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Ninguna municipalidad puede imponer la necesidad de tramitar un certificado de conformidad ambiental para empresas de almacén y depósito de insumos químicos

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La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi declaró barrera burocrática ilegal el artículo 4°, concordado con el numeral 8.5 del artículo 8°, el artículo 14 y el artículo 3° de la Ordenanza Municipal N.° 0061-2008-MPC, que reguló el procedimiento para la obtención del certificado de conformidad ambiental. Para la autoridad administrativa del Indecopi, (i) la exigencia de contar con un certificado de conformidad ambiental emitido por la Municipalidad Provincial del Callao para realizar actividades de almacén y depósito de insumos químicos; (ii) la exigencia de cumplir con las obligaciones contenidas en los certificados de conformidad ambiental; y, (iii) la exigencia de renovar anualmente el certificado de conformidad ambiental, constituyen barreras burocráticas ilegales pues, de acuerdo con los artículos 79 y 80 de la Ley Orgánica de Municipalidades (N.° 27972) y con el artículo 46 del reglamento de la Ley N.° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 008-2005-PCM; las facultades de la municipalidad se limitan a la aprobación de instrumentos de gestión ambiental de prevención y control, así como la regulación sobre cómo las municipales distritales fiscalizan en materia ambiental; sin embargo, estas competencias no la habilita para exigir, mediante un procedimiento administrativo de parte, la obtención de un certificado de conformidad ambiental para verificar el cumplimiento de la normativa ambiental, cuando en realidad tal función debería ser realizada mediante actuaciones de oficio. [Indecopi, R. 0237-2022/SEL-Indecopi, 19/08/2022] Leer más

El Gobierno Regional de La Libertad regula el traslado, transporte y comercialización de minerales y/o subproductos dentro del ámbito de la pequeña minería y minería artesanal

El Gobierno Regional de La Libertad publicó esta ordenanza regional que establece disposiciones para regular el traslado, transporte y comercialización de minerales y/o subproductos dentro del ámbito de la pequeña minería y minería artesanal en la región liberteña. La norma, que es de obligatorio cumplimiento para toda persona natural o jurídica que traslade, transporte y comercialice minerales y/o subproductos en el ámbito de la Región La Libertad, exige, por ejemplo, que el minero informal que realice el traslado/transporte de mineral y/o subproducto acredite lo siguiente:

“1. Inscripción en el Reinfo en condición de vigente, a través de la visualización de la página web del Registro Integral de Formalización Minera (en adelante, Reinfo) del Ministerio de Energía y Minas, y/o Hoja impresa emitida y visada por la GREMH LL con una vigencia no mayor de treinta (30) días calendarios.

2. Guía de Remisión Remitente.

3. Guía de Remisión Transportista.

4. Otros documentos exigibles por la Ley General de Transportes.

La Guía de Remisión Remitente y de Transportista deben estar debidamente llenada de acuerdo a lo establecido por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (en adelante, la Sunat)” (sic). [GRL, Ord. 000011-2022-GRLL/CR, 18/8/2022] Leer más

Este es el reglamento de la ley que crea el bono de arrendamiento de vivienda para emergencias

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El Gobierno cumplió con aprobar el Reglamento de la Ley N.° 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias. El documento normativo está conformado por diez artículos y Una Disposición Complementaria Final. Su implementación se financiará con cargo al presupuesto institucional del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. En el marco de la autorización establecida en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 31526, el Ejecutivo dispone el otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias para el arrendamiento de una vivienda ubicada en cualquier departamento del país, a excepción del departamento de Pasco, a las veintidós familias que forman parte del Informe 45-2018-DENOTDGIESP/Minsa, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud. La relación de estas veintidós familias será elaborada por la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y formará parte de la resolución ministerial que aprueba la convocatoria. [MVCS, D. S. 008-2022-Vivienda, 18/08/2022]

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La ATU corrige los errores en su directiva de fiscalización del servicio de transporte urbano en Lima y Callao

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La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) publica la Fe de Erratas del Anexo 1 y del Anexo 2 de la Directiva N.° D-001-2020-ATU/DFS, Versión V02, «Directiva de fiscalización del servicio de transporte urbano en Lima y Callao», aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 150-2022-ATU/PE, publicada en la edición del día viernes 5 de agosto del 2022. Las correcciones recaen sobre el Formato del Acta de Fiscalización (no conforme) física y el Formato del Acta de Fiscalización (no conforme) emitida a través del Aplicativo Informático de Fiscalización. [ATU, Fe de Erratas Anexo – R. 150-2022-ATU/PE, 18/08/2022] Leer más

San Isidro multará hasta con 150 % de la UIT a quienes viertan aceites vegetales y aceites lubricantes usados en lugares no autorizados

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Con esta ordenanza, la Municipalidad Distrital de San Isidro (MSI) regula la gestión y el manejo de aceites vegetales usados y aceites lubricantes usados, que están comprendidos en las etapas de generación, recolección, almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final, asimismo, regula las descargas de efluentes de aceites usados en el sistema de alcantarillado, suelo y áreas verdes dentro del distrito. De acuerdo con esta norma, los generadores comerciales o de servicio garantizarán que los aceites vegetales usados sean entregados a la empresa operadora de residuos sólidos registrada ante el Ministerio del Ambiente (Minam) o asociación y/o organización de recicladores formalizados autorizados por la municipalidad, a quien, además, le presentarán, cuando lo solicite, la documentación que sustente la entrega de dichos residuos. En ninguna circunstancia los generadores verterán los aceites vegetales usados sobre cuerpos de agua superficiales, a la red de alcantarillado, suelo y áreas verdes del distrito. Leer más

