Entradas

La comisión pagada para asegurar la venta de mineral a largo plazo será deducible si cumple con el principio de causalidad

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
No todos los gastos que realice el contribuyente se consideran como gastos deducibles del Impuesto a la Renta, sino solamente aquellos en los que razonablemente se haya acreditado una vinculación con las actividades de la empresa y que tengan como finalidad la generación de rentas (principio de causalidad). En el caso en concreto, la Corte Suprema (CS) determina que la comisión pagada en favor de (…) corresponde a una obligación asumida por la recurrente como consecuencia del Convenio de Comisión suscrito por su casa matriz, a fin de garantizar las obligaciones contraídas por esta en virtud de un contrato de préstamo. Leer más

El Código Tributario no exige que la persona que recibe la notificación sea el deudor tributario o el representante legal de la empresa

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
El artículo 104, inciso a), del TUO del Código Tributario no exige que la persona que recibe la notificación deba ser necesariamente el deudor tributario o el representante legal de la empresa. Leer más

Es válida la notificación de los actos administrativos en el domicilio procesal

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
La Corte Suprema (CS) señala que se considera válidamente notificado el acto administrativo en el domicilio procesal de la empresa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 11 del Código Tributario, que señala que, sin perjuicio de la facultad del sujeto obligado a inscribirse ante la administración tributaria, se debe señalar expresamente un domicilio procesal en cada uno de los procedimientos regulados en el Libro Tercero del indicado código con excepción de aquel a que se refiere el numeral 1 del artículo 112. Leer más

La presunción de veracidad no tiene un carácter absoluto | Las declaraciones juradas del proveedor serían válidas como medios probatorios

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
Con relación al principio de verdad material, la Corte Suprema (CS) señala que pretende que la probanza actuada en el procedimiento permita distinguir cómo en realidad ocurrieron los hechos (verdad real o material) de lo que espontáneamente pueda aparecer en el expediente de acuerdo con las pruebas presentadas por los administrados. Leer más

Intereses por operaciones «overnight» no son ingresos financieros exonerados para fines del prorrateo de gastos deducibles de bancos y entidades financieras

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
En esta casación, la Corte Suprema (CS) precisa que las empresas bancarias y financieras al calcular el porcentaje previsto en el tercer párrafo del inciso a) del artículo 37 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N.° 054-99-EF, para establecer el prorrateo de gastos financieros deducibles, no deben considerar como ingresos financieros exonerados netos a los intereses por depósitos «overnight» en moneda nacional y a los intereses por depósitos «overnight» en moneda extranjera que otorga el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP). Leer más

Si el enajenante posee más de un inmueble que cumpla con la definición de casa habitación solo se considera como tal aquel que luego de la enajenación de los demás inmuebles resulte como único de su propiedad

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
El acápite i) del último párrafo del artículo 2° de la Ley del Impuesto a la Renta (LIR) señala que no se grava con el Impuesto a la Renta de segunda categoría el resultado de la enajenación de inmuebles ocupados como casa habitación del enajenante. Se considera casa habitación del enajenante al inmueble que permanezca en su propiedad por lo menos dos (2) años y que no esté destinado exclusivamente al comercio, industria, oficina, almacén, cochera o similares. Leer más

El pago de una empresa no domiciliada para ejercer el control de otra domiciliada es renta de fuente peruana sujeta a retención del IR

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
Cuando se trata de contribuyentes no domiciliados en el país, de sus sucursales, agencias o establecimientos permanentes, el Impuesto a la Renta recae únicamente sobre las rentas gravadas de fuente peruana. Los artículos 9° y 10 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta (LIR) han establecido los criterios que, según nuestro ordenamiento jurídico, se consideran como rentas de fuente peruana para los contribuyentes domiciliados y no domiciliados en el Perú. Así, el inciso b) del artículo 9° del TUO de la LIR identifica dos operaciones relacionadas con bienes o derechos (susceptibles de generar renta de fuente peruana) y, a la vez, se enumeran dos criterios de vinculación: el criterio de ubicación física en el país que opera en el caso de bienes (bienes tangibles) y el de utilización económica en el país, en el caso de derechos (bienes intangibles). Leer más

Los gastos de viaje se sustentan con documentos que acrediten que efectivamente el gasto fue necesario e indispensable para generar la renta de la empresa y el mantenimiento de su fuente

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

Corresponde la emisión de una orden de pago por error cuando el contribuyente usa un coeficiente o porcentaje para los pagos a cuenta del IR incorrecto

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

El numeral 3 del artículo 78 del TUO del Código Tributario establece que la orden de pago podrá ser emitida por tributos derivados de errores materiales de redacción o de cálculo en las declaraciones, comunicaciones o documentos de pago. Leer más

DUA, comercio

Método de valoración: Sunat puede otorgar plazo de hasta un año al importador para que presente la información complementaria sobre el procedimiento de duda razonable

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo: