Entradas

Se alista la vigencia del Régimen de Garantía Mobiliaria | Sunarp modifica el Reglamento de Inscripciones del Registro Público de Aeronaves

El Decreto Legislativo N.° 1400 aprobó el Régimen de Garantía Mobiliaria y el Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias; sin embargo, este decreto se encuentra en vacatio legis hasta que se disponga el funcionamiento de la base de datos del Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias (SIGM). Ahora, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) realiza las adecuaciones normativas al Reglamento de Inscripciones del Registro Público de Aeronaves con las que establece normas que resulten compatibles y que permitan una adecuada inscripción registral considerando la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N.° 1400. Desde el campo legal, la Superintendencia modifica los artículos 1° (Disposiciones aplicables al Registro Público de Aeronaves), 2° (Registros que comprende el Registro Público de Aeronaves), 3° (Naturaleza jurídica de la aeronave), 8° (Organización de la partida en la inscripción de los contratos de utilización de aeronaves), 36 (Formalidad de los actos susceptibles de inscripción), 66 (Extinción de inscripciones) y el epígrafe del Título IV (Contratos de utilización de aeronaves), así como los artículos 67 (Alcances de los contratos de utilización de aeronaves), 68 (Formalidad de los actos susceptibles de inscripción), 74 (Documentos que dan mérito a la inscripción del contrato de intercambio de aeronaves) y 77 (Actos susceptibles de anotación preventiva); además, incorpora la Sexta Disposición Transitoria y Final (Cancelación de garantías mobiliarias) y la Única Disposición Complementaria y Final (De los actos inscribibles en el Registro Público de Aeronaves a la entrada en vigencia del Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias). Luego, deroga los artículos 45, 46, 47, 48, 52, 53, 63, 64 y 65 del Reglamento de Inscripciones del Registro Público de Aeronaves, aprobado por la Resolución N.° 360-2002-Sunarp-SN. Los cambios entrarán en vigencia a partir del día hábil siguiente del funcionamiento de la base de datos del Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias (SIGM). [Sunarp, R. 00030-2024-Sunarp-SN, 8/03/2024]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Modifican el Reglamento de Inscripciones del Registro Público de Aeronaves

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17785.

Entidad: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica e incorpora artículos al Reglamento de Inscripciones del Registro Público de Aeronaves aprobado por la Resolución N.° 360-2002-Sunarp/SN.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 9 de marzo del 2024.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Resolución N.° 360-2002-Sunarp-SN, que aprueba el Reglamento de Inscripciones del Registro Público de Aeronaves.

* Decreto Legislativo N.° 1400, que aprueba el Régimen de Garantía Mobiliaria.

Información relacionada: ninguna.

La viabilidad del SID-Sunarp obliga a modificar el TUO del Reglamento de los Registros Públicos y otros cuatro reglamentos

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) implementó el servicio denominado Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp) que, entre otros, permite a los despachos notariales del país la generación, presentación, tramitación e inscripción de un título conformado por documentos electrónicos con firma digital, e incluye la posibilidad de efectuar el pago únicamente de los derechos registrales de calificación e inscripción a efectos de prestar el servicio público en un entorno seguro y eficiente (Cfr., Resolución N.° 120-2019-Sunarp-SN, que aprueba la Directiva DI-002-SNR-DTR). En ese marco, el Decreto Legislativo N.° 1232 incorporó la Décimo Tercera Disposición Complementaria, Transitoria y Final al Decreto Legislativo N.° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, para establecer que, a partir del primero de febrero del 2016, los partes notariales, que contienen actos inscribibles en el Registro de Mandatos y Poderes de la Zona Registral N.° IX – Sede Lima, se expiden en formato digital y se presentan a través de la plataforma informática administrada por la Sunarp; asimismo, precisó que dicha oficina no admitirá, bajo responsabilidad, la presentación del parte notarial en soporte papel a partir de la fecha en que entró en vigencia. Leer más

El plazo para pagar los derechos registrales del parte consular electrónico sobre otorgamiento de poder se extiende a 45 días calendario

En el marco del trabajo articulado entre el Ministerio de Relaciones Exteriores (RR.EE.) y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), se publicó la Resolución N.° 220-2023-Sunarp-SN en el Diario Oficial «El Peruano» el 22 de diciembre del 2023. Esta norma autorizó la presentación electrónica del acto de otorgamiento de poder emitido con firma digital del funcionario consular para su inscripción en el Registro de Mandatos y Poderes; asimismo, estableció, entre las disposiciones para la presentación electrónica, que el pago de derechos registrales se realice dentro de los quince días calendario contados desde el envío de la solicitud de inscripción del consulado a través del servicio de interconexión con la Sunarp; esto es, para la generación del asiento de presentación y el consecuente inicio del procedimiento de inscripción. Leer más

Más salas interactivas | Centro digital de servicios «Clic Sunarp» para usar bien los servicios registrales

