Entradas

«La ruta para la empleabilidad», la estrategia del Gobierno para buscar el empleo decente e inclusivo

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

El Ejecutivo aprobó la estrategia, denominada «La ruta para la empleabilidad», como mecanismo para que los servicios de promoción del empleo, empleabilidad y emprendimiento, se brinden de acuerdo con el perfil del ciudadano, considerando sus necesidades y oportunidades de mejora en la construcción de su trayectoria laboral. La finalidad de la estrategia es brindar a los ciudadanos los citados servicios bajo un esquema de articulación fáctica y digital, que coadyuve con la mejora de las condiciones de empleabilidad laboral. De esta manera, el Gobierno busca atender más activa e integralmente al ciudadano que incida en la promoción del empleo decente e inclusivo, transitando desde esquemas básicos de empleo a mejoras de las condiciones de empleabilidad. Por eso, la dirección general reportará trimestralmente a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo sobre (i) los ciudadanos que son atendidos en el marco de la intervención denominada Centro Integrado «Formaliza Perú»; (ii) otros mecanismos, intervenciones, planes y/o políticas a cargo de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo o de sus unidades orgánicas, previa coordinación y (iii) los trabajadores que han salido de la planilla electrónica, de acuerdo con las competencias de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, y de acuerdo con la información que solicite a las oficinas competentes. [MTPE, R. M. 300-2022-TR, 11/11/2022] Leer más

El MTPE oficializa el Plan de Acción Sectorial «Por más trabajo formal 2022 – 2023»

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

La Política Nacional de Empleo Decente, aprobada por el Decreto Supremo N.° 013-2021-TR, promueve las condiciones institucionales, económicas y sociales necesarias para enfrentar el problema público del déficit de empleo decente, y de este modo garantiza que la población económicamente activa ocupada acceda a un trabajo decente y productivo; asimismo, cuenta con seis objetivos prioritarios que pretenden dar solución a este problema: i) Incrementar las competencias laborales de la población en edad de trabajar; ii) Fortalecer la vinculación entre la oferta y la demanda laboral; iii) Incrementar la generación de empleo formal en las unidades productivas; iv) Ampliar el acceso a la protección social, derechos y beneficios sociales de las y los trabajadores; v) Incrementar la igualdad en el empleo de la fuerza laboral potencial; y vi) Generar un entorno social e institucional adecuado en el país. Bajo estas consideraciones, el MTPE oficializa el Plan de Acción Sectorial «Por más trabajo formal 2022 – 2023». [MTPE, R. M. 302-2022-TR, 11/11/2022] Leer más

Pregunta

A consulta pública, las virtuales modificaciones al Reglamento de la Ley de Inspección Laboral

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

El sector Trabajo saca a consulta pública el proyecto de decreto supremo que modifica el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, aprobado por el Decreto Supremo N.° 019-2006-TR, y su exposición de motivos, para recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de los empleadores y trabajadores, o sus respectivas organizaciones, de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general; durante el plazo de diez días calendario, contados desde mañana. La Dirección de Políticas y Regulación para la Promoción de la Formalización Laboral, Inspección del Trabajo y Capacitación y Difusión Laboral de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo se encargará de recibir, procesar y sistematizar las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se presenten. [MTPE, R. M. 298-2022-TR, 11/11/2022] Leer más

Se espera el reglamento | Cinco días de licencia por fallecimiento de familiares en el sector privado

Con esta norma, los trabajadores del sector privado que pierdan un familiar cercano tendrán cinco días de licencia, periodo que podría extenderse cuando el deceso se produzca en un punto geográfico distante del centro laboral. Esto según la Ley N.° 31602, que establece la licencia por fallecimiento de familiares en el sector privado. El artículo primero de la ley detalla que la licencia por fallecimiento de cónyuge, padres, hijos y hermanos se otorga por un plazo de cinco (5) días calendario. Cuando el deceso se produzca en un lugar geográfico diferente de donde se ubica el centro laboral del trabajador, la licencia se extiende hasta por el término de la distancia, de acuerdo con lo que señale el reglamento. En su artículo segundo se detalla, además, que los beneficios obtenidos por los trabajadores sobre licencias, por decisión unilateral o por convenio colectivo, se mantienen vigentes en cuanto sean más favorables al trabajador. [PL, Ley 31602, 5/11/2022] Leer más

