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Cartilla actualizada «Factura comercial en la determinación del valor en aduana de las mercancías importadas»

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¿Cómo distinguir el objeto de análisis de un despido arbitrario por inconstitucional de un despido arbitrario de configuración legal?

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En un despido inconstitucional, define la Corte Suprema (CS), los presupuestos fácticos derivan de la creación jurisprudencial hecha por el Tribunal Constitucional (TC), «pues el objeto de análisis es determinar si con el despido se vulnera el contenido esencial del derecho al trabajo reconocido en el artículo 22 de la Constitución, que proscribe el despido sin causa (despido incausado o fraudulento), o si se vulnera un derecho fundamental inespecífico (despido lesivo). La diferencia con el despido arbitrario de configuración legal es evidente: en el despido lesivo de derechos fundamentales, el despido carece de legitimidad constitucional, mientras que en el despido arbitrario de configuración legal no está en juego el control de constitucionalidad de la decisión resolutoria, sino el control de la probanza de los supuestos del artículo 22 y 25 de la LPCL (…). Leer más

¿Cómo define la Suprema el trabajo en sobretiempo?

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Según entiende la Corte Suprema (CS), «el trabajo en sobretiempo puede definirse como aquellas horas trabajadas excediendo la jornada legal u ordinaria existente en un centro de labores, y por lo cual su remuneración merece un tratamiento especial. Los artículos 23 y 25 de la Constitución Política del Perú disponen lo siguiente: ‘Artículo 23. (…). Nadie está obligado a prestar trabajo sin retribución o sin su libre consentimiento. (…). Artículo 25. Jornada ordinaria de trabajo. La jornada ordinaria de trabajo es de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales, como máximo. En caso de jornadas acumulativas o atípicas, el promedio de horas trabajadas en el periodo correspondiente no puede superar dicho máximo. Los trabajadores tienen derecho a descanso semanal y anual remunerados. Su disfrute y su compensación se regulan por ley o por convenio (…)’. Leer más

Obligación de las agencias de aduanas para solicitar y conservar copia del balance general y estado de resultados

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Edición Extraordinaria: Ley de Vivienda de Interés Social

Se oficializó la Ley N.° 32379, Ley de Vivienda de Interés Social (VIS), que garantiza el derecho de acceder a una vivienda digna, adecuada y segura, y prioriza la atención de los ciudadanos en situación de pobreza o pobreza extrema o de vulnerabilidad social. La norma, publicada en una Edición Extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial «El Peruano», define a la Vivienda de Interés Social (VIS) como el tipo de vivienda promovida por el Estado para reducir el déficit habitacional cualitativo y cuantitativo. Incluye a la Vivienda de Interés Social de Tipo Prioritaria (VISTP), dirigida en favor de las personas que se hallan en condición de pobreza o pobreza extrema y, en especial, de aquellas en situación de vulnerabilidad social.

En sus disposiciones, la norma señala que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) establece las características y componentes técnicos de la VIS dentro del Crédito Mivivienda, de la VIS y de la VISTP dentro del Programa Techo Propio, y de otros productos promovidos por el MVCS, considerando la brecha del déficit habitacional cualitativo y cuantitativo, las posibilidades de acceso al crédito de los hogares, las condiciones de la oferta, la suma de fondos del Estado destinados a los programas de la VIS, entre otros. Leer más

La estipulación de la cláusula FCL/FCL no impone al transportista la obligación de verificar lo que recibía más allá de las condiciones del contenedor

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Comercio Exterior | Casación. Anota la Corte Suprema (CS), que es cierto que la estipulación de la cláusula FCL/FCL, o de puerta a puerta en el conocimiento de embarque, implica una extensión de la responsabilidad del transportista marítimo; sin embargo, como sucede en el presente caso, la máxima instancia judicial desestima la demanda porque, en primer lugar, la actora no acreditó justamente que el daño a la mercancía se produjo a causa del transporte marítimo; así como, porque no acreditó que la carga y estibo en el contenedor, lo cual, corría a su cargo, así como la descarga y posterior almacenamiento, que corría a cargo del consignatario, se realizó adecuadamente. Sostenía la demandante en el proceso que «la estipulación en el conocimiento de embarque de la cláusula FCL/FCL, no sólo extendió el ámbito de responsabilidad del transportista, sino que también lo faculta para verificar lo que recibía y declararlo expresamente en el conocimiento de embarque» (sic). Leer más

Sunarp utilizará la plataforma del Reniec para validar la identidad digital de quienes accedan a los servicios gratuitos «Consulta de Propiedad» y «Visor BGR»

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) aprobó el uso de la «Plataforma de Autenticación de la Identidad Digital Nacional ID-Perú» del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), para validar la identidad digital de los ciudadanos peruanos que accedan a través del documento nacional de identidad (DNI) al servicio gratuito «Consulta de Propiedad». Será la Oficina de Tecnologías de la Información la encargada de implementar las funcionalidades pertinentes en el servicio gratuito «Consulta de Propiedad», que permitan el uso del mecanismo aprobado en el artículo anterior. Con otra resolución, la Superintendencia también dispuso la aplicación de esta plataforma del Reniec para validar la identidad digital de los ciudadanos peruanos que accedan al servicio gratuito «Visor BGR», que tendrá o permitirá hasta cinco consultas por día. Lo dispuesto entrará en vigencia a partir del 16 de junio del presente año. [Sunarp, R. 00083-2025-Sunarp-SN, R. 00084-2025-Sunarp-SN, 30/05/2025] Leer más

Colombia entra oficialmente a la «Ruta de la seda» tras acuerdo con China

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Derecho Comparado | Comercio Exterior. Colombia y la República Popular China firmaron un plan de cooperación en el marco de la Iniciativa del Cinturón y la Ruta, también conocida como la Ruta de la seda. Este acuerdo contempla acciones conjuntas en sectores clave como la economía, la ciencia, la tecnología, el medio ambiente, la cultura y la reindustrialización del país. La firma tuvo lugar el 14 de mayo en Beijing, tras varios meses de diálogo diplomático y técnico entre ambos gobiernos. Uno de los principales objetivos del acuerdo es reducir el déficit comercial de US $ 14 mil millones que Colombia mantiene con China. Para ello, se buscará aumentar las exportaciones de productos como camarón, atún, cacao, café, madera y coco, entre otros. Leer más

Se declaró infundada la reconsideración interpuesta por Colombia para aplicar medidas correctivas a importaciones de barras de hierro o acero originarias de la CAN

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El empleador puede perfectamente dar por concluida la encargatura temporal del puesto de trabajo

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Con el literal b) del artículo 30 del Decreto Legislativo N.° 728, la Corte Suprema (CS) recuerda que es un acto de hostilidad equiparable al despido la reducción inmotivada de la remuneración o de la categoría, «que se configura, según lo señala el artículo 49 del Reglamento de la Ley de Fomento del Empleo, aprobado por el Decreto Supremo número 001-96-TR, cuando su reducción es dispuesta por decisión unilateral del empleador y carece de motivación objetiva y legal, incluyendo esta última norma como excepción cuando el pago de la remuneración se encuentra sujeta a condición (…). Para analizar esta causal, conviene precisar qué implica el término ‘categoría’ en la doctrina laboral, según Alonso Olea ‘(…) cada trabajador posee una calificación o categoría profesional que se tiene en cuenta al tiempo de contratar y a lo largo de la ejecución del contrato de trabajo, en virtud de la cual se le clasifica profesionalmente (…)’. Por su parte, Blancas Bustamante opina que: ‘(…) categoría profesional y puesto de trabajo devienen conceptos distintos. Leer más