalena del Mar mantendrá hasta el 2025 el mismo costo por liquidación de impuestos para los vecinos

En fecha pasada, mediante Acuerdo de Concejo N.° 400-2022, la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (MDMM) ratificó la Ordenanza N.° 141-2022-MDMM, que establece el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores de la declaración jurada y liquidación del Impuesto Predial y arbitrios municipales y distribución para el Ejercicio 2023, que fue prorrogada para el ejercicio 2024, a través de la Ordenanza N.° 195-2023-MDMM. Esta última ordenanza fijó el monto anual de S/ 5,65 (cinco con 65/100 soles) que abonarán los contribuyentes por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores de la declaración jurada y liquidación del Impuesto Predial y arbitrios municipales y distribución correspondiente al ejercicio fiscal 2024, para la jurisdicción del distrito de Magdalena del Mar. Ahora, como las condiciones de esta ordenanza no han sufrido variaciones sustanciales, en tal sentido, la comuna decide prorrogarla para el ejercicio fiscal 2025. [MDMM, Ord. 243-2024-MDMM, 13/10/2024] Leer más

Modalidades de pago | El reglamento de ley sobre fraccionamiento especial de deuda tributaria

Este viernes 11 de octubre del 2024, el Poder Ejecutivo (PE) aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1634, que aprueba el fraccionamiento especial de la deuda tributaria administrada por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). Se trata del Decreto Supremo N.° 184-2024-EF, publicado este viernes en la Edición Extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial «El Peruano». El reglamento contempla temas como la imputación de los pagos efectuados por las cuotas del fraccionamiento especial en las modalidades de pago sumario y de pago fraccionado, las deudas materia de acogimiento, medidas a tomar en caso de incumplimiento de pago, entre otros. Así, según la norma, se considera como deuda tributaria materia de acogimiento al fraccionamiento especial bajo el siguiente detalle: Leer más

El TF describe los beneficios y riesgos del Incoterm CFR

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Edición extraordinaria: Magdalena del Mar modifica la provisión de estacionamientos de bicicletas en sus áreas de tratamiento

Se dispuso modificar el artículo segundo de la Ordenanza N.° 166-2023-MDMM, y su modificatoria, que regula la provisión de estacionamientos en las áreas de tratamiento normativo II y III del distrito de Magdalena del Mar. El nuevo texto establece, entre otros, el número de estacionamientos para bicicletas que forman parte de las áreas comunes de las edificaciones multifamiliares, conjuntos residenciales y/o de uso colectivo. La municipalidad ratifica en todos sus extremos el contenido de los artículos de la referida ordenanza no modificados por medio del artículo precedente. Se encarga a la Gerencia de Desarrollo Territorial e Infraestructura, a la Subgerencia de Desarrollo Territorial, así como a todos los órganos y unidades orgánicas competentes, el cabal cumplimiento de la presente norma. [MDMM, Ord. 244-2024-MDMM, 10/10/2024] Leer más

Toda importación de plantas de arándano desde España deberá superar requisitos fitosanitarios obligatorios

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El Ejecutivo establece, entre otros, los siguientes requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de plantas de arándano (Vaccinium spp.) de origen y procedencia del Reino de España:

«1. El envío deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa), obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen y procedencia. Leer más

Es posible deducir pérdidas extraordinarias con una denuncia policial de otro ejercicio por el mismo delito

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La Corte Suprema (CS) admite la deducción de gastos por pérdidas extraordinarias (hurto de energía eléctrica) cometido en contra del contribuyente, sin que se haya probado judicialmente el hecho delictuoso o acreditado que era inútil ejercitar la acción judicial en el ejercicio fiscalizado. La Corte Suprema resalta la conclusión del Colegiado Superior en el sentido de que resulta lógico y razonable la deducción por pérdidas extraordinarias de energía eléctrica al determinarse con claridad que existen casos donde no es posible identificar a los responsables de la comisión del delito, pues resulta inútil el ejercicio de la acción judicial. Leer más