Washington Alosilla Robles es el nuevo director ejecutivo del Programa Mejoramiento Integral de Barrios del MVCS

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

El sábado se designó a Washington Alosilla Robles en el cargo de director ejecutivo del Programa Mejoramiento Integral de Barrios del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. [MVCS, R. M. 313-2022-Vivienda, 6/11/2022] Leer más

Hubert Quisocala Ramos es el nuevo director ejecutivo del Cofopri

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

El día de hoy el Gobierno designó a Hubert Quisocala Ramos en el cargo de director ejecutivo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri). [MVCS, R. S. 023-2022-Vivienda, 4/11/2022] Leer más

Trabajadores que tengan uno o más hijos, mayores de edad, con discapacidad severa también percibirán la asignación familiar

Con esta ley se modifica el artículo 2° de la Ley N.° 25129, Ley que dispone que los trabajadores de la actividad privada cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva, percibirán el equivalente al 10 % del ingreso mínimo legal por todo concepto de asignación familiar. Así, el nuevo texto de este artículo establece que tienen derecho a percibir esta asignación los trabajadores que tengan a su cargo uno o más hijos menores de 18 años. Ahora, si el hijo, al cumplir la mayoría de edad está cursando estudios superiores o universitarios, el beneficio se extenderá hasta que termine dichos estudios, por hasta un máximo de seis años posteriores al cumplimiento de su mayoría de edad. Lo nuevo en la ley es el siguiente añadido: «Asimismo, tienen derecho a percibir esta asignación los trabajadores que tengan uno o más hijos, mayores de 18 años, con discapacidad severa, debidamente certificada de conformidad con lo normado por la Autoridad Nacional de Salud, salvo que perciban la pensión no contributiva por discapacidad severa establecida por la Ley 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad» (sic). El Poder Ejecutivo, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de mañana, tendrá que adecuar el Reglamento de la Ley N.° 25129, aprobado por el Decreto Supremo N.° 035-90-TR. [PL, Ley 31600, 3/11/2022] Leer más

A partir del 31 de octubre | Lima y Callao seguirán bajo estado de emergencia cuarenta y cinco días más

Con este decreto supremo, el Ejecutivo extiende el estado de emergencia por el término de cuarenta y cinco (45) días calendario, a partir del 31 de octubre del 2022, declarado en Lima Metropolitana y en la Provincia Constitucional del Callao. Según el decreto, la Policía Nacional del Perú (PNP) mantiene el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas. Durante la prórroga del estado de emergencia, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú. [PCM, D. S. 131-2022-PCM, 29/10/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Decreto supremo que prorroga el estado de emergencia en Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XXXVIII, N.° 16886.

Entidad: Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigentes desde el 31 de octubre del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Supremo N.° 012-2022-PCM, que declara por el término de 45 días calendario, el estado de emergencia en Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao. La Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con apoyo de las Fuerzas Armadas.

Información relacionada:

+ Edición Extraordinaria: Quinta ampliación del estado de emergencia por la inseguridad ciudadana en Lima y Callao. [PCM, D. S. 116-2022-PCM, 15/9/2022]

Roger Lizandro Gavidia Johanson deja el cargo Superintendente Nacional de Bienes Estatales

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

El Gobierno dio por concluida la designación de Roger Lizandro Gavidia Johanson, en el cargo de Superintendente Nacional de Bienes Estatales (SBN). La resolución señala que el cargo se encarga a José Felisandro Mas Camus, en adición a sus funciones de director de Normas y Registro de la SBN. [SBN, R. S. 020-2022, 28/10/2022] Leer más

Hubert Quisocala Ramos asume la Dirección General de Accesibilidad y Desarrollo Tecnológico del MVCS

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

El Gobierno designa a Hubert Quisocala Ramos en el cargo de Director General de la Dirección General de Accesibilidad y Desarrollo Tecnológico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. [MVCS, R. M. 284-2022-Vivienda, 10/10/2022] Leer más