MVCS autoriza transferencia financiera de hasta S/ 108 millones a favor del Fondo Mivivienda para el bono del buen pagador

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El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) autoriza la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, hasta por la suma de S/ 108 748 809,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Fondo Mivivienda S.A., destinada a la ejecución del bono del buen pagador. Asimismo, establece que el Fondo Mivivienda S.A. informará al MVCS los avances físicos y financieros de las actividades realizadas con esta transferencia, conforme con lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley N.° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, el Convenio N.° 005-2022-Vivienda y sus adendas. [MVCS, R. M. 221-2022-Vivienda, 18/08/2022] Leer más

El núcleo del negocio | El MTPE adapta el reglamento para sancionar infracciones en materia de intermediación y tercerización laboral

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dicta este decreto supremo para modificar e incorporar disposiciones al Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, aprobado por el Decreto Supremo N.° 019-2006-TR, en el marco de las modificaciones establecidas por el Decreto Supremo N.° 001-2022-TR. Desde el punto de vista legal, se modifica el numeral 34.7 del artículo 34 (Infracciones muy graves en materia de intermediación y tercerización laboral) del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, para señalar que, por ejemplo, es una infracción muy grave «usar la figura de tercerización laboral para el desarrollo de actividades que forman parte del núcleo del negocio». Se incorporan los numerales 33.5 y 33.6 al artículo 33 (Infracciones graves en materia de intermediación y tercerización laboral), los numerales 34.8 y 34.9 al artículo 34 (Infracciones muy graves en materia de intermediación y tercerización laboral) y la Undécima Disposición Final y Transitoria (Infracción muy grave en el marco de la vigencia de la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N.° 001-2022-TR) al reglamento citado. [MTPE, D. S. 015-2022-TR, 17/08/2022] Leer más

Guía para elaborar el Plan de preparación y respuesta ante epidemias o pandemias por empresas prestadoras de servicios de saneamiento

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El Sector Vivienda oficializa la «Guía para la elaboración del Plan de preparación y respuesta ante epidemias o pandemias por empresas prestadoras de servicios de saneamiento». Además, dispone que la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento implemente una estrategia de comunicación y difusión de esta guía. El Plan Nacional de Saneamiento 2022-2026, aprobado por la Resolución Ministerial N.° 399-2021-Vivienda, señala que en las últimas décadas se ha producido un incremento en la recurrencia y severidad de los desastres asociados a fenómenos de origen natural, incluyendo los que son asociados al cambio climático, y se han producido también eventos antrópicos, siendo que ambos tipos de fenómenos pueden representar peligros para la prestación de los servicios de saneamiento. [MVCS, R. M. 220-2022-Vivienda, 17/08/2022] Leer más

construcción

Ate actualiza la ordenanza que regula habilitaciones en lo concerniente a las secciones viales del Sector Catastral N.° 23 y parte de los sectores catastrales N.°s 24 y 26

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La Municipalidad Distrital de Ate (MDA) aprueba la actualización y modificación parcial del planeamiento integral correspondiente a la Ordenanza N.° 226-MDA, en lo que respecta al Sector Catastral N.° 23 y parte de los sectores catastrales N.°s 24 y 26, queda pendiente la actualización y modificación del sector de Pariachi, dado que el sector La Gloria ya cuenta con estudio urbano actualizado y modificado mediante la Ordenanza N.° 452-MDA. Asimismo, establece las nuevas secciones viales del Sector Catastral N.° 23 y parte de los sectores catastrales N.° 24 y 26 determinadas en el Plano signado N.° 004-2022-PI-GIU-SGPUC/MDA, el cual tendrá una vigencia de diez años conforme con lo establecido en el artículo 39, Capítulo V, Planeamiento Integral del Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE); también precisa que los componente viales del planeamiento integral están sujetos a los artículos 8°, 9°, 10 y 16 del Capítulo II – Diseño de Vías de la Norma GH.020 – Componentes de Diseño Urbano del RNE y a la topografía de la zona. A la Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones, la Sub Gerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad, la Sub Gerencia de Inversión Pública y demás áreas pertinentes se les encarga el cumplimiento de la norma, a fin de que se respete y actúe de acuerdo con las funciones referidas en el ROF municipal. [MDA, Ord. 579-MDA, 17/08/2022] Leer más

A partir del 29 de agosto, la emergencia sanitaria se prorrogará por 180 días más

Como persiste el riesgo del daño a la salud de las personas durante la actual cuarta ola de la pandemia de la COVID-19, el Ejecutivo prorrogó la emergencia sanitaria por 180 días calendario, a partir del 29 de agosto del 2022. Esta medida se toma mediante Decreto Supremo N.º 015-2022-SA, publicado en el Diario Oficial «El Peruano». Según el decreto, resulta importante reforzar las medidas de vigilancia epidemiológica para prevenir y controlar la transmisión del virus frente al alto riesgo de mortalidad para grupos poblacionales como los adultos mayores y personas con comorbilidades. [Minsa, D. S. 015-2022-SA, 16/8/2022] Leer más