El desarrollo del proceso de modernización integral para asegurar la mejor calidad en la prestación de sus servicios lleva a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) a disponer que las oficinas registrales implementen progresivamente centros digitales de servicios para los ciudadanos, bajo la denominación: «Clic Sunarp», que se configuran como salas interactivas debidamente acondicionadas y equipadas con tecnología para que el ciudadano asuma un rol activo en su uso, servicio que se presta de manera inmediata y que genera valor público. Este centro, que comprende la orientación correspondiente, entrará en vigencia desde el 6 de febrero del 2024. Leer más

Accede al registro, accede al mercado | Tasa registral preferencial de cinco soles para inscribir los predios de zonas más pobres

El Ministerio de Justicia y de Derechos Humanos (Minjusdh) establece una tasa registral preferencial, para promover y facilitar la inscripción de la propiedad inmueble y otorgar seguridad jurídica a través de las inscripciones en el Registro de Predios, para proteger el derecho de propiedad adquirido respecto a predios ubicados en los distritos más pobres del Perú que no han podido acceder al registro ni a la posibilidad de acceder a la inyección de capital mediante el acceso a créditos en el sistema financiero. Leer más

Fe de erratas: esta es la nomenclatura correcta de la directiva que regula el procedimiento de asignación del Código Único Catastral

A solicitud de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), se publicó la fe de erratas de la Resolución N.° 01-2023-SNCP-CNC, que aprueba la Directiva que regula el procedimiento de asignación, administración, uso y gestión del Código Único Catastral y anexos respectivos, publicada en la edición del día 31 de diciembre del 2023. La corrección se realiza para precisar que la denominación es «Directiva DI-01-2023-SNCP-CNC que regula el procedimiento de asignación, administración, uso y gestión del Código Único Catastral y anexos respectivos» (sic). [Sunarp, Fe de Erratas – R. 01-2023-SNCP-CNC, 12/01/2024] Leer más

Una excepción más al SID-Sunarp, la presentación del título suficiente para cancelar una hipoteca representada por un título de crédito hipotecario negociable

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) resolvió establecer, inicialmente, que determinados actos inscribibles contenidos en partes y solicitudes notariales, se expidan utilizando la tecnología de firmas y certificados digitales a efectos de que se tramiten exclusivamente por el SID-Sunarp y mediante la Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 039-2023-Sunarp-SN se aprobó sistematizar, consolidar y regular en un solo cuerpo normativo las disposiciones que incorporan actos inscribibles con intervención notarial para su presentación y tramitación por el SID-Sunarp. Leer más

Información

Todo seguro y directo al buzón de correo | Se impone la notificación electrónica de los actos que expide Sunarp

Con la finalidad de otorgar celeridad a los procedimientos de notificación y considerando que se cuenta con la disponibilidad tecnológica para asignar casillas electrónicas a los administrados, la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp) dispone la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos administrativos, actuaciones administrativas y servicios prestados en exclusividad por la Sunarp. Leer más

Se aplica por mandato legal | La prórroga dispuesta durante la pandemia para las licencias de edificación no requiere de pronunciamiento expreso de la municipalidad competente

Tribunal Registral | Propiedad Inmueble. ¿Para aplicar la prórroga dispuesta por el D. Leg. 1469 de la vigencia de las licencias de edificación se requiere de pronunciamiento de la municipalidad competente? Según la parte recurrente, no; según la registradora del caso, sí. Y a juicio del Tribunal Registral (TR), la prórroga dispuesta por el citado decreto no requiere de pronunciamiento expreso de la municipalidad competente, pues se aplica por mandato legal. Así, en el presente caso, entre los puntos cuestionados por la registradora pública, por ejemplo, se precisa que las resoluciones que otorgan la licencia de edificación, así como la licencia de revalidación, se encuentran vencidas a la fecha de la presentación del título, por lo tanto, solicita el pronunciamiento de la municipalidad a fin de validar las prórrogas otorgadas por el D. Leg. N° 1469. Leer más

La nueva directiva de la Sunarp para la asignación, administración, uso y gestión del Código Único Catastral

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) oficializó la Directiva N.° DI-01-SNCP-CNC, que regula el procedimiento de asignación, administración, uso y gestión del Código Único Catastral y anexos respectivos. Con esto, deroga en parte la Directiva N.° 001-2006-SNCP-CNC, al mantener vigente únicamente el anexo concerniente a los ocho primeros dígitos del Código Único Catastral. Además, deroga lo dispuesto en la Directiva N.° 001-2010-SNCP-CNC, que aprueba la Guía del Código Único Catastral (CUC); los artículos 1°, 2°, y 6° de la Resolución N.° 04-2010-SNCP-CNC y anexos; así como la Resolución N.° 07-2012-SNCP-CNC, que aprueba el Formato de Plano Catastral en Zona No Catastrada y su instructivo. Leer más